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Descalificación Vivienda Protegida: Paso a Paso

Publicado por Templo Consulting en 14 de enero de 2022
10 comentarios

¿Quieres descalificar tu vivienda protegida?

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    Descalificación de vivienda de protección oficial en Madrid

    ¿Cómo descalificar una vivienda protegida en Madrid?

    La descalificación voluntaria de una vivienda protegida es un proceso que permite a los propietarios de estas viviendas convertirlas en viviendas libres antes de que finalice el plazo de protección previsto. Para ello, es necesario devolver las ayudas públicas recibidas. El plazo de protección depende del tipo de vivienda y de las ayudas concedidas. La solicitud de descalificación debe ser presentada por el propietario de la vivienda o en representación de el.

    No todas las VPO se pueden descalificar. Dependerá del Decreto Ley al que estén acogidas y del tipo de vivienda que sea. En nuestra agencia somos expertos en cualquier tipología de viviendas en Madrid y resolvemos todas tus dudas sin coste alguno.

    Paso 1: Consulta a la Dirección General de la Vivienda y Rehabilitación

    El primer paso es consultar a la Dirección General de Vivienda de la Comunidad de Madrid para comprobar si la vivienda cumple los requisitos para ser descalificada. Siempre y cuando hayan transcurrido 15 años y un día desde la fecha de calificación definitiva.

    Para ello, deberás proporcionar: 

    • Dirección exacta del inmueble
    • Fecha de calificación definitiva
    • Número de expediente

    Además, requerirás un certificado bancario del préstamo para determinar si la vivienda está cualificada o no.

    Paso 2: Iniciar el proceso de descalificación

    Una vez que estés seguro de que tu vivienda puede iniciar el proceso de descalificación voluntaria, deberás presentar la siguiente documentación a la plataforma de la Comunidad de Madrid.:

    • Escritura (Adjudicación de herencia o liquidación de gananciales).
    • Copia del DNI de todos los titulares.
    • Autorización de representación firmada por todos los titulares.
    • Declaración de no perjuicios a terceros.
    • Justificante del pago de la tasa de 55.58€.

    Modelo 030 y tasa de 55,58€

    Paso 3: Presentarse a cada organismo

    La Comunidad de Madrid te proporcionará una carta de trámite que contendrá información detallada acerca de los organismos a los que debes dirigirte, tales como:

    • Ayuntamiento de Madrid. Plaza Cibeles, 1 28014 Madrid
    • Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Paseo de la Castellana, 67, 28046 Madrid
    • Consejería de Hacienda de la Comunidad de Madrid. Calle General Martínez Campos, 30, 28010 Madrid
    • Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid. Calle Basílica, 23, 28020 Madrid

    Cada uno de estos organismos te indicará si es necesario reembolsar ayudas o bonificaciones y los intereses legales generados hasta la fecha. (Antes de hacer estas gestiones es imposible saber cuánto dinero hay que devolver).

    Paso 4: Devolución de ayudas

    Una vez que se han devuelto las ayudas económicas, cada organismo emite un certificado que indica el importe ingresado para la devolución de las mismas. Es común que los propietarios de viviendas protegidas crean que no han recibido ninguna ayuda, pero desconocen que todas las viviendas protegidas las reciben, independientemente de si es la primera o segunda transmisión, como las que enumeramos a continuación:

    • Al comprar una VPO casi seguro que te beneficiaste de una exención total del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD)

    • Puede que hayas disfrutado de una bonificación en el IBI del 50% durante los 3 primeros años.

    • Y en algunos casos también se bonifica el Certificado de 1ª ocupación por parte del Ayuntamiento de Madrid.

    A continuación mostramos dos notificaciones del Ayuntamiento, una vez comenzada la descalificación de una VPO en Madrid. En la primera imagen, el propietario no debe devolver ninguna ayuda; mientras que en la segunda sí.

    Paso 5: Resolución Oficial

    Informa a la Dirección General y adjunta:

    • Los resguardos de cada organismo
    • La carta trámite recibida.
    • En caso de tratarse de un préstamo cualificado, se debe adjuntar un certificado de deuda 0.

    Posteriormente, recibiremos una resolución oficial que determina la descalificación de la vivienda.

    Paso 6: Registro de la Propiedad

    Tras obtener la resolución, dirígete al Registro de la Propiedad para proceder con la inscripción de la descalificación. En este punto, deberás realizar el modelo 600 correspondiente.

    Paso 7: Nota simple actualizada

    En un plazo de 15 días hábiles, obtendrás la descalificación ya inscrita y una nota simple actualizada donde conste que la vivienda es libre y la correspondiente factura.

    Paso 8: ¡Listo! Ya puedes vender a precio libre

    Una vez tu vivienda ya ha sido descalificada, ya puedes firmar la compraventa al precio de una vivienda libre. Sin embargo, nosotros solemos empezar la venta al mismo tiempo que el proceso de descalificación. Nuestra base de datos de clientes ya conoce la duración del proceso de descalificación.

     

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      Guía informativa - Descalificación de Vivienda Protegida

      ¿Por qué merece la pena descalificar una VPO en Madrid?

      Porque si realizamos la descalificación de una VPO en Madrid, podemos beneficiarnos de los siguientes aspectos:

      • Al descalificar una vivienda queda libre de cargas, y por tanto, se puede vender o alquilar a un precio real de mercado.
      • Se incrementa el valor de la vivienda, lo que nos permite ampliar el importe y el plazo del préstamo hipotecario. Recibiendo dinero en efectivo inmediatamente.
      • Cuando una persona mayor es propietaria de una VPO, merece la pena comenzar el proceso de descalificación voluntaria cuanto antes. Ya que así, en el momento de que la persona fallezca, se le podrá otorgar a la vivienda el valor real de mercado. En vez del precio máximo legal establecido, que en determinadas zonas de Madrid existe una diferencia de hasta 200.000€. Evitando pagar de esta forma un incremento patrimonial astronómico. (Que puede ascender hasta los 44.000€ en algunos casos).

      Sin embargo, es importante señalar que este proceso requiere de tiempo y conocimientos técnicos. Primero hay personarse en la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de la Comunidad de Madrid, y después tendremos que consultar a otros cuatro organismos oficiales, para saber si hay que devolver determinadas ayudas económicas que se recibieron en su día. De ahí que, cada vez más particulares confíen en especialistas en la materia como Templo Consulting.

      ¡Solicita información sin compromiso! La primera consulta es totalmente gratuita. Llámanos al 919 38 56 78 o déjanos tus datos y te devolvemos la llamada. 

      ¿Tengo que descalificar mi vivienda para poder venderla?

      No es necesario descalificar tu vivienda protegida para poder venderla. Si decides venderla sin haber hecho la descalificación voluntaria, porque puede ser porque aún no han pasado los años necesarios para hacerlo o porque no te conviene devolver las ayudas recibidas. En este caso, puedes vender tu vivienda al valor máximo legal de venta.

      • Vender una vpo en los prmero 10 años: Generalmente en primera adquisición, debemos esperar un periodo inicial de 10 años, salvo causas justificadas  para vender durante los primeros 10 años, hay que solicitar una autorización de venta.  Pero como se mantienen las condiciones de protección originales, solo podremos vender por un valor máximo de venta, y el comprador tiene que destinarla a vivienda habitual.

      La autorización de venta es un documento obligatorio al vender una VPO dentro de los 10 años de protección iniciales. Igual que la devolución de todas las ayudas percibidas más intereses generados, junto a las bonificaciones y exenciones que se nos aplicaron. Vendiendo únicamente por el precio máximo establecido.

      • Si ya han transcurrido 10 años: Desde la calificación definitiva debemos solicitar un informe  para poder vender.

      El informe que sirve para demostrar ante notario el cumplimiento de este plazo. No es obligatorio pero sí recomendable, porque nos puede exigir su presentación el Registrador de la Propiedad, el comprador, el banco, el tasador del banco, etc.

      Y la solicitud del informe de venta debe hacerse el mismo día que finalice el periodo inicial o después de la fecha de vencimiento. Si lo hacemos antes la Administración podrá denegar la solicitud por incumplimiento de la protección.

      Sin embargo, para el propietario que alquile su inmueble, siempre será interesante añadir en el contrato de alquiler de la vivienda protegida una autorización expresa del inquilino para poder realizar la descalificación de la vivienda por si quisiera realizarla en el futuro.

       

      ¿Qué requisitos hay que cumplir para poder solicitar la descalificación?

      La descalificación voluntaria se puede solicitar siempre que cumplan estos
      requisitos:

      • Que no hayan percibido ayudas financieras al amparo del Plan Estatal de Vivienda 2005 – 2008, aprobado mediante Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, o al amparo del Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre.
      • Que haya transcurrido el período de duración del régimen legal de protección exigido para poder solicitar la descalificación (ver cuadro Régimen Legal de Protección, en el apartado anterior).
      • Si la vivienda está alquilada, será necesario obtener la autorización del inquilino para proceder con la descalificación.

      Cumplidos los requisitos, la Administración podrá conceder la descalificación si de ella no se derivan perjuicios para terceros o el interés social. Una vez descalificada la vivienda, su precio, uso y destino dejan de estar limitados.

      No todas la Viviendas Protegidas se pueden descalificar

      Hay determinadas VPO cuyo precio máximo legal de venta no se rige por módulos y no permiten su descalificación anticipada. Y otro documento imprescindible para vender las viviendas acogidas al Real Decreto 801/2005 es un certificado bancario que indique si el préstamo es cualificado. A continuación un ejemplo:

      Nueva Ley de Vivienda

      Debido a la incertidumbre que está provocando la nueva Ley de Vivienda, queremos hacer especial hincapié en el pánico que ha surgido entre los propietarios de VPO. Nuestra recomendación, como consulting inmobiliario experto en Vivienda Protegida en Madrid, es proceder a la descalificación voluntaria lo antes posible. Ya que de esta forma, no habrá ninguna posibilidad de que les apliquen la cláusula que extiende la protección a 30 años (sea cual sea la calificación definitiva de su vivienda). Algo que aún no ha quedado claro del todo, pese a que desde el Gobierno afirman que esta medida no tendrá carácter retroactivo.

      Sin embargo, no queda duda respecto a las Viviendas Protegidas construidas en suelo público o reservado, las cuáles, a partir de ahora, serán Viviendas de Protección Oficial permanentemente.

      Si ya han pasado 15 años y un día desde la fecha de calificación definitiva y deseas iniciar el proceso de descalificación voluntaria, te podemos ayudar. La primera consulta es gratuita ¡Pregunta sin compromiso, llamando al 919 38 56 78 o dejando tus datos en el formulario!

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        ¿Cuánto cuesta la descalificación de una VPO en Madrid?

        No podemos asegurar un precio exacto, porque cada proceso de descalificación es distinto. En función de las ayudas que el propietario o el promotor de la VPO hayan recibido y del Real Decreto al que se acogiera la vivienda, el coste puede oscilar desde los 0€ hasta los 30.000€.

        Circunstancias que pueden complicar la descalificación de una VPO en Madrid

        1. ¿Y qué pasa si ya he encontrado comprador? ¿Puedo firmar un contrato de arras aunque todavía no haya terminado la descalificación?

        No deberías porque estarías cometiendo una ilegalidad, que puede ser sancionada por la Administración. Nuestra recomendación como expertos en VPO es que esperes a que se haya inscrito el certificado de descalificación en el Registro de la Propiedad, para quitarle así la carga de Vivienda Protegida al inmueble.

        La razón por la cuál no deberías firmar ningún tipo de contrato, ya sea privado arras o compraventa, es que si lo hicieras tendrías que poner el precio máximo establecido, aunque ya hayas comenzado el proceso de descalificación voluntaria, y tengas pensado vender a precio libre. Mientras estemos descalificando, nuestro piso sigue siendo una vivienda protegida.

        Así que, lo mejor es tener paciencia y esperar el tiempo necesario. No obstante, si contratamos los servicios de un profesional, en vez de en seis meses, podemos tener la descalificación voluntaria en solo 2 meses y 3 semanas.

        2. ¿Si tenemos la vivienda alquilada podemos descalificarla?

        No existe ningún problema, aunque antes de comenzar con los trámites de la descalificación será necesario informar por escrito al inquilino y que firme el documento para dejar constancia de la comunicación fehaciente. Además, junto a la solicitud de descalificación, debemos presentar los siguientes documentos:

        • Documento de conformidad de la parte arrendataria, donde manifieste que ha sido informado del proceso de descalificación voluntaria y que está de acuerdo. Por supuesto, deben quedar reflejados los datos personales de todos los inquilinos. Dado que no existe un modelo específico para estos supuestos, tendrá ser redactado por los interesados.

        • Copia del contrato de arrendamiento formalizado correctamente (fianza+visado).

        • Copia del documento de identidad de los arrendatarios.

        Es importante mencionar que al iniciar un proceso de descalificación de una Vivienda Protegida alquilada, la Sección de Autorizaciones y Permisos de Venta enviará a la Sección de Inspección y Expedientes Sancionadores el contrato de arrendamiento, para comprobar que el expediente de alquiler cumple con la normativa establecida.

        * ¡Ojo! Porque si el propietario no ha depositado la fianza, ni ha visado el contrato de alquiler de su Vivienda Protegida, será sancionado por la administración. Una multa que puede ir desde los 150€ hasta los 1.500€ si es leve; de los 1.501€ a los 6.000€ si es grave; y de los 6.001€  hasta los 60.000€ si es muy grave.

        3. Descalificar una vivienda en caso de divorcio

        Si una pareja casada en gananciales es propietaria de una Vivienda de Protección Oficial y decide divorciarse, tendrá que ponerse de acuerdo para comenzar el proceso de descalificación. Puesto que dicho trámite debe realizarse de mutuo acuerdo, y siempre debe firmarse por ambos titulares. Con independencia de su separación legal.

        4. Descalificación de plazas de garaje no vinculadas

        Lo más habitual en las Viviendas Protegidas de reciente construcción es que se vendan conjuntamente vivienda, plaza de garaje y trastero en una misma finca registral. Y si existe una segunda plaza de garaje, seguramente sea una finca registral independiente.

        Por tanto, a la hora de descalificar, tendremos que realizar dos procesos de descalificación distintos (uno por cada finca registral, con sus tasas de 55,58€ y la documentación correspondiente). Esto aplica tanto para plazas de garaje cubiertas, como las que están al aire libre bajo porches o las que son totalmente exteriores.

        Además, en la mayoría de casos, llevar a cabo la descalificación de esta segunda plaza de garaje no vinculada puede no ser rentable; debido a que el precio máximo legal de venta establecido es superior al valor real de mercado. Con lo cual, no se aconseja su descalificación por el coste y la dedicación que implica.

        En cambio, a la hora de solicitar una Autorización o Informe de venta, si se pueden agrupar en el mismo trámite ambas fincas.

        5. Y si tengo un local comercial de VPO, ¿debería descalificarlo?

        Desde nuestro punto de vista como profesionales del sector de VPO es lo más acertado, porque así podrás vender a precio de mercado o realizar todo tipo de modificaciones (segregarlo para obtener dos locales más pequeños o convertirlo en vivienda). Obras que la Administración no permite mientras nuestro local siga siendo de protección oficial.

        6. ¿Es posible descalificar un terreno de protección pública?

        No está permitido, porque cuando un terreno está reservado para la construcción de Viviendas Protegidas, debe utilizarse para ese fin.

        Según la orden 1577/2005, de 11 de mayo, (actualmente derogada), se establecía que había unos límites porcentuales en la construcción de viviendas libres y protegidas. De todas las promociones, al menos el 25% del total debían ser VPPL (Viviendas de Protección Pública de Precio Limitado) y el 15% VPPB (Viviendas de Protección Pública de Precio Básico). Y hasta del 20% si en el planeamiento correspondiente había 500 o más viviendas.

        Asimismo, la Orden 116/2008, de 1 de abril, deroga estos porcentajes y establece que la normativa regulatoria en esta materia seguirá siendo la Estatal vigente en materia de Protección Oficial.

        Por lo que, no cabe duda que tanto el constructor, como el adquiriente deben cumplir los mismos requisitos que se exigen en una primera transmisión (no superar unos ingresos máximos, destinarla a Vivienda Habitual, no tener otra Vivienda Protegida en propiedad, etc.).

        Templo Consulting, inmobiliaria especializada en Viviendas Protegidas en Madrid

        Si quieres realizar la descalificación de tu VPO en Madrid o vender tu Vivienda Protegida al precio máximo establecido, en Templo Consulting podemos ayudarte. Pregunta por tu caso concreto sin compromiso ¡La primera consulta es totalmente gratuita!

        Primero vamos a solicitar información básica de la vivienda para estar seguros de si se puede descalificar, conocer a qué Real Decreto está acogida y cuál es la mejor forma de vender tu VPO. Solo cobramos nuestros honorarios en caso de realizar la descalificación voluntaria o solicitar la Autorización o Informe de venta.

        ¿Qué servicios ofrecemos para Viviendas Protegidas en la Comundad de Madrid?

        Solicitud de autorización, informe o documento de renuncia del derecho de tanteo y retracto: 200€+IVA.

        Proceso de descalificación voluntaria o anticipada: 800€+IVA.

        Venta de la vivienda VPO: 2.950€+IVA.

        Nuestros agentes están especializados en el sector de la Vivienda Protegida en Madrid, y podemos garantizar que todos los trámites se harán respecto a ley. También disponemos de base de datos propia de clientes compradores interesados especialmente en esta tipología de inmuebles en la capital, porque contamos con más de 10 años de experiencia en el sector.

        ¿Necesitas asesoramiento gratuito sobre la venta de tu VPO en Madrid?

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          PREGUNTAS FRECUENTES PARA DESCALIFICAR VPO EN MADRID

          Para saber cuánto se tarda en descalificar una VPO en Madrid, tenemos que ser conscientes que, según la Administración, el trámite puede durar 6 meses. Un plazo que dependerá de los organismos que hayan intervenido:

          • Agencia tributaria.
          • Ayuntamiento.
          • Ministerio de Transportes.
          • Agencia de la Vivienda Social.
          • Registro de la propiedad.

          Tienen que pasar, al menos 15 años, para descalificar una vivienda VPO de manera voluntaria o anticipada. Proceso que puede durar hasta 6 meses, según la Administración. Aunque hay empresas, como Templo Consulting, que logran plazos de resolución de 2 meses y tres semanas.

          Los plazos de protección de las Viviendas Protegidas en Madrid dependen de la tipología del inmueble y el Real Decreto al que estén acogidas:

          • VPPB / VPPL: 15, 20, 25 y 30 años.
          • VPP: 15, 20 o 30 años.
          • Viviendas de Integración Social: 25 años.
          • VPO: 25, 30 ó 50.
          1. Verificando si ha transcurrido el plazo de protección, desde la fecha de calificación definitiva.
          2. Si aún no ha finalizado este plazo, podemos consultar si se permite su descalificación voluntaria o anticipada, para convertirla en libre.

          Averiguar si ha prescrito una VPO es muy sencillo:

          1. Fecha de calificación definitiva, que vendrá recogida en la cédula de calificación de la vivienda o en las escrituras de compraventa.
          2. Plazo de protección.
          1. En la mayoría VPO, cumplidos 15 años desde la fecha de calificación definitiva.
          2. Determinadas viviendas protegidas no permiten su descalificación durante los 5 años siguientes a la última transmisión, aunque hayan transcurrido esos 15 años.

          Un pensamiento en & ldquo; Descalificación Vivienda Protegida: Paso a Paso y rdquo;

          • Ángel García Lora
            sobre 19 de enero de 2020

            Queríamos saber si nos podrían informar acerca del precio que podría significar solicitar la descalificación de nuestra vivienda para valorar si la hacemos o no. Nos valdría con un rango aproximado, ¿pueden ayudarnos con esto?
            Gracias

          • sobre 24 de septiembre de 2020

            En una venta de piso del ministerio , quien debe pagar la descalificacion del piso , el vendedor o el comprador.

            • Templo Consulting
              sobre 24 de septiembre de 2020

              Estimado José,

              Nosotros somos expertos en descalificación de viviendas protegidas en Madrid, y aunque ninguna ley indica que tenga que ser el vendedor quien se haga cargo de dichos gastos, solo el propietario o propietarios tienen postestad para realizar el proceso. De todas formas, se podría llegar a un acuerdo entre vendedor y comprador, siempre que se devuelvan las ayudas recibidas y los intereses generados desde que se otorgó el inmueble.

              Quedamos a tu disposición para cualquier otra duda sobre viviendas de protección oficial en Madrid. Un cordial saludo y gracias por contactar con Templo Consulting.

          • sim
            sobre 14 de abril de 2021

            Experiencia muy gratificante. Charo y Juan Pedro muy profesionales, nos ha ayudado en un tiempo récord con la descalificación y han estado muy pendientes e involucrados en el expediente. Recomiendo la empresa 100%.

            • Templo Consulting
              sobre 14 de abril de 2021

              Muchas gracias Simona por tus palabras.
              Para nosotros es un verdadero placer haberos ayudado en el proceso de descalificación de vuestra vivienda. Contamos con un gran equipo de profesionales capaces de llevar este tipo de trámites de forma satisfactoria y de la manera más cómoda para nuestros clientes.
              Muchas gracias por haber confiando en Templo Consulting.
              Un saludo.

          • Raquel
            sobre 30 de julio de 2021

            Buenas tardes.
            Tengo una vivienda vpo y quiero descalificar para poder vender.He leído que tardan unos 5 meses,ese tiempo es real o es como 2 meses como me han comentado en una agencia?
            Me pueden facilitar la dirección de su oficina para concertar una reunión con vosotros.
            Gracias!!

            • Templo Consulting
              sobre 1 de agosto de 2021

              Buenas tardes Raquel,
              Si nos facilitas un número de teléfono al correo info@www.temploconsulting.com te informamos del proceso sin compromiso. Un cordial saludo y gracias por confiar en Templo Consulting.

          • Nines
            sobre 29 de septiembre de 2021

            He llamado para pedir información sobre venta de vivienda protegida, y tengo que decir que me han aclarado todas las dudas que les he planteado, parecen muy profesionales y conocen bien este sector tan complejo de las viviendas de proteción oficial. Muy recomendables.
            Un saludo.

            • Templo Consulting
              sobre 30 de septiembre de 2021

              Estimada Nines, agradecemos sinceramente tu comentario. Llevamos ocho años especializados en el mercado inmobiliario de las Viviendas Protegidas en la Comunidad de Madrid. Y gracias a nuestra dilatada experiencia, podemos asesorar y resolver diligentemente cualquier duda de nuestros clientes. Además, dicha consulta es gratuita y sin compromiso. Aún así, no hay nada más satisfactorio que el reconocimiento externo por el trabajo bien hecho. Nos alegra poder acompañarte en el proceso de descalificación de tu Vivienda Protegida. Un cordial saludo y gracias de nuevo por confiar en Templo Consulting.

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