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EXCELENTE A base de 477 reseñas Tomás C G2024-11-28Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy buena atención por parte de Juan Pedro y muy agradable Rubén D2024-11-22Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Ha sido un completo placer comprar un piso. No en vano me sentí tranquilo al ver las opiniones de otras personas, y lo he podido confirmar de primera mano. Son buenos profesionales, amables, con ganas de ayudar y hacen que el proceso sea lo más agradable posible. Herminia Martinez2024-11-19Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Templo Consulting nos ha dado un trato muy profesional, coordinado y respetuoso. Fiorella, en la gestión de la compraventa, y sus compañeras, en otras trámites que hemos necesitado, han sido ágiles y eficientes. Sonia Caza2024-11-19Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. No sé cómo mostrar mi agradecimiento y enhorabuena a esta inmobiliaria, consultoría... Sin duda recomendable al 100% no solo por su profesionalidad y resolución en cualquier área en las que tienen muchísimas experiencia. Sin conocerme de nada me han dado la asesoría que he necesitado y de una manera totalmente desinteresada, aconsejándome lo que he necesitado y/o preguntado a pesar de no obtener rendimiento económico de mi caso,v ya que ella mismos me recomendaron intentar hacer el trámite por mi cuenta y que me ayudarían si en algún momento necesitaba su ayuda. Creo que quedan muy pocos profesionales con su honestidad y atención amable. Mil gracias. Alejandro Aparicio Encinas2024-11-19Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Juan Pedro fue muy claro y explícito en su explicaciones. Además, todo ello sin prisa y con detalle delatower882024-11-18Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Acabo de comprar una casa con ellos y la verdad que todo ha ido perfecto, una atención constante y un gran servicio por parte de Fiorella. Muy recomendables¡ Alberto fernandez2024-11-12Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Súper rápidos y profesionales. Sin duda lo recomiendo Alvaro Rodríguez2024-11-12Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy bien
Iniciaremos con un análisis exhaustivo de tu vivienda protegida para determinar la mejor opción entre un informe o una autorización de venta, según tus necesidades y el trámite requerido.
Presentamos la solicitud ante el organismo correspondiente. Nos encargaremos de seguir meticulosamente los procedimientos y plazos establecidos para agilizar todo el proceso.
Una vez obtengas el informe o la autorización de venta, podrás proceder sin demoras a la venta de tu Vivienda Protegida en Madrid. Destacamos por obtener estos trámites en tiempo récord.
Ofrecemos asesoramiento gratuito para resolver todas tus dudas
Las Viviendas de Protección Oficial son un tipo de inmuebles con unas características muy peculiares, por lo que su venta no se puede realizar de la misma manera que una vivienda libre. Para poder vender una VPO necesitamos pedir un permiso de venta, cuyo nombre técnico es autorización o informe de venta, en función de los años que hayan pasado desde su calificación definitiva. En Templo Consulting somos expertos en la venta de este tipo de inmuebles en la capital. Así que, podemos informarte sobre el tipo de documento que necesitas para vender tu Vivienda Protegida o descalificarla y venderla a precio libre.
Por ejemplo, para vender una VPO, siempre debemos esperar un periodo inicial obligatorio -que suele ser de al menos 10 años- durante el cual no está permitido vender ni alquilar la vivienda, salvo justa causa. Pero una vez pasado este tiempo, podremos vender la casa al precio máximo legal establecido por la Comunidad de Madrid. Unos precios que están estipulados según el tipo de vivienda protegida que sea, y que estarán vigentes durante todo el periodo de protección de la misma (a no ser que la descalifiquemos).
Así que, para poder vender la vivienda al precio real de mercado, sea necesario realizar un proceso de descalificación. Un proceso en el que habrá que devolver las ayudas recibidas y novar el préstamo cualificado o bonificado -si lo tuviéramos- a uno libre.
De manera que, si estás interesado en descalificar tu vivienda en nuestra región, en este enlace te contamos cómo y cuándo es posible llevar a cabo este trámite en Madrid. Aunque debemos subrayar que se trata de un procedimiento largo y tedioso para realizarlo como particular.
La Comunidad de Madrid puede tardar en responder hasta tres meses para enviarnos una autorización o un informe de venta de VPO. Un tiempo precioso que puede suponer el retraso o incluso la pérdida de un comprador interesado.
Sin embargo, en Templo Consulting realizamos estas gestiones a diario, y en menos de tres semanas podemos tener este documento en nuestro poder. En alguna ocasión, hemos conseguido reducir este plazo a solo una semana. Por solo 200€+IVA nos encargamos de absolutamente todo, y tú no tendrás que preocuparte por nada.
Para vender cualquier tipo de Vivienda Protegida en Madrid, es necesario solicitar un permiso de venta. Para saber qué tipo de permiso de venta necesita mi VPO, hay que contactar con la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de la Comunidad. En este organismo nos comunicarán -según la tipología de vivienda que sea y el Real Decreto al que se acogiera la promoción- cuántos años de protección le quedan y qué tipo de documento debemos solicitar para venderlo. Hay dos tipos de permisos para vender una Vivienda de Protección Oficial en Madrid: la autorización de venta de VPO o el informe de venta.
Una autorización de venta VPO es un documento imprescindible para realizar una transmisión intervivos, es decir, cuando queremos vender una VPO o donarla. La diferencia entre la autorización y el informe es que la primera solo será necesaria mientras el Régimen de Protección de la Vivienda siga en vigor.
La persona que solicite una autorización de venta debe ser propietario o titulares de la vivienda.
En alguna ocasión nos hemos encontrado con que los titulares se encontraban en medio de un proceso de divorcio; y una de las partes quería vender, pero la otra no. No obstante, para solicitar la autorización de venta, es necesaria la firma de ambos propietarios –con independencia de su separación legal- puesto que dicho trámite deben realizarlo de mutuo acuerdo.
Se podrá solicitar en las siguientes circunstancias:
Este documento es el otro permiso de venta VPO que se requiere en nuestra Comunidad Autónoma. En este caso, se solicita cuando un propietario quiere transmitir su Vivienda Protegida, pero no es necesario solicitar la autorización de venta. El informe de venta, al contrario que la autorización, lo puede solicitar cualquier propietario de una VPO o VPP.
Incluso lo pueden solicitar otras personas que necesiten acreditar lo siguiente:
Al igual que con la autorización de venta, el informe se puede realizar de manera presencial o telemáticamente a través de este enlace.
El plazo de resolución es de 3 meses, a contar desde la fecha en la que se solicitó el Informe de Venta. A continuación podemos ver cómo es un informe de venta:
¡Encontramos al comprador indicado para tu inmueble en Madrid! Como expertos en Vivienda Protegida, conocemos la fórmula perfecta para vender tu inmueble de la mejor manera posible.
¿Quieres saber si tu Vivienda Protegida ya puede descalificarse para venderla al precio libre? Aprovecha nuestra primera consulta gratuita. Nos encargamos de todo el proceso de descalificación.
Calculamos gratuitamente el Valor Máximo Legal de Venta (VMLV) y te orientamos sobre las opciones de venta específicas para tu caso. Con más de una década de experiencia, estamos aquí para ayudarte.
Es necesario pedir una autorización de venta cuando se trata de una VPP y mientras siga vigente su régimen legal de protección. Además, este tipo de viviendas no se pueden vender hasta que pasan 5 años desde su adquisición (salvo justa causa). En cuanto al resto de viviendas protegidas, será necesaria la autorización de venta siempre que se haya obtenido un préstamo cualificado, se hayan recibido otras ayudas para la adquisición de la vivienda y la venta se vaya a realizar dentro del plazo fijado por el Plan de Vivienda que regule dichas ayudas. Si estuviéramos ante este segundo caso, habrá que devolver todas las ayudas percibidas, junto con los intereses generados desde el momento en que se percibieron las mismas.
No obstante, existen algunos casos en los que no es necesario solicitar dicha autorización, y los exponemos a continuación:
Para solicitar una autorización de venta debemos descargar la solicitud en este enlace de la Comunidad de Madrid. Para después presentarla -junto con la documentación requerida- y el justificante del pago de las tasas del Modelo 030, en la oficina correspondiente. La solicitud ha de pedirse el mismo día que cumple el periodo inicial o pasada la fecha de vencimiento. De lo contrario, la Administración podrá denegarlo porque aún no se ha cumplido dicho plazo. La documentación a presentar será:
En función del tipo de promoción de la vivienda, tendremos que presentar una documentación específica.
En el caso de solicitar una autorización de venta para una VPO con Protección Pública de Promoción Privada, habrá que llevar -a parte de la información mencionada anteriormente- los siguientes documentos:
Cuando la autorización de venta es para una VPO de Promoción Pública habrá que entregar, junto con la autorización de venta, lo siguiente:
La Comunidad de Madrid ofrecerá una respuesta a la solicitud en un plazo de 6 meses -a contar desde la fecha en la que se registro la Solicitud de Autorización de Transmisión-. En el caso de no haber recibido respuesta durante este tiempo, significará que la solicitud ha sido denegada.
Importante mencionar que las autorizaciones de venta no tienen fecha de caducidad ni obligan a transmitir la vivienda.
En Templo Consulting siempre recomendamos solicitar este documento, ya que si la legislación cambiara, y por algún motivo se impidiera la venta de la misma, con la Autorización de venta previamente solicitada sí podríamos llevar a cabo la operación
Para realizar cualquier tipo de gestión sin tener problemas. Situaciones donde pueden solicitarnos este Informe de venta: en el Notario, en el Registrador de la Propiedad, el comprador, el tasador o hasta el banco de la parte compradora, para conseguir financiación. Presentando este documento, no tendremos ningún inconveniente con la compraventa u otra transmisión de nuestra vivienda protegida.
Incluso aunque nuestra Vivienda Protegida se haya descalificado de forma automática, es recomendable solicitar el informe de venta para quitar la carga en el Registro de la Propiedad.
Hasta que se acabe el periodo de protección de la misma. Por lo que ni el informe ni la autorización de venta pierden su validez con el paso de los años. Lo que sí puede cambiar es el valor máximo legal de venta, pero aún así eso no afectaría a la vigencia de estos documentos. Además, en el caso de que se derogara la normativa actual -como el Real decreto 801-2005- y desde momento en adelante todo se hiciera por fórmula; estaríamos a merced de la Administración sin dicha documentación.
Por eso es tan importante solicitar el informe o autorización de venta, ya que así tenemos un documento oficial que determina de qué manera y en qué valor se procederá a la venta de nuestra VPO. En Templo Consulting podemos resolver cualquier gestión o trámite en Viviendas de Protección Oficial en Madrid. Con solo una llamada conseguimos el expediente de la vivienda, para averiguar si se puede descalificar, a qué Real Decreto está acogida y de qué manera sacarle mayor rentabilidad . Y únicamente cobramos nuestros honorarios si necesitas la descalificación del inmueble o solicitar un permiso de venta para tu VPO, ya sea una Autorización o un Informe de venta.
Solicita tu informe o autorización de venta por solo te costará 200€+IVA, y ahórrate todo los quebraderos de cabeza con la Administración.
La primera consulta es totalmente gratuita.
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C. de Santiago de Compostela, 64, Fuencarral-El Pardo, 28034 Madrid
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Un pensamiento en & ldquo; Autorización e informe de venta en VPO ¿Qué son y para qué sirven? y rdquo;
Qué pasa si el contrato de arras penitenciales vence, y el vendedor no ha conseguido la autorización de venta? Puede el comprador reclamar el doble de la cantidad entregada? Puede el vendedor justificarse en la tardanza de la administración?
Buenas tardes Rubén,
En principio dependerá de las condiciones en las que se firmó el contrato y el acuerdo al que llegaran las partes. Lo mejor será consultar a la propia agencia que está gestionando la venta. Si necesitan ayuda con la autorización de venta, en Templo Consulting somos especialistas en Vivienda Protegida y podemos ayudarles a solicitarla por 200€+IVA. Puede facilitarle nuestro número a la inmobiliaria y/o a la parte compradora para que se pongan en contacto con nosotros: 919 38 56 78
Un cordial saludo y gracias por confiar en Templo Consulting.
Y cuando se trata de una segunda transmisión? Entiendo que el vendedor ya no tiene obligación de devolver ayudas y demás, puesto que la habrá realizado el primer adquirente y transmisor
Buenas tardes Alberto,
No tiene por qué. Dependerá de si el primer adquiriente realizó la descalificación o si la vendió estando aún protegida por el precio máximo establecido. Si tu vivienda está ubicada en la Comunidad de Madrid podemos hacer la consulta pertinente. Sin coste alguno ni compromiso. Escríbenos al correo info@www.temploconsulting.com o llámanos al 919 38 56 78. Estaremos encantados de atender. Somos expertos en Viviendas Protegidas en Madrid. Un cordial saludo y gracias por confiar en Templo Consulting.
Cuanto tiempo tardais en conseguir la permiso de transmision de vivienda VPO??
Gracias.
Buenas tardes Isidro,
Aunque no podemos asegurarte el plazo exacto, nosotros por ser expertos en Vvivienda Protegida podemos reducir el plazo máximo de la adminitración, tanto para el informe como la autorización de venta, que ellos marcan en tres meses. Si tienes interés en que valoremos vuestro caso sin compromiso, escríbenos al correo info@www.temploconsulting.com. Un cordial saludo y gracias por confiar en Templo Consulting.
Buenas tardes, Para un informe de venta, cuanto tiempo aproximado tardarías en tenerlo??. Necesitaría que fuera como mucho un mes ya que nos cumplen las arras. Sería posible??
Buenos días Esmeralda,
Si eres tan amable de facilitarnos un número de teléfono, te informamos del procedimiento a seguir. Escríbenos a info@www.temploconsulting.com explicando los detalles de tu operación. Un cordial saludo y gracias por confiar en Templo Conslting.
Si ya he solicitado el informe de manera presencial en una oficina, podeis hacer algo para acelerarlo??
Muchas gracias
Para tener la mayor celeridad en la respuesta, siempre recomendamos que contrate nuestros servicios desde el inicio. Todas nuestras presentaciones en la Dirección General de Vivienda son de manera telemática y también, indicamos que la contestación a nuestra solicitud sea de manera telemática. Si tuviésemos que esperar a la carta certificada por correo ordinario, demoraríamos en la recepción de la misma. De esta manera, con la experiencia que tenemos y con el volumen de tramitaciones que hacemos a lo largo del año, somos capaces de tener contestación en unos 10 días hábiles.