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Te informamos de manera gratuita si tu vivienda permite la descalificación voluntaria
ExcelenteA base de 427 reseñasIvan Redruello2024-03-15Lo mejor que me he encontrado en tema inmobiliario. Muy serios y sin letra pequeña.Paco Gonzalez2024-03-15Vendí mi casa con ellos y salió todo de 10. Me aconsejaron bien desde el principio y fue todo super rápido. Sin duda son muy buenos profesionales.Ricardo Cabello Torres2024-03-06Sin duda son una empresa con mayúsculas. Contacte con ellos hace 5 años, su disposición fue ayudar desde el primer momento, tanto a nivel de dudas respecto a escrituras como a movilidad de consultas en los estamentos correspondientes para constatar la fecha en la cual la vivienda se podía descalificar y todo esto sin pagarles nada en ese momento. Ahora tras 5 años de espera se va a descalificar la vivienda y sin duda ha sido gracias a su profesionalidad y eficacia. Muy recomendables. Gracias por todo Charo. ------------------------------------------------------------------------------------- Without a doubt they are a company with capital letters. I contacted them 5 years ago, their willingness was to help from the first moment, both in terms of doubts regarding deeds and the mobility of queries in the corresponding estates to verify the date on which the home could be disqualified and all this without paying them nothing. Now after 5 years of waiting the home is going to be disqualified and without a doubt it has been thanks to their professionalism and efficiency. Highly recommended. Thanks for everything Charo.Sonsoles Gac2024-02-22Muy recomendables. Inmobiliaria seria y profesional. Te informan de todo, no se les escapa un detalle. Te asesoran y miran por tus intereses, buscando el equilibrio en la operación. Tienen buen sistema de trabajo, especialmente si eres comprador. Trato personal y cercano. Fiorella, en concreto, es una profesional de 10. Muchas graciasAntonio de Jaime Rivera2024-02-21Puse a la venta mi piso y en dos días estaba vendido. Me trataron genial y todo el papeleo posterior se realizó eficazmente. Muchas gracias.Marián Rebato2024-02-17Experiencia excelente, han resuelto todas las preguntas sobre mi vivienda -Plan 18000 y asesorado sobre la mejor opción. Un gran equipo de profesionales.Eva2024-02-15Agradecida por la atención y toda la información recibida de Melina.Alvaro Benitez2024-02-15Llame para preguntar una duda muy concreta sobre el plan 18.000 y me resolvieron todo, incluso me dieron mucha más información de la que necesitaba siendo esta muy útil. Trabajar con ellos ha sido increíble. Gracias!!!Sagrario Marin2024-02-12A pesar de no haber contratado sus servicios me respondieron y aclararon todas las dudas con sencillez y amabilidad. Un 10 sobre 10. Gran equipoAlba González Quiroga2024-02-08100% recomendable si necesitas comprar o vender tu casa. Sin duda ha sido un placer contar con Juan Pedro, se ha encargado de todas las gestiones y me ha explicado todo de manera súper sencilla, evitándome muchos dolores de cabeza y dándome tranquilidad en el proceso.
Realizamos una consulta a la Dirección General de Vivienda para verificar la viabilidad del proceso. La descalificación es factible después de 15 años y un día desde la calificación definitiva.
Iniciamos el trámite en caso de ser posible, nos presentamos ante cada organismo con los docuemntos necesarios y procedemos con la devolución de las ayudas correspondientes otorgadas por cada entidad.
Con Templo Consulting después de aproximadamente 45 días tu vivienda ya estará descalificada y podrás firmar la venta al precio de una vivienda libre. También podemos encargarnos de comercializar tu vivienda.
La descalificación voluntaria de una vivienda protegida es un proceso que permite a los propietarios de estas viviendas convertirlas en viviendas libres antes de que finalice el plazo de protección previsto. Para ello, es necesario devolver las ayudas públicas recibidas. El plazo de protección depende del tipo de vivienda y de las ayudas concedidas. La solicitud de descalificación debe ser presentada por el propietario de la vivienda o en representación de el.
No todas las VPO se pueden descalificar. Dependerá del Decreto Ley al que estén acogidas y del tipo de vivienda que sea. En nuestra agencia somos expertos en cualquier tipología de viviendas en Madrid y resolvemos todas tus dudas sin coste alguno.
El primer paso es consultar a la Dirección General de Vivienda de la Comunidad de Madrid para comprobar si la vivienda cumple los requisitos para ser descalificada. Siempre y cuando hayan transcurrido 15 años y un día desde la fecha de calificación definitiva.
Para ello, deberás proporcionar:
Además, requerirás un certificado bancario del préstamo para determinar si la vivienda está cualificada o no.
Una vez que estés seguro de que tu vivienda puede iniciar el proceso de descalificación voluntaria, deberás presentar la siguiente documentación a la plataforma de la Comunidad de Madrid.:
La Comunidad de Madrid te proporcionará una carta de trámite que contendrá información detallada acerca de los organismos a los que debes dirigirte, tales como:
Cada uno de estos organismos te indicará si es necesario reembolsar ayudas o bonificaciones y los intereses legales generados hasta la fecha. (Antes de hacer estas gestiones es imposible saber cuánto dinero hay que devolver).
Una vez que se han devuelto las ayudas económicas, cada organismo emite un certificado que indica el importe ingresado para la devolución de las mismas. Es común que los propietarios de viviendas protegidas crean que no han recibido ninguna ayuda, pero desconocen que todas las viviendas protegidas las reciben, independientemente de si es la primera o segunda transmisión, como las que enumeramos a continuación:
Al comprar una VPO casi seguro que te beneficiaste de una exención total del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD)
Puede que hayas disfrutado de una bonificación en el IBI del 50% durante los 3 primeros años.
Y en algunos casos también se bonifica el Certificado de 1ª ocupación por parte del Ayuntamiento de Madrid.
Informa a la Dirección General y adjunta:
Posteriormente, recibiremos una resolución oficial que determina la descalificación de la vivienda.
Tras obtener la resolución, dirígete al Registro de la Propiedad para proceder con la inscripción de la descalificación. En este punto, deberás realizar el modelo 600 correspondiente.
En un plazo de 15 días hábiles, obtendrás la descalificación ya inscrita y una nota simple actualizada donde conste que la vivienda es libre y la correspondiente factura.
Ya ha quedado descalificada tu vivienda, lo que significa que ahora puedes proceder a firmar la compraventa al precio real de mercado.
En Templo Consulting, sabemos lo que vale y lo importante que es tu piso. Aquí le damos un trato único y personalizado para que tu casa reciba toda la atención durante la venta.
Además, con nuestro servicio exclusivo de comercialización por solo 2.950€ + IVA, tienes una oportunidad de oro para sacar el máximo provecho a tu propiedad. No solo te ofrecemos un servicio de calidad, sino que también te conectamos con nuestra amplia lista de posibles compradores.
Al contar con Templo Consulting, te aseguras un proceso eficaz y transparente, además de beneficiarte de nuestra experiencia en el mercado inmobiliario. Estamos listos para empezar a promocionar tu piso desde ya, con una estrategia que ahorra tiempo y aumenta tus posibilidades de éxito.
Vender tu casa con nosotros no solo es una decisión inteligente, sino que también será una experiencia gratificante. Confía en Templo Consulting para llevar a cabo esta transacción con profesionalidad, dedicación y resultados excepcionales. ¡Contáctanos hoy mismo y déjanos ayudarte a cumplir tus metas inmobiliarias!
Si la descalificación no es una opción para ti, y deseas seguir adelante con la venta de tu vivienda, estamos aquí para ayudarte a gestionar el permiso necesario para llevar a cabo la transacción de forma adecuada. Solo por 200 € + IVA
Si estás pensando en vender tu Vivienda Protegida al precio real de mercado y quieres conocer cuál es ese valor exacto, ¡no dudes en contactarnos para solicitar una valoración gratuita! Estaremos encantados de ayudarte sin ningun compromiso.
En cualquier transacción de venta de viviendas, es importante tener en cuenta los impuestos que deben pagarse. En nuestro servicio, te ofrecemos el cálculo preciso y gratuito de la cantidad económica que deberás abonar.
Para saber cuánto se tarda en descalificar una VPO en Madrid, tenemos que ser conscientes que, según la Administración, el trámite puede durar 6 meses. Un plazo que dependerá de los organismos que hayan intervenido:
Tienen que pasar, al menos 15 años, para descalificar una vivienda VPO de manera voluntaria o anticipada. Proceso que puede durar hasta 6 meses, según la Administración. Aunque hay empresas, como Templo Consulting, que logran plazos de resolución de 2 meses y tres semanas.
Los plazos de protección de las Viviendas Protegidas en Madrid dependen de la tipología del inmueble y el Real Decreto al que estén acogidas:
Averiguar si ha prescrito una VPO es muy sencillo:
Vivienda con Protección Pública calificadas al amparo del Decreto 74/2009, de 30 de julio
La duración del régimen legal de estas viviendas en el caso de haber obtenido las ayudas al amparo del Real Decreto 2066/2008 será:
Viviendas con Protección Pública calificadas con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto 11/2005 de 27 de enero
Porque si realizamos la descalificación de una VPO en Madrid, podemos beneficiarnos de los siguientes aspectos:
Cuando una persona mayor es propietaria de una VPO, merece la pena comenzar el proceso de descalificación voluntaria cuanto antes. Ya que así, en el momento de que la persona fallezca, se le podrá otorgar a la vivienda el valor real de mercado. En vez del precio máximo legal establecido, que en determinadas zonas de Madrid existe una diferencia de hasta 200.000€. Evitando pagar de esta forma un incremento patrimonial astronómico. (Que puede ascender hasta los 44.000€ en algunos casos).
Sin embargo, es importante señalar que este proceso requiere de tiempo y conocimientos técnicos. Primero hay personarse en la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de la Comunidad de Madrid, y después tendremos que consultar a otros cuatro organismos oficiales, para saber si hay que devolver determinadas ayudas económicas que se recibieron en su día. De ahí que, cada vez más particulares confíen en especialistas en la materia como Templo Consulting.
¡Solicita información sin compromiso! La primera consulta es totalmente gratuita. Llámanos al 919 38 56 78 o déjanos tus datos y te devolvemos la llamada.
No es necesario descalificar tu vivienda protegida para poder venderla. Si decides venderla sin haber hecho la descalificación voluntaria, porque puede ser porque aún no han pasado los años necesarios para hacerlo o porque no te conviene devolver las ayudas recibidas. En este caso, puedes vender tu vivienda al valor máximo legal de venta.
La autorización de venta es un documento obligatorio al vender una VPO dentro de los 10 años de protección iniciales. Igual que la devolución de todas las ayudas percibidas más intereses generados, junto a las bonificaciones y exenciones que se nos aplicaron. Vendiendo únicamente por el precio máximo establecido.
El informe que sirve para demostrar ante notario el cumplimiento de este plazo. No es obligatorio pero sí recomendable, porque nos puede exigir su presentación el Registrador de la Propiedad, el comprador, el banco, el tasador del banco, etc.
Y la solicitud del informe de venta debe hacerse el mismo día que finalice el periodo inicial o después de la fecha de vencimiento. Si lo hacemos antes la Administración podrá denegar la solicitud por incumplimiento de la protección.
Sin embargo, para el propietario que alquile su inmueble, siempre será interesante añadir en el contrato de alquiler de la vivienda protegida una autorización expresa del inquilino para poder realizar la descalificación de la vivienda por si quisiera realizarla en el futuro.
La descalificación voluntaria se puede solicitar siempre que cumplan estos
requisitos:
Cumplidos los requisitos, la Administración podrá conceder la descalificación si de ella no se derivan perjuicios para terceros o el interés social. Una vez descalificada la vivienda, su precio, uso y destino dejan de estar limitados.
Hay determinadas VPO cuyo precio máximo legal de venta no se rige por módulos y no permiten su descalificación anticipada. Y otro documento imprescindible para vender las viviendas acogidas al Real Decreto 801/2005 es un certificado bancario que indique si el préstamo es cualificado. A continuación un ejemplo:
Debido a la incertidumbre que está provocando la nueva Ley de Vivienda, queremos hacer especial hincapié en el pánico que ha surgido entre los propietarios de VPO. Nuestra recomendación, como consulting inmobiliario experto en Vivienda Protegida en Madrid, es proceder a la descalificación voluntaria lo antes posible. Ya que de esta forma, no habrá ninguna posibilidad de que les apliquen la cláusula que extiende la protección a 30 años (sea cual sea la calificación definitiva de su vivienda). Algo que aún no ha quedado claro del todo, pese a que desde el Gobierno afirman que esta medida no tendrá carácter retroactivo.
Sin embargo, no queda duda respecto a las Viviendas Protegidas construidas en suelo público o reservado, las cuáles, a partir de ahora, serán Viviendas de Protección Oficial permanentemente.
Si ya han pasado 15 años y un día desde la fecha de calificación definitiva y deseas iniciar el proceso de descalificación voluntaria, te podemos ayudar. La primera consulta es gratuita ¡Pregunta sin compromiso, llamando al 919 38 56 78 o dejando tus datos en el formulario!
No podemos asegurar un precio exacto, porque cada proceso de descalificación es distinto. En función de las ayudas que el propietario o el promotor de la VPO hayan recibido y del Real Decreto al que se acogiera la vivienda, el coste puede oscilar desde los 0€ hasta los 30.000€.
No deberías porque estarías cometiendo una ilegalidad, que puede ser sancionada por la Administración. Nuestra recomendación como expertos en VPO es que esperes a que se haya inscrito el certificado de descalificación en el Registro de la Propiedad, para quitarle así la carga de Vivienda Protegida al inmueble.
La razón por la cuál no deberías firmar ningún tipo de contrato, ya sea privado arras o compraventa, es que si lo hicieras tendrías que poner el precio máximo establecido, aunque ya hayas comenzado el proceso de descalificación voluntaria, y tengas pensado vender a precio libre. Mientras estemos descalificando, nuestro piso sigue siendo una vivienda protegida.
Así que, lo mejor es tener paciencia y esperar el tiempo necesario. No obstante, si contratamos los servicios de un profesional, en vez de en seis meses, podemos tener la descalificación voluntaria en solo 2 meses y 3 semanas.
No existe ningún problema, aunque antes de comenzar con los trámites de la descalificación será necesario informar por escrito al inquilino y que firme el documento para dejar constancia de la comunicación fehaciente. Además, junto a la solicitud de descalificación, debemos presentar los siguientes documentos:
Documento de conformidad de la parte arrendataria, donde manifieste que ha sido informado del proceso de descalificación voluntaria y que está de acuerdo. Por supuesto, deben quedar reflejados los datos personales de todos los inquilinos. Dado que no existe un modelo específico para estos supuestos, tendrá ser redactado por los interesados.
Copia del contrato de arrendamiento formalizado correctamente (fianza+visado).
Copia del documento de identidad de los arrendatarios.
Es importante mencionar que al iniciar un proceso de descalificación de una Vivienda Protegida alquilada, la Sección de Autorizaciones y Permisos de Venta enviará a la Sección de Inspección y Expedientes Sancionadores el contrato de arrendamiento, para comprobar que el expediente de alquiler cumple con la normativa establecida.
⚠️Si el propietario no ha depositado la fianza, ni ha visado el contrato de alquiler de su Vivienda Protegida, será sancionado por la administración. Una multa que puede ir desde los 150€ hasta los 1.500€ si es leve; de los 1.501€ a los 6.000€ si es grave; y de los 6.001€ hasta los 60.000€ si es muy grave.
Si una pareja casada en gananciales es propietaria de una Vivienda de Protección Oficial y decide divorciarse, tendrá que ponerse de acuerdo para comenzar el proceso de descalificación. Puesto que dicho trámite debe realizarse de mutuo acuerdo, y siempre debe firmarse por ambos titulares. Con independencia de su separación legal.
Lo más habitual en las Viviendas Protegidas de reciente construcción es que se vendan conjuntamente vivienda, plaza de garaje y trastero en una misma finca registral. Y si existe una segunda plaza de garaje, seguramente sea una finca registral independiente.
Por tanto, a la hora de descalificar, tendremos que realizar dos procesos de descalificación distintos (uno por cada finca registral, con sus tasas de 55,58€ y la documentación correspondiente). Esto aplica tanto para plazas de garaje cubiertas, como las que están al aire libre bajo porches o las que son totalmente exteriores.
Además, en la mayoría de casos, llevar a cabo la descalificación de esta segunda plaza de garaje no vinculada puede no ser rentable; debido a que el precio máximo legal de venta establecido es superior al valor real de mercado. Con lo cual, no se aconseja su descalificación por el coste y la dedicación que implica.
En cambio, a la hora de solicitar una Autorización o Informe de venta, si se pueden agrupar en el mismo trámite ambas fincas.
Desde nuestro punto de vista como profesionales del sector de VPO es lo más acertado, porque así podrás vender a precio de mercado o realizar todo tipo de modificaciones (segregarlo para obtener dos locales más pequeños o convertirlo en vivienda). Obras que la Administración no permite mientras nuestro local siga siendo de protección oficial.
No está permitido, porque cuando un terreno está reservado para la construcción de Viviendas Protegidas, debe utilizarse para ese fin.
Según la orden 1577/2005, de 11 de mayo, (actualmente derogada), se establecía que había unos límites porcentuales en la construcción de viviendas libres y protegidas. De todas las promociones, al menos el 25% del total debían ser VPPL (Viviendas de Protección Pública de Precio Limitado) y el 15% VPPB (Viviendas de Protección Pública de Precio Básico). Y hasta del 20% si en el planeamiento correspondiente había 500 o más viviendas.
Asimismo, la Orden 116/2008, de 1 de abril, deroga estos porcentajes y establece que la normativa regulatoria en esta materia seguirá siendo la Estatal vigente en materia de Protección Oficial.
Por lo que, no cabe duda que tanto el constructor, como el adquiriente deben cumplir los mismos requisitos que se exigen en una primera transmisión (no superar unos ingresos máximos, destinarla a Vivienda Habitual, no tener otra Vivienda Protegida en propiedad, etc.).
¡EXPERTOS CONSIGUIENDO la CASA DE TUS SUEÑOS!
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