Iniciar sesión
Registrarse
*Le enviaremos la contraseña por correo electrónico
Restablecer contraseña
Te asesoramos de manera gratuita sobre donaciones
EXCELENTE A base de 477 reseñas Tomás C G2024-11-28Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy buena atención por parte de Juan Pedro y muy agradable Rubén D2024-11-22Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Ha sido un completo placer comprar un piso. No en vano me sentí tranquilo al ver las opiniones de otras personas, y lo he podido confirmar de primera mano. Son buenos profesionales, amables, con ganas de ayudar y hacen que el proceso sea lo más agradable posible. Herminia Martinez2024-11-19Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Templo Consulting nos ha dado un trato muy profesional, coordinado y respetuoso. Fiorella, en la gestión de la compraventa, y sus compañeras, en otras trámites que hemos necesitado, han sido ágiles y eficientes. Sonia Caza2024-11-19Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. No sé cómo mostrar mi agradecimiento y enhorabuena a esta inmobiliaria, consultoría... Sin duda recomendable al 100% no solo por su profesionalidad y resolución en cualquier área en las que tienen muchísimas experiencia. Sin conocerme de nada me han dado la asesoría que he necesitado y de una manera totalmente desinteresada, aconsejándome lo que he necesitado y/o preguntado a pesar de no obtener rendimiento económico de mi caso,v ya que ella mismos me recomendaron intentar hacer el trámite por mi cuenta y que me ayudarían si en algún momento necesitaba su ayuda. Creo que quedan muy pocos profesionales con su honestidad y atención amable. Mil gracias. Alejandro Aparicio Encinas2024-11-19Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Juan Pedro fue muy claro y explícito en su explicaciones. Además, todo ello sin prisa y con detalle delatower882024-11-18Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Acabo de comprar una casa con ellos y la verdad que todo ha ido perfecto, una atención constante y un gran servicio por parte de Fiorella. Muy recomendables¡ Alberto fernandez2024-11-12Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Súper rápidos y profesionales. Sin duda lo recomiendo Alvaro Rodríguez2024-11-12Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy bien
Cuando los hijos se independizan, es muy frecuente que los padres quieran donar dinero a un hijo para comprar una vivienda en Madrid, y, de esta manera, echarles una mano con la entrada de la vivienda, por ejemplo. En muchas ocasiones los propietarios deciden vender su piso en Madrid, bien porque se les ha quedado grande y prefieren una más pequeña, o para mudarse a una zona más tranquila. De cualquier manera, uno de los objetivos de esta venta es ceder parte de las ganancias de la operación a sus descendientes. También suele suceder que no sepan que tienen que tributar por ello. Si quieres vender tu casa al mejor precio confían en la profesionalidad de Templo Consulting. Nuestros expertos inmobiliarios te ayudarán a establecer el precio más adecuado para la venta.
En otra ocasión comentamos cómo se realizan los préstamos entre particulares o familiares. Esta es una de las opciones más acertadas a la hora de donar una cantidad de dinero a los hijos para la compra de una propiedad. Debido a que, con este tipo de préstamos, no es necesario pagar impuestos porque se supone que dicha cantidad será devuelta en un periodo pactado. Por el contrario, si no se devolviera ese dinero, estaríamos ante una donación. En cuyo caso, sí será obligatorio pagar el correspondiente Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Si finalmente nos decantamos por una transmisión inter vivos, es imprescindible conocer el funcionamiento del Impuesto de Donaciones en Madrid.
Por otro lado, también puede darse el caso de que los padres decidan donar la casa a sus hijos y comprarse una nueva. En algunos casos estas viviendas pueden ser libres o de Protección Oficial. Antes de realizar la donación de una vivienda protegida es importante saber ciertos aspectos sobre la operación.
Sin comisiones ni gastos extra
En primer lugar debemos tener claro qué significa una donación. Según el Art.618 del Código Civil se considera como donación “todo acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra que la acepta”.
Cuando se recibe una donación en metálico hay que pagar los tributos que marca el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Autónoma correspondiente, e incluirlo en la declaración de IRPF del año siguiente. Mientras que el donante no deberá declarar la donación en su IRPF. Puesto que, al tratarse de una donación de dinero, no se genera ninguna alteración en su patrimonio.
No obstante, si el padre dona un bien inmueble a su hijo, sí será obligatorio que el donante lo declare en Hacienda. Porque, en este caso, sí existe una pérdida patrimonial en su Renta. Que se calcula restando la diferencia entre el valor de la vivienda cuando se adquirió, y su valor en el momento de la donación. En este artículo os contamos cómo saber lo que tengo que pagar a Hacienda si dono o vendo mi vivienda.
Es importante recordar que cuanto más grado de parentesco haya entre el donatario y el donante, menos impuestos habrá que pagar.
En las donaciones y sucesiones que se realicen en la Comunidad de Madrid solo se pagará el 1% de la cuota. Siempre y cuando se realicen entre padres e hijos, cónyuges y parejas de hecho. Para poder disfrutar de esta bonificación, será necesario cumplir los siguientes requisitos:
Realizar la donación en documento público.
En el caso de las donaciones en metálico será obligatorio justificar el origen de los fondos.
Las donaciones entre hermanos tienen una bonificación del 25% de la cuota. También habrá una reducción en el caso de una donación de padres a hijos, entre cónyuges y hermanos, destinadas únicamente a la adquisición de una vivienda o la apertura de un negocio. Estas donaciones no podrán superar los 250.000€.
Al donar dinero a un hijo para la compra de una vivienda, puedes beneficiarte de una bonificación del 100% en el impuesto de donaciones. Esto significa que no tendrás que pagar impuestos si la cantidad donada es de hasta 250.000€.
Así, puedes ayudar a tu hijo sin preocuparte por cargas fiscales, siempre y cuando te mantengas dentro de este límite.
Te asesoramos de manera gratuita
Según el Art.54 de la Regulación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, se podrá aplicar una reducción del 95% del valor de la cantidad económica, mientras no supere los 60.000€. O los 120.000€, en el caso de personas que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
Los requisitos para disfrutar de esta reducción están recogidos en el Art.55 de dicha Ley, y establecen que:
La donación se realizará en escritura pública. En ella debe constar que la cantidad entregada tiene como finalidad la adquisición de una primera vivienda habitual para el donatario.
El donatario no puede tener más de 36 años, salvo que tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
La última renta del donatario no podrá superar los 36.000€.
La vivienda se deberá adquirir en un plazo de tres meses desde la fecha de la donación. En el caso de donaciones sucesivas, este periodo comienza a contar desde la fecha de la primera donación.
Puede darse el caso de que el donante o el donatario no residan en España. Entonces, ¿Cómo se realiza la transmisión? ¿Y dónde se tributa? Por ejemplo, si un hijo con residencia en Madrid, recibe una donación por un importe de 50.000€ de sus padres que residen en Alemania, esta donación puede tributarse en el país germano. Ya que, según el Art. 23 de la Ley de Impuesto de Sucesiones y Donaciones, es posible que el donante deduzca el impuesto pagado en el exterior cuando el gravamen sea similar al que existe en España. En cambio, el donatario, deberá liquidar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en su correspondiente Comunidad Autónoma.
Eso sí, como ya dijimos antes, la donación ha de hacerse en un documento público y debe firmarse un mes antes de que se realice la transferencia.
¿Y si queremos donar una vivienda? ¿Es mejor hacer una donación en vida o dejarla en herencia a los hijos?
En Templo Consulting podemos ayudarte en la redacción de los contratos y realizar todos los trámites oportunos para llevar a cabo la donación económica. Además, si necesitas ayuda para encontrar financiación en Templo Consulting tenemos convenios de colaboración con las principales entidades bancarias del país. Gracias a estos acuerdos podemos conseguir las mejores condiciones en los préstamos hipotecarios de los compradores.
Puedes llamarnos al 919 38 56 78 o bien dejarnos tus datos y nosotros te llamamos.
Casos en los que se requiere intervención notarial
Situaciones en las que no es imprescindible la intervención notarial
No, no se puede donar dinero a través de un préstamo entre particulares sin que la Agencia Tributaria lo considere una donación encubierta. Aunque es posible establecer un tipo de interés del 0%, si el préstamo no se devuelve, Hacienda podría interpretar la operación como una donación de capital, lo cual tiene implicaciones fiscales.
Para evitar que la Agencia Tributaria lo considere ilegal, es fundamental devolver el dinero en un plazo razonable, especialmente cuando se trata de personas mayores. Además, es recomendable guardar todos los justificantes de pago en caso de que la Agencia Tributaria decida investigar el proceso.
Los Honorarios Notariales pueden ir desde el 0.1% hasta el 0.5%, dependiendo de la complejidad de la transacción y del importe de esta.
En la Comunidad de Madrid, no es necesario acudir a un notario para donar una cantidad económica a tu hijo si se trata de una donación en efectivo o una transferencia bancaria. Sin embargo, formalizar la donación mediante un documento notarial es recomendable, especialmente para cantidades altas o por si acaso surge cualquier tipo de problema.
Independientemente de la formalización, la donación debe declararse en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, ya que puede estar sujeta a tributación según la cantidad donada y la relación entre el donante y el donatario.
¡Somos expertos en toda la comunidad de Madrid!
Sólo pagas si vendemos tu vivienda ¿Hablamos? 😊
C. de Santiago de Compostela, 64, Fuencarral-El Pardo, 28034 Madrid
© 2024 Templo Consulting, S.L. | Todos los derechos reservados.
*Le enviaremos la contraseña por correo electrónico
Utilice el siguiente formulario para ponerse en contacto con nosotros!
¡Déjanos tus datos y te llamamos!