
Nos encargamos de todo el proceso de donación: documentación, valoración, notaría, impuestos y Registro de la Propiedad. Tú solo firmas
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Asesora Inmobiliaria
EXCELENTE A base de 682 reseñas Publicado en Google Rosa KarigerTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy satisfecha con el acompañamiento a lo largo de todo el proceso de compra de mi vivienda. Destacar la profesionalidad y amabilidad de Fiorella.Publicado en Google Fran GarcíaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Trabajé con Fiorella y la experiencia ha sido excelente. No es sólo una gran profesional, eficiente y con mucha atención a los detalles, sino una persona con la que es muy fácil trabajar y es capaz de adaptarse a cualquier reto que va surgiendo (en esas situaciones es donde se ve la excelencia). Muy recomendable, sin ninguna duda.Publicado en Google fernando sTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy buena atención, tenía dudas sobre hacer una compra del plan 18000 y quedaron resueltas por Juan Pedro, espero hacer la gestión con ellos, muchas gracias.Publicado en Google Vicente Teruel ParraTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Me tramitaron la descalificación de un piso y posteriormente su venta. Conocedores de todos los pasos y trámites necesarios. Los consejos a la hora de ajustar precio de venta siempre fueron acertados, Pavlo está muy preparado y está al día de la evolución de los precios de mercado. Los honorarios de intermediación, claramente los más competitivos que he visto. Unos profesionales!! Gracias!!Publicado en Google mechis SegoviaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Pavlo es muy profesional, una persona con mucho conocimiento y paciencia. Capaz de dialogar y explicar . Gracias por tu buen trabajo 👏Publicado en Google TeresaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy satisfechos con Templo Consulting. Valoramos especialmente su modelo de honorarios, al no depender del precio final de venta, lo que transmite mayor objetividad durante la negociación, así como la profesionalidad, la disponibilidad y el seguimiento realizado por Pavlo durante toda la operación. Un servicio cercano y muy recomendable.Publicado en Google Alicia Culebras SantallaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Melina ha sido muy amable y nos ha facilitado en todo momento las gestiones de venta de la vivienda . El piso lo vendió en 3 días y por el precio adecuado . Recomiendo cien por cien sobre todo a MelinaPublicado en Google laura melloTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Son muy profesionales, te explican todo de una forma muy clara y fácil de entender. El servicio excelente!!!!Publicado en Google JULIAN CEMBRANOS BAÑOSTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. La experiencia ha sido estupenda y la persona que llevó el tema que es Fiorella es una excelente profesional. Desde luego que se lo recomendaré a la gente de mi entornoPublicado en Google Daniel G. GaldoTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Un placer haber trabajado contigo Pavlo, eres un gran profesional y has sabido gestionar perfectamente la venta del piso. Muy atento y con una educación exquisita en todo momento. No te quepa duda que contaré con Templo si necesito poner a la venta alguna propiedad.
La donación de una vivienda consiste en la transmisión de un inmueble entre un propietario y un receptor. Esta transmisión se realiza de manera gratuita y es un tipo de transferencia inter vivos, es decir, se efectúa durante la vida del donante. El donante transfiere todos los derechos y responsabilidades asociados a la propiedad al donatario, quien se convierte en el nuevo propietario del inmueble.
Es una transmisión inter vivos. Es la principal diferencia con el proceso de herencia en Madrid.
El donante tiene que ser el titular de la vivienda.
La donación debe realizarse mediante escritura pública para poder beneficiarte de las exenciones y bonificaciones de la Comunidad de Madrid.
Una vez realizada la donación, lo recomendable es que el nuevo propietario inscriba la vivienda en el Registro de la Propiedad.
Así es el documento notarial que formaliza la donación. Es la escritura pública que da validez legal a la transmisión y permite acceder a las bonificaciones de la Comunidad de Madrid.
Para iniciar el proceso de donación de un inmueble, es necesario reunir la siguiente documentación:
A partir del 1 de enero de 2022, el valor de la vivienda se determinará por el valor de referencia previsto en la normativa reguladora del catastro inmobiliario. Sin embargo, si el valor declarado por los interesados es superior al valor de referencia, se tomará el valor declarado como base imponible.
Una vez reunida toda la documentación necesaria y determinado el valor del inmueble, tanto el donante (quien cede la propiedad) como el donatario (quien recibe la propiedad) deben acudir al notario. En esta visita, se firmará la escritura de donación, en la cual ambas partes aceptarán sus respectivas voluntades: donar y recibir el inmueble.
Se debe abonar tanto el Impuesto sobre Donaciones como la Plusvalía Municipal para completar correctamente la transferencia del inmueble. En la Comunidad de Madrid, existen bonificaciones significativas en el Impuesto sobre Donaciones que pueden reducir notablemente el importe a pagar, especialmente para donaciones entre familiares directos.
Se debe actualizar la titularidad en el Registro de la Propiedad, asegurando que el nuevo propietario esté legalmente reconocido. Aunque no es obligatorio, es recomendable.
Donar una vivienda no tiene precio de compra, pero sí impuestos y gastos. Conviene separarlos, porque no todos se pueden reducir: el Impuesto sobre Donaciones se bonifica casi por completo en Madrid, pero los gastos de notaría, registro y la plusvalía se pagan igual.
Es el único de todos estos costes que Madrid bonifica. La rebaja depende del parentesco y solo se aplica a este impuesto:
Grupos I y II y hermanos, hasta 250.000 €, si se destina a comprar vivienda, montar un negocio o adquirir participaciones. También donaciones sueltas de hasta 1.000 € (desde 2025).
Hijos, padres y cónyuges: solo se paga el 1% de la cuota. Es la habitual al donar una vivienda a un familiar directo.
Entre hermanos y de tíos a sobrinos.
Por norma general estatal, las donaciones entre vivos no tienen reducciones por parentesco, salvo discapacidad o que la Comunidad Autónoma regule una específica.
El impuesto es progresivo: no se aplica un porcentaje único a todo, sino por tramos. Para una base de 100.000 €:
El tipo medio real de esta operación es del 10,67% (10.669,03 € ÷ 100.000 €), no un tipo directo alto sobre todo el valor.
Con la bonificación autonómica del 99% para descendientes, firmando ante notario en escritura pública:
El importe final real a pagar por el hijo que recibe este inmueble de 100.000 € sería de 106,69 €, asumiendo los tramos estatales y la bonificación autonómica del 99%.
También la paga quien recibe, pero no se bonifica. Depende del valor catastral del suelo y de los años que el donante tuvo el inmueble.
Es el que más puede pesar y Madrid no puede rebajarlo (es estatal). Si el valor actual del inmueble es superior al valor de adquisición, se genera una ganancia patrimonial que el donante debe incluir en su declaración de IRPF, gravada aproximadamente al 20%.
Se abona sobre la diferencia entre el precio de adquisición original y el valor declarado en la escritura de donación (el valor de mercado y, como mínimo, el de referencia). Al ser un impuesto progresivo, se paga por tramos según la ganancia.
Excepciones que pueden eximir del IRPF al donante:
Si hay algún impuesto que el donatario no puede afrontar, ambas partes pueden acordar que el donante se haga cargo de esos gastos.
El Modelo 651 es el impreso oficial de autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de la Comunidad de Madrid. Es el documento que se cumplimenta y se paga para liquidar la donación.
Te decimos exactamente qué impuestos pagarás y cuánto te ahorras con las bonificaciones de Madrid. Sin compromiso.
Cuando se dona una vivienda con deudas o cargas, como una hipoteca, el valor de la propiedad se ajusta teniendo en cuenta estas obligaciones. Por ejemplo, si la vivienda tiene un valor de 180.000€ y una hipoteca pendiente de 80.000€, el valor neto de la donación para el donatario es de 100.000€. La hipoteca seguirá estando a nombre del donante, y este es el valor que se considera para el Impuesto sobre Donaciones. Sin embargo, este ajuste no afecta al cálculo del incremento patrimonial para el donante.
Si tienes dudas sobre este proceso, no dudes en contactarnos. Te resolveremos todas tus preguntas de manera gratuita.
Gestionamos el proceso completo de donación de tu vivienda en Madrid: reunimos la documentación, valoramos el inmueble, coordinamos la notaría, liquidamos el Impuesto sobre Donaciones y la Plusvalía Municipal y tramitamos la inscripción en el Registro de la Propiedad. Todo por una tarifa fija y sin sorpresas.
Todo el proceso gestionado por nuestro equipo, de principio a fin.
La donación se realiza en vida y es una transmisión directa de la propiedad, mientras que la herencia se efectúa tras el fallecimiento del propietario. La donación se gestiona mediante escritura pública y tiene implicaciones fiscales distintas a las de la herencia.
Se puede llegar a un acuerdo para que el donante asuma los impuestos o gastos asociados. Sin embargo, esto debe ser acordado entre ambas partes.
Sí, para que la donación tenga efectos legales y la propiedad se transfiera oficialmente, debe inscribirse en el Registro de la Propiedad.
Por supuesto, se puede donar el 50% de una vivienda. Al donar una propiedad, es posible transferir un porcentaje específico a un donatario. Se deberán pagar las tasas asociadas a ese porcentaje del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, además de la Plusvalía Municipal.
Donar una vivienda implica tanto la transferencia completa de la propiedad como la posibilidad de donar solo la nuda propiedad. En este caso, el donante cede la nuda propiedad al donatario, pero se reserva el usufructo de la vivienda. Por ejemplo, unos padres pueden donar la titularidad de la vivienda a su hijo, quien figurará como titular, mientras los padres retienen el usufructo y pueden seguir viviendo en el inmueble.
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