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¿Cómo podemos hacer la segregación de una vivienda en Madrid?

Publicado por Templo Consulting en 16 de febrero de 2024
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La segregación de una vivienda en Madrid es el proceso de dividir una propiedad en dos. Es bastante más habitual de lo que parece que un propietario quiera transformar su inmueble para rentabilizarlo mejor cuando tiene un tamaño considerable. A veces la nueva partición no tiene por qué ser una vivienda, también puede tratarse de una oficina o un apartamento. En nuestra agencia especializada en Madrid podemos ayudarte a vender. Consulta sin compromiso.

Hay que señalar que la segregación de una vivienda en Madrid no es lo mismo que la división de una vivienda. Aunque conceptualmente si sea el mismo proceso, se diferencian en los trámites a realizar. Una segregación es más sencilla y barata que hacer que una división. La razón es que, al segregar, la vivienda original se mantiene con su misma referencia catastral. Al dividir, por el contrario, habrá que inscribir las dos viviendas como si fueran nuevos.

Cómo llevar a cabo la segregación de una vivienda

La segregación de una vivienda en Madrid se da de forma habitual por diversos motivos. Esta división puede aportarnos grandes beneficios o solucionar problemas cuando no se llega a acuerdos.

Uno de los casos más comunes tiene lugar con los procesos de divorcio. Si ninguno de los cónyuges quiere renunciar a su parte de la casa, con una segregación cada uno podrá tener una nueva vivienda. En casas de un buen tamaño, se trata de una opción muy socorrida. También es habitual en unifamiliares, donde muchas veces se divide por plantas.

Otra razón similar se produce con los hijos. Al crecer y querer independizarse, muchos padres optan por separar y crear una nueva vivienda. Al ser menos en casa, no necesitan el espacio extra y facilitan el acceso a la vivienda a sus descendientes. Con el aumento de precio de las mismas, no es de extrañar que sea una opción tan común.

En las herencias problemáticas en las que los herederos no se ponen de acuerdo también hay quien recurre a la segregación de una vivienda.

Por último, hay quién decide realizar una de estas divisiones para conseguir una mejor aceptación en el mercado. Normalmente, si se va a vender una casa, se saca más dinero por dos pequeñas que por una grande. También está la opción de convertirlo en oficina, estudio, etc. Por ello, muchos inversores compran pisos amplios con la idea de realizar este proceso.

Normativa que lo rige

El proceso de segregación de una vivienda en Madrid se rige por las siguientes leyes y normativas:

  • Ley de Propiedad Horizontal
  • Código Civil
  • Ley Hipotecaria
  • Código Técnico de la Edificación
  • Orden de 29 de febrero de 1944 para la obtención de la cédula de habitabilidad
  • Plan General de Ordenación Urbana de Madrid

Autorización de la Comunidad de Propietarios

Según la Ley de Propiedad Horizontal, es necesario el permiso de la Comunidad de Vecinos para realizar una división o segregación. En ocasiones, este permiso está definido en los estatutos, por lo que no necesitaremos hacer nada.

En caso contrario, tendremos que pedir el apoyo en una junta de vecinos. Para que se apruebe, es obligatorio que la consulta figure en el orden del día. Además, tendremos que conseguir un apoyo de 3/5 de los propietarios que representen 3/5 de las cuotas de participación.

Una vez aprobado, podremos ir al Ayuntamiento a solicitar una licencia municipal.

Autorización administrativa

El primer paso que necesitamos realizar ahora es conseguir la licencia municipal. En Madrid, se trata de un trámite que se realiza en los Distritos. Tendremos que presentar toda la documentación requerida en alguno de los registros municipales.

Es necesario presentar el proyecto básico, de ejecución y dirección de obra, que tendrá que firmar un arquitecto titulado. El Ayuntamiento tiene un plazo de tres meses una vez que haya recibido toda la documentación para aceptar o rechazar la segregación de una vivienda en Madrid.

Certificado de final de obra

El director de la obra establecerá un certificado final de obra al terminar el procedimiento. Este certificado tendrá que presentarte al Ayuntamiento en el distrito correspondiente. Una vez presentado, el Ayuntamiento de Madrid nos mandará a un inspector especializado que tendrá que comprobar la obra.

Básicamente, se cerciorará de que la obra realiza corresponde con el proyecto que se presentó en las instancias municipales. De esta forma se evitan que se pidan licencias más simples para hacer obras más complejas.

Una vez que la obra esté verificada por el Ayuntamiento, recibiremos una licencia de primera ocupación. Con dicha licencia, podremos ir a notaría y al Registro de la Propiedad a inscribir las mismas.

Inscripción de las nuevas viviendas

Los dos últimos pasos son igualmente importantes. El primero es ir a un notario con la licencia para elevar la segregación o división a escritura pública. A partir de este momento, las nuevas viviendas aparecerán en sus correspondientes notas simples.

Por último, una vez inscrita en el notario, podremos ir al Registro de la Propiedad. Allí quedará ya registrado cada influencia con su correspondiente referencia catastral.

¿Y si no pedimos la licencia?

Estamos en el país de la picaresca, por lo que se nos puede ocurrir realizar la obra sin comunicar nada. Sin embargo, no se trata de una buena idea.

Los vecinos podrán ponernos una denuncia o el Ayuntamiento descubrirlo con cualquier inspección rutinaria. En esos casos nos pondrán una multa y tendremos que legalizar las obras si fuera posible.

En caso de que no fuera posible, nos obligarían a restaurar la vivienda al estado original. Es decir, que además de pagar una multa considerable, tendremos que realizar otra obra para dejarlo como estaba. Por tanto, hay muchas probabilidades de que la picaresca nos salga cara.

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