
La normativa que regula la ITE en Madrid es la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones, que entró en vigor a partir del 2012, y se encarga de la conservación y rehabilitación de los edificios, para que se cumplan las medidas de seguridad, salubridad, ornato público, decoro y accesibilidad de la Comunidad de Madrid.
¿Qué es la ITE?
La Inspección Técnica de Edificios es un informe de carácter obligatorio, que se realiza de forma periódica -cada 10 años- y consiste en que un técnico competente (un arquitecto o un arquitecto técnico) examine a nivel estructural el edificio, si este tiene más de 50 años de antigüedad.
¿Para qué sirve este informe?
El objetivo de este certificado es verificar que el edificio cumple con todos los requisitos de seguridad mínimos. Asegurando que cualquier deterioro que se produzca está contemplado y se puede subsanar sin correr riesgos.
¿Quién realiza la Inspección?
La inspección debe realizarla un técnico acreditado. Generalmente suele ser un arquitecto o un arquitecto técnico. Además, en el propio informe de la ITE, hay un anexo que verifica que el profesional cumple con todos los requisitos legales para poder realizar la inspección.
Por último, tras comprobar el estado de conservación del edificio, el técnico designado propondrá varias soluciones para alargar la vida útil de la finca, manteniendo siempre las condiciones óptimas de habitabilidad y ocupación.
¿Cómo saber si mi edificio tiene que pasar la ITE en Madrid?
- Si el edificio se construyó hace más de 50 años, pero aún no hemos recibido la notificación del Ayuntamiento de Madrid, en su web podemos obtener el listado con los edificios obligados a presentar la ITE en Madrid, hasta el año 2022.
- Cuando se vende un inmueble con las características del punto anterior.
- Al realizar un cambio de uso de local a vivienda es imprescindible que un técnico cualificado supervise la reforma, pues dado que el inmueble fue construido con un uso específico, hay que comprobar que los materiales e instalaciones cumplan la normativa para el nuevo uso.
- Por último, hay edificios que presentan problemas estructurales, pese a no ser muy antiguos. Esto se debe a que, posiblemente, se utilizaron materiales de mala calidad en la construcción, o que la obra no se llevó a cabo de la forma correcta. En estos casos, el técnico competente debe reseñar en el informe el estado del edificio, junto a posibles soluciones arquitectónicas.
¿Qué se analiza en la Inspección Técnica de un Edificio en Madrid?
- Descripción genérica del Edificio.
- Datos de la propiedad.
- Resultados de la inspección, estado de la estructura y cimentación, estado de las fachadas interiores y exteriores, estado de conservación de cubiertas y azoteas, de las redes generales de fontanería y estado de los elementos de accesibilidad existentes en el edificio.
Desde el 1 de enero de 2022, es indispensable contar con el Certificado de Eficiencia Energética para que la ITE en Madrid sea favorable.
Una vez obtenido el informe técnico, hay que solicitar a la Administración el certificado donde se aprueba que el edificio es apto para ser habitado de nuevo.

Cómo llevar a cabo la ITE o el IEE en Madrid
Precio de la ITE en Madrid
Depende de varios factores, como el tamaño de la finca o las dificultades técnicas que se puedan presentar.
Por lo general, los precios oscilan entre los 150 € (para una vivienda unifamiliar) y los 350€ o 400 €, para un bloque de viviendas. Sin embargo, el coste de la ITE en Madrid puede llegar a costar de 900€ a 1.000 €.
El propietario del inmueble o la comunidad de vecinos en su conjunto son los encargados de contratar al técnico y de pagar la inspección.
¿Qué puede suceder si mi edificio no realiza la ITE en Madrid?
Una vez transcurrido el plazo estipulado para efectuar la inspección del edificio, el órgano competente puede ordenar su realización en un periodo de 2 meses máximo. Y si pasado ese tiempo sigue sin presentarse el informe se abrirá un proceso sancionador con una multa cuyo importe puede oscilar entre los 1.000€, los 2.000€ y hasta los 3.000€.
No obstante, una vez recibida la sanción tendremos otros 2 meses para llevar a cabo la ITE. Pero si agotásemos estas vías, se daría paso a la ejecución subsidiaria, es decir, una ejecución forzosa de la ITE ordenada desde la Administración.
Proceso para subsanar una ITE desfavorable:
Los servicios municipales realizarán una visita al edificio para proponer la orden de ejecución y será obligatorio llevar a cabo las reformas «recomendadas» en los plazos establecidos. En caso de dudas sobre las obras a ejecutar debemos dirigirnos al Servicio de Conservación y Edificación Deficiente del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Sin embargo, los propietarios tienen la opción de solicitar la licencia urbanística antes de recibir la orden de ejecución.
Existen dos opciones en función a los resultados de la inspección:
- Si las obras de subsanación de deficiencias requieren un proyecto técnico (obras mayores).
En este caso, tendrás que hablar con unos arquitectos especializados en dirección facultativa de obra. Así, tras las mejoras en el edificio, se otorgará un certificado final de obra para completar la gestión del ITE.
- Cuando las obras de subsanación de deficiencias no requieren un proyecto técnico (obras menores).
Cuando las obras necesarias no sean de gran envergadura, requerirás de un Certificado de Idoneidad Técnica. Para ello, es necesario contar con los servicios de un técnico este tipo de trámites. Según la Ley, el propietario del edificio es el encargado de subsanar los defectos reflejados en el informe.
¿Qué es el Certificado de idoneidad técnica?
Es un documento necesario cuando el resultado de la ITE de un edificio es desfavorable y sólo son necesarias obras menores para subsanar las deficiencias.
¿Dónde puedo solicitar el Certificado de Idoneidad Técnica?
En esta página web de la Comunidad de Madrid, puedes descargarlo.
¿Cuáles son los pasos para conseguir un CET válido son los siguientes?
- El propietario contacta con un estudio especializado.
- Se acepta el presupuesto y los técnicos visitan el edificio.
- Los técnicos cotejarán las obras a realizar para conseguir un ITE favorable.
- El técnico redacta el Certificado de Idoneidad Técnica, según el modelo oficial de su Ayuntamiento.
- Presentación del Certificado de Idoneidad Técnica en el registro municipal correspondiente.
- Entrega a los propietarios del certificado y justificante de registro, una vez que la ITE o el IEE sea favorable.
Para terminar, cuando las entidades públicas verifiquen la reparación de los daños, lo notificarán al departamento de ITE en Madrid, y se actualizará la información en su página web municipal. Pudiendo consultar tanto el año previsto para la próxima inspección como el resultado de las ya realizadas.
Esto no significa que pase a un estado favorable, sino que se especificará que es un edificio con ITE desfavorable en Madrid con deficiencias subsanadas.
¿Es posible vender un piso sin el Certificado de Idoneidad Técnica en Madrid?
Sí, aunque el comprador seguramente nos lo exija. Además, cuanto más completo ofrezcamos el piso, más dinero podremos sacar por él. De ahí que sea interesante emitir todos los documentos que acrediten que nuestra propiedad está en buen estado y es habitable.
Aunque debemos señalar que a excepción de Cataluña, en ninguna otra Comunidad Autónoma es obligatorio el Certificado de Idoneidad Técnica.
Para vender un piso sin la ITE pasada hay que añadir una cláusula en el contrato:
Tras llegar a un acuerdo con la parte compradora para que se haga cargo de la ITE desfavorable hay que agregar una cláusula en la escritura de compraventa donde se especifica por escrito que la parte compradora exonera al vendedor de presentar la ITE por ser conocedor del estado del inmueble.
Por tanto, en este anexo del contrato aparece que ambas partes son conocedoras del estado en que se encuentra el piso, y aún así van a realizar la transacción de venta.
De manera que, ante la ley, será el nuevo propietario quien se encargue de pasar la inspección técnica más adelante.

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¿Hay que pagar una tasa para presentar la Inspección Técnica de Edificios?
No. Solo debes pagar por los trámites de la orden de ejecución de la inspección cuando resulte desfavorable.
¿Cuándo he de realizar el ITE?
Tienes hasta el 31 de diciembre del año en el que esté prevista.
El edificio tiene prevista su demolición, ¿he de realizar el ITE en este caso?
Siempre que el edificio no esté demolido, tendrás que hacerlo. Además deberás cumplir con el plazo señalado.
¿Puede realizarse el ITE antes del plazo de ordenanza?
No. Debe realizarse en el año asignado.
¿Quién puede realizar el Certificado de Idoneidad Técnica?
Cualquier técnico colegiado. Aunque no es necesario que elabore el ITE.
¿Qué partes del edificio comprueba el CIT?
Todas las zonas afectadas por las reparaciones: humedades, defectos de bajo calibre, pequeñas fisuras, etc.