Resultados de la búsqueda

Certificado de EFICIENCIA energética

Templo Consulting está formado por un equipo multidisciplinar, entre los que contamos con técnicos certificadores colegiados, con la titulación habilitante y que disponen de seguro de responsabilidad civil, garantizando su idoneidad para la Certificación Energética. Visitamos tu vivienda o edificio para realizar la toma de datos y registramos en la Dirección General de Industria tu Certificado Energético. Contrata la certificación energética más cómoda para ti y al mejor precio.

¿Qué es el Certificado Energético?

El certificado energético es un documento que expide un técnico cualificado donde recoge información objetiva sobre las características energéticas de un inmueble o parte del mismo (Vivienda, Piso, Local comercial, Chalet).

¿Cuándo entró en vigor la certificación energética de los edificios existentes?

El Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, sustituye al Real decreto 235/2013.

Desde el 3 de junio de 2021, la certificación energética es obligatoria para todos los inmuebles de nueva construcción y aquellos que se vendan  a un nuevo propouetario o se alquilen a un nuevo arrendatario, independiebntemente de que se utilicen menos de cuatro veces al año.

Asimismo, desde el 3 de junio de 2022, los edificios o partes de edificios pertenecientes u ocupados por una Administración Pública, que tengan una superficie superior a 250m2. Igual que aquellos en los que se realicen reformas o ampliaciones. Como por ejemplo: cuando se sustituyan, instalen o renueven las instalaciones térmicas. Se intervenga más del 25% de la envolvente final del edificio. O se incremente en más de un 10% la superficie o el volumen construido de la unidad o unidades de uso (siempre que la superficie útil total ampliada supere los 50m2).

Además, todos los edificios que superen los 500m2 y estén destinados a los siguiente usos: sanitario, administrativo, docente, comercial, residencial público, cultural, actividades recreativas, restauración transporte de personas, deportivo o religiosos. Y aquellos que tengan que pasar la Inspección Técnica del Edificio (ITE) o el IEE equivalente.

¿Qué validez tiene el certificado energético?

El certificado energético y su correspondiente etiqueta de eficiencia energética tienen una validez de 10 años. Es responsabilidad del propietario renovar el certificado. Se podrá renovar antes de los 10 años si se realizan mejoras en el edificio.

¿A qué activos inmobiliarios se aplica y quién debe socilitarlo?

La obligatoriedad de contratar la certificación energética recae sobre el propietario de cualquier parte individual de un edificio existente, si éste las ofrece o publicita en venta o alquiler. Ello incluye viviendas, oficinas y locales comerciales.

¿Qué pasa si pierdo mi Certificado Energético?

Si traspapelas la documentación del Certificado Energético puedes recuperarlo en la Comunidad de Madrid con el Nº de Referencia Catastral de la vivienda.

 

¿Qué obligaciones tengo como Vendedor/Arrendador respecto a la certificación energética?

En caso de venta del inmueble, el vendedor deberá entregar al comprador en la notaría un original del certificado. En caso de alquiler bastará con entregar al inquilino una fotocopia del certificado energético al firmar el contrato de arrendamiento.

¿Puedo ofrecer o publicitar la vivienda en alquiler o compra sin contar con la certificación energética?

NO. El artículo 12.2 establece que la etiqueta energética “se incluirá en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio o unidad del edificio”. La etiqueta energética del inmueble debe aparecer en todos los anuncios y publicaciones que se haga del inmueble como una característica más de la vivienda o local.

¿Qué pasa si no certifico mi vivienda, local u oficina?

Si estando obligado a exhibir la certificación energética con motivo de la publicidad, compraventa o alquiler de una vivienda, local comercial u oficina, el propietario no lo hiciera, puedes enfrentarte a las siguientes consecuencias:

  • Ser sancionado administrativamente por el órgano competente de tu comunidad autónoma por infracción a los Derechos de los Consumidores. Podemos convenir que la facilidad de la inspección -dado que el bien se ofrece públicamente- junto a las necesidades del Erario Público, resulta disuasoria para el potencial incumplidor.
  • Que, a instancia del comprador o arrendatario, el contrato de compraventa o arrendamiento sea objetado parcialmente por no haberse cumplido el deber de información al Consumidor; ello podría acarrear consecuencias económicas muy desfavorables.
 

¿Qué trabajos realiza el técnico en una certificación energética?

El proceso de una certificación energética es una labor compleja que en esencia comporta:

  • Identificación del edificio o unidad del edificio que se certifica, incluyendo referencia catastral y fotos.
  • Indicación del procedimiento reconocido al que se refiere el artículo 4 utilizado para obtener la calificación de eficiencia energética.
  • Descripción de las características energéticas del edificio, envolvente térmica, instalaciones, condiciones normales de funcionamiento y ocupación y demás datos utilizados para obtener la calificación de eficiencia energética del edificio.
  • Indicación de la normativa sobre ahorro y eficiencia energética que le era de aplicación en el momento de su construcción, en caso de existir.
  • Descripción de las pruebas, comprobaciones e inspecciones llevadas a cabo, por el técnico certificador, durante la fase de calificación energética con la finalidad de establecer la conformidad de la información contenida en el certificado de eficiencia energética.
  • Calificación de eficiencia energética del edificio expresada mediante la etiqueta energética prevista en el artículo 9.
  • Proposición de alternativas para la mejora de la etiqueta energética del inmueble en dos niveles y su valoración económica si procede. El propietario podrá realizarlas de forma voluntaria, el Real Decreto no obliga.

¿Cuál es el documento oficial relativo al certificado energético?

Los resultados del procedimiento de certificar energéticamente un edificio vienen reflejados en el Certificado de Eficiencia Energética (CEE) y en su correspondiente Etiqueta de Eficiencia Energética, la cual muestra el nivel de calificación energética del edificio en una escala de la A (mayor eficiencia energética y, por lo tanto, más ahorro) a la G (menor eficiencia energética y por lo tanto más gasto).

Comparar propiedades

Abrir chat
Escanea el código
Hola
¿En qué podemos ayudarte?