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La decisión sobre quién permanece en la vivienda tras un divorcio depende de varios factores: el régimen económico del matrimonio (gananciales o separación de bienes), la existencia de hijos en común y la situación financiera de cada cónyuge.
Si hay hijos menores, el uso de la vivienda suele otorgarse al progenitor con la custodia hasta que el menor tenga la mayoría de edad, incluso si la propiedad pertenece al otro cónyuge. En matrimonios bajo régimen de gananciales, la vivienda es un bien común y puede venderse para repartir el patrimonio. En separación de bienes, la casa pertenece al titular, aunque el otro cónyuge podría obtener el derecho de uso en ciertos casos, especialmente si se encuentra en una situación económica más vulnerable.
Es importante distinguir entre la propiedad del inmueble y el derecho de uso. Aunque sigas siendo dueño de la casa, un juez puede otorgar su uso a tu expareja bajo ciertas condiciones, lo que significa que no podrás disponer libremente de ella hasta que finalice dicho derecho.
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Independientemente de cómo se reparta la propiedad, el derecho de uso de la vivienda se asignará a la persona que tenga una situación económica más desfavorable. Si hay hijos, este derecho se otorgará a quien tenga la custodia. En caso de custodia compartida, el derecho de uso se dará a la persona que tenga una peor situación económica.
Esto significa que, aunque uno de los cónyuges conserve la propiedad de la vivienda, el derecho de uso puede ser del cónyuge que no sea propietario.
Si el matrimonio adquirió la vivienda en gananciales, se realiza un proceso para repartir el patrimonio entre los dos. En este proceso se decidirá si la vivienda se reparte a partes iguales o si uno de los cónyuges se queda con la propiedad por completo. Las capitulaciones matrimoniales, si existen, pueden regular cómo se repartirá la vivienda, pero deben estar aprobadas por un juez y cumplir con los requisitos legales.
Si nos hemos casado en separación de bienes, la situación es bastante más sencilla. Cada cónyuge seguirá teniendo la propiedad del piso o la vivienda que le pertenezca oficialmente. Sin embargo, de nuevo podemos encontrar diferencias en el derecho de uso.
Básicamente, se pueden invocar las necesidades de la familia para que la persona que no es propietaria pueda quedarse con la vivienda. En estos casos, el derecho de uso incluso puede inscribirse en el Registro de la Propiedad de manera que se proteja el mismo ante una posible venta de la vivienda.
Sí la vivienda es de uno de los cónyuges y se adquirió anteriormente a un matrimonio en separación de bienes estaremos ante la misma situación. La propiedad no se trasmitirá pero el derecho de uso puede transferirse a la persona de la pareja que tenga una mayor necesidad económica. El uso de la vivienda en caso de divorcio será para aquella que tenga la custodia de los hijos en común.
En estos casos, se puede llegar a un acuerdo que se tendrá que aprobar por un juez. Esta aprobación tiene sentido porque se trata de buscar separaciones lo más justas posibles, sin que ninguna de las partes termine prevaleciendo. Además, en los casos en los que hay descendientes, el bienestar de los menores y la protección de la infancia siempre es lo más importante para la ley.
Otro de los casos más comunes es que la pareja se quede en una vivienda perteneciente a los padres de uno de ellos. En caso de divorcio, volvemos a tener la misma situación. La persona que se quede con los hijos o que tenga una peor situación económica, tendrá derecho de uso de la misma. En este sentido, da lo mismo que la vivienda sea de sus suegros. Tendrán que mantener ese derecho aunque tengan mala relación con su nuera o yerno.
En este caso, se trata de un derecho temporal. Es decir no se trata de un usufructo vitalicio. Este derecho temporal también se puede inscribir en el Registro de la Propiedad, evitando un posible desahucio posterior si los propietarios venden la vivienda.
Se trata de manera similar a una vivienda común y corriente, con una excepción importante: si la vivienda aún está dentro del periodo de protección, el «Valor Máximo Legal de Venta» debe ser respetado. Sin embargo, si han pasado 15 años y un día desde la adquisición de la vivienda, y la tipología de la misma lo permite, se puede iniciar el proceso de descalificación voluntaria. En este caso, es imprescindible contar con las firmas de todos los titulares para proceder correctamente.
No solo se trata de tener el derecho de uso, que corresponde a la persona que más lo necesite, sino la titularidad de la vivienda. Muchas veces se opta, simplemente, por vender la casa y repartir los beneficios entre los excónyuges. Sin embargo, puede darse el caso que una de las personas quiera conservar la vivienda y la otra no.
Hay que tener en cuenta que aunque tengamos el derecho de uso, podemos perderlo fácilmente. Por ejemplo, si encontramos una nueva pareja según la jurisprudencia del Tribunal Supremo. En ese caso, se entiende que se ha creado una nueva unidad familiar y la atribución de uso que se hizo en el divorcio ha cambiado. Por ello, dejaríamos de poder disfrutar de la misma.
Si realmente queremos la vivienda, tenemos dos opciones. O comprar directamente la parte de la otra parte o, la mejor opción, realizar una extinción del condominio. Esta última manera es mejor para mantener la casa tras un divorcio porque es mucho más económico a nivel fiscal.
Con una extinción del condominio se termina una propiedad compartida tras un divorcio. Una de las dos partes, cede la que le corresponde a la otra persona, que termina teniendo toda la propiedad del inmueble. Hay que tener en cuenta que esta figura es independiente al derecho de uso. Es decir, la persona que tiene el derecho de uso puede si quiere ceder su parte a la otra, sin que esto le afecte a sus derechos o viceversa. También se puede llegar al acuerdo de vender el condominio.
Esto no quiere decir que la cesión de derechos sea gratuita. Normalmente se realiza una compensación económica por parte de la persona que consigue la plena propiedad del inmueble. En caso de que consiga la nuda propiedad pero no el derecho de uso, esta compensación suele ser inferior.
Existen dos maneras para realizar este cambio:
En primer lugar se tributa por Actos Jurídicos Documentados, aplicando entre un 0,5% y un 1% sobre el valor real de los bienes. Consulta cuánto se paga de AJD por comunidades autónomas.
Si la persona que cede su proindiviso recibe más dinero de lo que vale su parte, deberá tributar por ese incremento de patrimonio en el IRPF. En este post os contamos cómo vender un proindiviso.
La Ley 42/2015 introdujo dos cambios clave en materia de vivienda tras un divorcio:
División del domicilio en divorcios contenciosos: Ahora, incluso si no hay acuerdo entre las partes, cualquiera de los cónyuges puede solicitar la división de la copropiedad del hogar familiar dentro del procedimiento de divorcio.
Reforma del artículo 437.4 de la LEC: Se permite que, en procesos de separación o divorcio, cualquiera de los cónyuges pueda pedir la división de bienes en copropiedad (como una vivienda). Si existen varios bienes en común, el juez puede repartirlos en conjunto para lograr una distribución equitativa.
Además, la persona que cede su parte suele recibir una compensación económica, aunque en algunos casos —por ejemplo, si el otro asume la hipoteca— puede no haber pago directo.
Cuando la vivienda está hipotecada, existen tres alternativas principales a considerar:
Cada opción debe ser analizada detenidamente, ya que impacta en el valor del inmueble y en la estabilidad financiera de cada parte.
Vender una casa tras un divorcio puede ser un proceso complicado, tanto a nivel emocional como legal. Para evitar conflictos y conseguir la mejor solución para ambas partes, es clave contar con una estrategia clara. Aquí te dejamos cinco claves para vender tu vivienda sin problemas y con el mejor resultado posible:
1️⃣ Cuenta con la asesoría de un experto neutral
Para evitar tensiones, lo mejor es que un profesional inmobiliario imparcial guíe la operación. Así, ambas partes sentirán que el proceso es justo y transparente. En Templo Consulting te ofrecemos un servicio objetivo, garantizando que la venta se haga de la mejor manera posible.
2️⃣ Deja las emociones a un lado
Sabemos que vender la casa puede ser difícil, pero es importante separar lo personal de lo financiero. Esta venta representa el inicio de una nueva etapa, así que prioriza lo económico y evita decisiones impulsivas que puedan perjudicarte a largo plazo.
3️⃣ Define un precio de venta realista
Es común que una de las partes quiera vender más caro por apego emocional o para compensar lo vivido. Sin embargo, fijar un precio adecuado facilitará la venta y evitará que la casa se quede en el mercado sin compradores.
4️⃣ Ten listos todos los documentos
Para acelerar la venta y evitar problemas legales, asegúrate de tener toda la documentación necesaria. En Templo Consulting te ayudamos a reunir y gestionar los papeles para que la operación sea rápida y sin complicaciones.
5️⃣ Aprovecha nuestra base de compradores
Contamos con una amplia base de clientes interesados en viviendas en Madrid. Esto nos permite encontrar compradores serios y cerrar la venta en menos tiempo.
👉 Si necesitas vender tu casa tras un divorcio, déjanos tus datos y nos pondremos en contacto contigo. Te asesoramos en todo el proceso para que no tengas que preocuparte por nada.
EXCELENTE A base de 630 reseñas Publicado en Carlos Solano (Aramond)Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Amabilidad, buen trato, dedicación… lucharon por hacer mi sueño realidad y les estaré eternamente agradecidoPublicado en Lupicinio VillajosTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy amables, diligentes, rápidos y cumpliendo expectativas. Totalmente recomendable.Publicado en Toufik KaraTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy bien atendido. Consulta gratuita y aclararon mis deudas sobre la vivienda VPPB.Publicado en Francisco Javier Olmo RiscoTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. En principio me plantee realizar yo los trámites ,pero decidir ponerlo en vuestras manos y fue todo muy rápido,claro y se resolvió todo rapidísimo y estoy muy satisfecho con vuestro trabajo .Publicado en Toni LopezTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. En Agosto del año pasado empezamos a tener problemas de impagos y retrasos en el piso que teníamos alquilado mi familia y yo, y del que depende el sustento de mi ya anciana madre. Problemas agravados por residir y trabajar tanto mi hermana como yo en otras Comunidades Autónomas bastante alejadas de la de Madrid. Desde el minuto uno, atendidos y asesorados en primera instancia por su director D. Juan Pedro, recomendándonos a los mejores abogados especializados en el tema, y posteriormente por una gran profesional como es la Srta. Fiorella, siguiendo todos sus consejos e indicaciones. No solo conseguimos enderezar y llevar a buen termino lo que iba camino de convertirse en un serio problema para mi familia. Si no que en un corto espacio de tiempo desde que tomamos la decisión de venderlo, nos ayudaron, asesoraron, se hicieron cargo de absolutamente todo, limpieza, vaciado de enseres, gestión de problemas con los contratos de suministro etc, y por supuesto, fotos, papeleos y las gestiones inherentes a la venta en si. Consiguiendo que en apenas 48 horas y a la tercera visita se cerrara la compraventa en el precio estipulado de inicio. Todo ello, para más añadidura con una tarifa por sus servicios que como mínimo debo de calificar como mesurada y la más competitiva de su sector. Nuestro más sincero agradecimiento a todo el equipo de TEMPLO CONSULTING que espero hagan extensible a su vez a los profesionales y equipos colaboradores con ellos.Publicado en ricardo talavera fernandezTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Hicimos todo a través de Fiorella y un auténtico placer. Da gusto encontrar personas tan profesionales y tan atentas en la gestión de una compraventa(con la dificultad que esto conlleva) . Pongo 5 estrellas porque no se pueden poner 10. Muy recomendablePublicado en Mercedes SigueroTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. No tenemos palabras para agradecer a Fiorella por hacer el proceso de venta tan fácil y cercano. Se tomó la venta como algo personal, cuidando cada detalle y resolviendo todas nuestras dudas con paciencia. ¡Un 10 en profesionalidad y empatía!" Totalmente recomendable. Mercedes y Antonio.Publicado en VICTOR PARROTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Súper contento con la ayuda. Muchas gracias recomiendoPublicado en Rober SimonTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Todo fenomenal, trato, información y todos los procesos hasta conseguir la descalificación de la vivienda...Publicado en Alvaro PablosTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Buena agencia, muy profesional, Pavlo nos ayudo mucho en todo el proceso
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2 respuestas
Vivienda de protección adquirida por uno de los progenitores antes del matrimonio en régimen de gananciales en 2005.
Divorcio en 2014. Pero pendiente de liquidación de la sociedad. Sentencia custodia compartida y uso compartido semanal alterno de la casa.
Ahora quiero liquidar la casa. Falta un año para la descalificación de la protección de la casa.
¿Qué sería lo más justo y recomendable?
Hola Mario,
Si quieres puedes mandarnos un correo a info@temploconsulting.com con más información sobre la vivienda y nuestros especialistas en VPO podrán ayudarte con los trámites.
Un saludo.