Restricciones tráfico Madrid Cental y cómo afecta a los vehículos
Madrid Central se puso en marcha el viernes 30 de noviembre de 2018. Aunque hay que señalar que hubo un periodo de prueba previo. En esos dos meses no se multó a quienes se saltaron la nueva normativa, porque se estuvieron probando los equipos de vigilancia y el funcionamiento de las nuevas medidas.
En esos dos primeros meses, fueron los agentes de movilidad quienes controlaron la zona, pero posteriormente se han utilizado cámaras se seguridad.
De esta manera, se buscó evitar el caos y la llegada masiva de reclamaciones. A aquellos que incumplieran la nueva normativa, les ha llegó una carta informándoles de la infracción. Sin embargo, de entrada, no hubo ninguna sanción. De hecho, no se esperaba la implantación completa y definitiva del plan hasta el mes de marzo de 2018.
Desde enero de 2020 es posible circular libremente por las calles de Mártines de Alcalá y la calle Seminario de Nobles (ambas situadas entre Argüelles y Plaza de España).
A continuación detallamos cómo debemos circular en este nuevo modelo de ciudad. Hemos elaborado un mapa interactivo para poder ver en detalle cuáles son los limites del Área Central de Cero Emisiones.
Mapa de Madrid Central
Las etiquetas de los vehículos en Madrid Central
Hay cuatro etiquetas medioambientales que los conductores de Madrid pueden tener según su coche. Será una u otra dependiendo del nivel de emisiones contaminantes que tenga tu coche. Esta etiqueta no es obligatoria y, de hecho, los coches más contaminantes no tienen derecho a ella.
El problema es que si no tienes etiqueta tendrás unas restricciones mucho mayores en el centro de las grandes ciudades. En general, el acceso estará prohibido a este tipo de vehículos.
Los coches de gasolina anteriores al año 2000 y los diésel anteriores al 2006 no podrán disfrutar de estas etiquetas. El centro de las grandes ciudades será para sus propietarios terreno vedado. En cuanto a las motocicletas, tampoco podrán tener etiqueta las anteriores al 2000.
El resto se dividen entre tres opciones diferentes Cero, Eco, C y B.
Vehículos Cero
La primera de estas etiquetas corresponde a aquellos vehículos que tienen «cero emisiones». Se entienden como tal los vehículos eléctricos, los eléctricos de autonomía extendida, los híbridos enchufables con una autonomía mayor a 40 km y los de pila de combustible. Estos vehículos pueden ser turismos, furgonetas, camiones o motos.
Se trata de la mejor opción ya que prácticamente no tienen ninguna restricción al tráfico.
Vehículos Eco
Los vehículos Eco por su parte, son aquellos ligeramente más contaminantes. Aquí estarían englobados los híbridos enchufables que tienen menos de 40 kilómetros de autonomía, los híbridos no enchufables y propulsados por las distintas opciones de gas natural o licuado: GNL, GNC y GLP. Estos vehículos tienen algunas restricciones más que los primeros.
Vehículos C
Con la etiqueta C nos encontramos a los vehículos de gasolina que hayan sido matriculados a partir de 2006. Estos vehículos tienen que cumplir la norma anticontaminación Euro 4, 5 o 6. Por otra parte, también tendrán esta etiqueta los vehículos de diésel matriculados a partir de 2014. En este caso, deberán cumplir la norma anticontaminación Euro 6.
Vehículos B
Los vehículos B serán aquellos de gasolina matriculados a partir del año 2000 y de 2006 de diésel. También hay que señalar que en caso de ser un vehículo de transporte de mercancías tendrá que estar matriculado a partir de 2005.
Llevar estos etiquetas comenzará a ser obligatorio en Madrid a partir del 24 de abril de 2019.
Una vez que conocemos las diferentes etiquetas disponibles, podremos entender mejor las restricciones al tráfico de Madrid Central.
Las restricciones al tráfico de Madrid Central
Los residentes podrán entrar y aparcar en Madrid Central sin ningún tipo de problema, independientemente de la etiqueta de su vehículo. También podrán hacerlo aquellos vehículos de los invitados de los residentes. Sin embargo, hay que solicitarlo y hay una limitación de invitados por residente.
Por otra parte, los vehículos catalogados como CERO también podrán entrar sin ningún tipo de restricciones.
Los coches con etiqueta ambiental ECO tendrán algunas restricciones. Podrán aparcar durante un máximo de dos horas en la zona SER. Si van a un aparcamiento o plaza de garaje, no tendrán ninguna limitación de tiempo.
En cuanto a las etiquetas ambientales B o C tienen los mismos derechos. Podrán aparcar siempre que vayan a un garaje privado, reserva o aparcamiento de uso público.
Por otra parte, las personas con movilidad reducida, los titulares de plazas de garaje y los profesionales que trabajen en el centro también podrán acceder, aunque habrá diferentes limitaciones horarias según tu etiqueta.
Restricciones para taxis, UBER, Cabify, etc…
Solo podrán entrar en Madrid Central aquellos vehículos profesionales que tengan alguna etiqueta energética. A partir de 2025 solo podrán hacerlo aquellos que tengan coches ECO o CERO.
Invitaciones de residentes
Cada residente tendrá derecho a ofrecer 20 invitaciones al mes. Los invitados tendrán derecho a estar dos horas en la zona SER. Si van a un aparcamiento o garaje no tendrán límite de tiempo. A partir de 2020 será necesario tener etiqueta ambiental para poder acceder aún siendo invitados.
Estas invitaciones se podrán solicitar de forma telemática en la página del Ayuntamiento de Madrid.
Horarios para profesionales y carga y descarga
Los profesionales que realicen carga y descarga en la zona centro tendrán que registrarse previamente. Pueden hacerlo en las oficinas de la calle Bustamante, 16.
De momento habrá dos tipos de restricciones diferentes.
Hasta el 31 de diciembre de 2019:
Vehículos sin etiqueta: De 7-13 horas
Vehículos B: De 7 – 17 horas
Vehículos C: De 7 a 00 horas
Vehículos ECO: De 7 a 00 horas
Vehículos CERO: Todo el día
A partir del 1 de enero de 2020:
Vehículos sin etiqueta: Entrada prohibida
Vehículos B: De 7 a 13 horas
Vehículos C: De 7 a 17 horas
Vehículos ECO: De 7 a 00 horas
Vehículos CERO: Todo el día
Los titulares de una plaza de aparcamiento para residentes o cualquier otra plaza de garaje podrán aparcar sin problema. Sin embargo, a partir de 2020 solo podrán hacerlo aquellos vehículos con etiqueta energética. Los residentes que aparquen en la zona SER y no tengan etiqueta energética, tampoco podrán hacerlo a partir de 2025.
Con esta medida, Madrid se puso a la vanguardia de la movilidad sostenible y los protocolos anticontaminación, siguiendo el ejemplo de ciudades como Londres o París. Como alternativa, es posible ir al centro de la ciudad en taxi, VTC, autobús, metro o Cercanías.