Vender
Vivienda Protegida
- Honorarios a éxito
- Nos encargamos de todo
- Seguridad fiscal y jurídica
Nos encargamos de todo el proceso de alquiler de tu VPO, VPP, VPPB o VPPL. Tú solo pagas 500 € + IVA y no te preocupas de nada.
No se puede alquilar como un piso normal: tiene un régimen legal específico. La Administración exige que sea para residencia habitual del inquilino y que la renta no supere el valor máximo permitido. Cumplir estas reglas es obligatorio para evitar sanciones.
Tiene que haber transcurrido el plazo del Real Decreto que regula las ayudas recibidas. Si no, hace falta autorización previa y devolver las ayudas. El tiempo en el que no se puede vender ni alquilar depende del tipo de ayuda:
Si la vivienda obtuvo financiación de un Plan Estatal, desde la adquisición.
Si la financiación la concedió la Comunidad Autónoma, desde la adquisición.
¿No sabes en qué situación está tu vivienda? Lo comprobamos por ti antes de iniciar el alquiler.
No. La normativa exige que la vivienda se destine al alojamiento de una unidad familiar o convivencial completa: el alquiler debe ser de la vivienda en su totalidad, sin posibilidad de arrendar habitaciones por separado.
Te explicamos en pocos minutos los requisitos y el proceso completo para arrendar tu vivienda protegida cumpliendo la normativa, sin riesgo de sanciones.
Un servicio integral para que alquiles tu VPO con total seguridad y sin moverte de casa.
Calculamos el precio máximo al que puedes alquilar tu VPO según las reglas vigentes, dentro de los límites de la Administración.
Trasladamos al inquilino los gastos permitidos (IBI, comunidad y tasa de basuras), detallados en el contrato y con su justificación.
Incluimos todas las cláusulas obligatorias que exige la normativa, más las recomendables en vivienda protegida.
Presentamos el contrato ante la Comunidad de Madrid para su validación oficial, cumpliendo el procedimiento de visado.
Registramos y depositamos la fianza en el IVIMA / Agencia de Vivienda Social, todo formalizado conforme a la normativa.
Revisamos que esté en vigor. Si necesitas renovarlo, lo tramitamos por 100 € + IVA sin retrasar el alquiler.
Nosotros nos encargamos de todo el proceso, de principio a fin. Tú solo firmas y cobras tu alquiler con total seguridad legal.
El proceso completo, paso a paso. Nosotros nos encargamos de cada uno por ti.
Verificamos que tu piso sigue estando bajo el régimen de vivienda protegida.
El alquiler no puede superar el valor máximo establecido por la Comunidad de Madrid, calculado según superficie y módulos oficiales.
Con todas las cláusulas obligatorias y específicas de VPO.
Antes de firmar, la Comunidad de Madrid debe revisar y visar el contrato. Sin este visado, el alquiler no sería legal.
La fianza debe entregarse al Instituto de la Vivienda de Madrid según la normativa vigente.
Con todo formalizado y conforme a la ley.
El visado es obligatorio y un error puede costarte una sanción. Por eso lo gestionamos nosotros, de principio a fin, con la seguridad de quien lleva más de 13 años haciéndolo en Madrid.
Es el procedimiento por el cual la Administración certifica que el contrato de arrendamiento de una VPO incluye las cláusulas obligatorias del Art. 14 del Real Decreto 74/2009, de 30 de julio, y que el precio máximo de renta inicial no supera los límites establecidos.
Una vez formalizado el contrato, el propietario debe presentarlo para su visado ante la Consejería competente en materia de vivienda, en un plazo máximo de 10 días desde la firma. Nosotros lo preparamos y presentamos por ti dentro de plazo.
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Autorización o informe · VPO
El alquiler de una vivienda protegida tiene un tope legal. Te explicamos cómo se calcula —y lo hacemos gratis por ti.
Para calcular la Renta Máxima Inicial (RMI) de una VPO debemos conocer el precio máximo por m², regulado por la Orden de la Consejería competente en materia de vivienda de la Comunidad de Madrid. Según la zona donde se encuentre la vivienda se establece un precio, que se multiplica por el número de m² útiles.
En primer lugar hay que conocer el Valor Máximo Legal de Venta (VMLV), que varía en función de la tipología de la vivienda y de la zona del municipio donde se sitúa, por metro cuadrado de superficie útil. Para todas las viviendas en arrendamiento, se acojan o no al Decreto 801, la Renta Máxima se calcula aplicando las tablas oficiales.
Garaje: solo computan 25 m² · Trastero: solo 8 m², sea cual sea su superficie real.VPPB · Madrid Zona A · 80 m² útiles · Decreto 74/2009
El contrato se redacta conforme a la Ley de Arrendamientos Urbanos vigente y debe especificar que se alquila la vivienda con todos sus anejos vinculados. Según el Art. 15 del Real Decreto 11/2005, deben incluirse unas cláusulas obligatorias.
Se deposita 1 mes de fianza en la Comunidad de Madrid y se abona la tasa 7802 del modelo 030 (23,22 €). Después se presenta el contrato con:
En Madrid, toda VPO tiene un precio máximo legal de alquiler. A veces se cobra a precio de mercado libre, o se inflan cuotas con pagos por mobiliario o gastos añadidos. Esos cobros no son válidos.
Sin compromiso · Te respondemos en menos de 24 h
Somos especialistas en Vivienda Protegida en Madrid. Esto es lo que dicen quienes ya han alquilado o vendidocon nosotros.
EXCELENTE A base de 682 reseñas Publicado en Google Rosa KarigerTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy satisfecha con el acompañamiento a lo largo de todo el proceso de compra de mi vivienda. Destacar la profesionalidad y amabilidad de Fiorella.Publicado en Google Fran GarcíaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Trabajé con Fiorella y la experiencia ha sido excelente. No es sólo una gran profesional, eficiente y con mucha atención a los detalles, sino una persona con la que es muy fácil trabajar y es capaz de adaptarse a cualquier reto que va surgiendo (en esas situaciones es donde se ve la excelencia). Muy recomendable, sin ninguna duda.Publicado en Google fernando sTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy buena atención, tenía dudas sobre hacer una compra del plan 18000 y quedaron resueltas por Juan Pedro, espero hacer la gestión con ellos, muchas gracias.Publicado en Google Vicente Teruel ParraTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Me tramitaron la descalificación de un piso y posteriormente su venta. Conocedores de todos los pasos y trámites necesarios. Los consejos a la hora de ajustar precio de venta siempre fueron acertados, Pavlo está muy preparado y está al día de la evolución de los precios de mercado. Los honorarios de intermediación, claramente los más competitivos que he visto. Unos profesionales!! Gracias!!Publicado en Google mechis SegoviaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Pavlo es muy profesional, una persona con mucho conocimiento y paciencia. Capaz de dialogar y explicar . Gracias por tu buen trabajo 👏Publicado en Google TeresaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy satisfechos con Templo Consulting. Valoramos especialmente su modelo de honorarios, al no depender del precio final de venta, lo que transmite mayor objetividad durante la negociación, así como la profesionalidad, la disponibilidad y el seguimiento realizado por Pavlo durante toda la operación. Un servicio cercano y muy recomendable.Publicado en Google Alicia Culebras SantallaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Melina ha sido muy amable y nos ha facilitado en todo momento las gestiones de venta de la vivienda . El piso lo vendió en 3 días y por el precio adecuado . Recomiendo cien por cien sobre todo a MelinaPublicado en Google laura melloTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Son muy profesionales, te explican todo de una forma muy clara y fácil de entender. El servicio excelente!!!!Publicado en Google JULIAN CEMBRANOS BAÑOSTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. La experiencia ha sido estupenda y la persona que llevó el tema que es Fiorella es una excelente profesional. Desde luego que se lo recomendaré a la gente de mi entornoPublicado en Google Daniel G. GaldoTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Un placer haber trabajado contigo Pavlo, eres un gran profesional y has sabido gestionar perfectamente la venta del piso. Muy atento y con una educación exquisita en todo momento. No te quepa duda que contaré con Templo si necesito poner a la venta alguna propiedad.
Hay promociones donde la vivienda y sus anejos no vinculados tienen plazos de protección distintos, así que la vivienda puede estar libre (y alquilarse a precio libre) mientras la plaza de garaje no vinculada sigue protegida.
En ese caso solo hay que respetar el Valor Máximo Legal de Alquiler, sin que sea obligatorio visar el contrato. Y si alquilas solo la plaza de garaje, tampoco hay que visarlo, porque tiene un destino distinto al de vivienda habitual.
Sí, siempre que sea una vivienda protegida de las que pueden alquilarse y haya transcurrido el plazo de la normativa de esas ayudas (presentando el contrato para su visado ante la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación).
Si aún no ha pasado el plazo, se requiere autorización previa y deberán devolverse las ayudas recibidas.
Puedes pedir a tu entidad bancaria un certificado que confirme que tu préstamo hipotecario no está cualificado. Con ese certificado y una copia de la escritura, puedes acudir a la Subdirección General de Política y Ayudas a la Vivienda (Paseo de la Castellana nº 67, Madrid) y solicitar un certificado de que no has recibido ayudas estatales, ni en préstamo cualificado ni en ayuda directa.
No. Alquilar con muebles no puede suponer un coste adicional que supere la renta máxima permitida, ni siquiera mediante contratos independientes o firmados por distintas personas (art. 13.2 del Decreto 74/2009).
No. Las VPO no pueden destinarse a alquiler turístico ni a estancias de corta duración: deben usarse como residencia habitual y permanente. Usarla como alojamiento vacacional (por días, semanas o en plataformas como Airbnb) supone una infracción de la normativa autonómica.
Para darle uso turístico tendrías que descalificar previamente la vivienda. En Templo Consulting podemos ayudarte a descalificar tu VPO por 800 € + IVA.
Sí, pero antes hay que informar por escrito al inquilino. Recomendamos incluir en el propio contrato la autorización expresa del arrendatario. El organismo competente analizará el expediente y, si no se cumple la normativa, el propietario podría afrontar una multa por fraude en VPO.
Te asesoramos en todo lo relacionado con tu VPO: compra, venta, alquiler, herencias y descalificación. La primera consulta es gratuita.
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2 respuestas
Qué se hace cuando de forma sistemática estas obligaciones, en cuanto a precio, visado y condiciones de alquiler de las viviendas de protección no las cumplen las empresas privadas dedicadas a explotar estas viviendas bajo la pasividad de la Comunidad de Madrid? Denunciarlo a la Fiscalía?
Hola Robin,
En ese caso deberías informar al IVIMA y ellos tomarán las medidas correspondientes.
Un saludo y gracias.