Asesora Inmobiliaria
Sí, es posible vender un piso embargado totalmente o parcialmente. No hay leyes que lo prohíban. Si no puedes afrontar el pago de tu hipoteca, puedes igualmente vender tu inmueble a un tercero. Te explicamos cómo hacerlo si te urge vender un piso por embargo.
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¿Qué opinan nuestros clientes?
EXCELENTE A base de 643 reseñas Publicado en Dionisio MartinezTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Contacté con Templo Consulting, sin conocerles, por las buenas referencias que encontré sobre ellos. Y puedo confirmar que ha sido un acierto. En concreto, se trataba de la compra-venta de una vivienda VPO en Madrid, para la que necesitaba asesoría dada la complejidad administrativa que representa. Prepararon un informe profesional sobre las posibilidades y requisitos exigibles. Ellos contactaron con la Comunidad de Madrid para obtener la información necesaria, y me asesoraron en todo momento hasta cerrar la operación. Además de lo profesional, quiero destacar el trato personal recibido por Clara y Juan Pedro, quienes respondieron y resolvieron, de modo amable y cercano, todas las dudas que les planteé en numerosas ocasiones. Sin duda recomiendo a estos profesionales, y volveré a contar con ellos cada vez que lo necesite.Publicado en Jaime AbrilTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Todo perfecto y muy rápido, volvería a llamarlosPublicado en Fran XTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Nos encontramos asesorados muy profesionalmente por Fiorela Chavez, acompañados de principio a fin, pendiente de todo, y recibiendo información continua sobre el proceso. Muchas gracias.Publicado en Ramon ECOPLASTICTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy buen trato y mucha amabilidad por parte de todo el personal. Destaco especialmente a Melina por su atención y profesionalidad. Además, la venta del inmueble fue rápida, que para mí era muy importante. Muy satisfecho.Publicado en Ramón V.Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy buena experiencia con Templo Consulting. Quiero destacar especialmente a Melina, la comercial, por su alta profesionalidad, su trato cercano y su rapidez en todo el proceso. Además, el precio de tasación que me indicó cuadró perfectamente con el resultado final de la venta. Muy recomendables y unos honorarios muy ajustados.Publicado en ANA I. REGUEROTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Una experiencia de 10. Primero con la explicación detallada de Juan Pedro respecto a la descalificación de la vivienda, luego la gestión de Clara, para dejar la vivienda liberada y por último el trabajo de Melina para que la venta llegara a buen puerto de una manera rápida y muy eficaz. Muy contenta, la verdad. Totalmente recomendable.Publicado en Leticia Torres CamachoTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Juan Pedro me está ayudando e informando en mi caso personal, son muy profesionales y te aconsejan lo mejor, cuando tengo alguna duda o problema, no dudo en contactarlesPublicado en PALOMA GARCIA HERRADORTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Fue una sorpresa el recibir la llamada de Juan Pedro el cual me explicó todas mis dudas un gran profesional , cercano y muy amable , recomendaré este despacho 100% y sobre todos JUAN PEDRO POR SU PROFESIONAL Y EXPERIENCIAPublicado en José Antonio Albero GonzálezTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy buenos profesionales y te resuelven cualquier duda
Cuando un deudor no paga su deuda en el plazo voluntario ni en el período adicional tras recibir la notificación de apremio (según el artículo 62.5 de la LGT), se inicia el proceso de embargo. En esta etapa, se ejecutan los bienes del deudor para saldar la deuda, incluyendo recargos, intereses y costes adicionales.
Si recibes una notificación de embargo por ser el deudor, se te informará sobre el bien embargado y el importe de la deuda. Si pagas la totalidad de la deuda antes de que el bien embargado sea subastado o ejecutado, el embargo se levantará. Este pago puede realizarse en cualquier momento antes de la venta o ejecución del bien embargado.
Sí, es posible embargar una vivienda habitual. Como mencionamos anteriormente, este es un procedimiento legal en caso de impago de deudas, y requiere una resolución judicial o administrativa que lo apruebe. Para llevar a cabo el embargo de una vivienda, es necesario cumplir con ciertos requisitos y plazos establecidos por la ley.
Para proceder con la venta de un piso embargado, es fundamental seguir un proceso meticuloso y bien organizado. En Templo Consulting, nos especializamos en estos casos y te guiamos a través de los siguientes pasos clave:
El primer paso es establecer una comunicación fluida y transparente entre todas las partes involucradas. En Templo Consulting, actuamos como intermediarios para garantizar que tanto el comprador como el vendedor estén completamente informados sobre la situación del inmueble.
Valoración y presentación del inmueble: Realizamos una valoración profesional para establecer un precio competitivo y atractivo, tomamos fotografías de alta calidad que resalten las mejores características del inmueble, y creamos un anuncio detallado y atractivo para publicarlo en nuestras plataformas.
Estrategia de marketing y filtrado de compradores: Desarrollamos una estrategia de marketing personalizada para maximizar la visibilidad del inmueble, filtramos a los compradores potenciales y coordinamos las visitas, asegurándonos de que solo los interesados calificados lleguen a la propiedad.
Negociación y cierre de la venta: Facilitamos opciones de financiación cuando sea necesario, negociamos con los compradores interesados, preparamos toda la documentación para la firma de la compraventa, y ofrecemos acompañamiento a notaría para asegurar que todos los trámites se realicen de acuerdo con la ley.
Información al comprador
Exponemos al comprador las circunstancias del inmueble embargado, incluyendo las cargas pendientes, el proceso de liquidación de la deuda y las implicaciones de la compra. Es fundamental que el comprador entienda que parte del dinero de la transacción se destinará al pago de la deuda pendiente con el acreedor (banco o entidad financiera). De esta forma, se asegura que la propiedad quedará libre de cargas una vez finalizada la compraventa.
Información al vendedor
También mantenemos al vendedor completamente informado sobre el proceso de venta, los pasos necesarios y el cronograma de la transacción. Le explicamos cómo se gestionará el pago de la deuda, las transferencias que se realizarán el día de la firma, y el papel que desempeñará Templo Consulting en cada etapa del proceso. Además, le aclaramos los tiempos estimados y los trámites que deben cumplirse para lograr una vender el inmueble.
Antes de la firma, el acreedor (en este caso, el banco) generará un documento de deuda que especificará la cantidad exacta que se debe al momento de la firma de la compraventa. Este documento es crucial para garantizar que el monto de la deuda se pague correctamente y que el comprador reciba la propiedad libre de cargas. Este documento puede llamarse «Certificación de saldo de deuda» o «Certificado de liquidación de deuda», dependiendo del banco.
En el contrato de arras, se incluirá una cláusula específica que refleje que una parte del dinero de la transacción será destinada al pago de la deuda del inmueble. Este acuerdo asegura que tanto el comprador como el vendedor estén al tanto de cómo se distribuirán los fondos y garantiza que el proceso sea transparente y sin inconvenientes.
El día de la firma de la escritura pública, el dinero recibido por la venta del inmueble será distribuido en dos transferencias:
Una vez que el banco recibe el dinero y la deuda es cancelada, el inmueble queda libre de cargas. Esto significa que no estará sujeto a ningún tipo de embargo, hipoteca u otra deuda que haya sido registrada previamente.
A continuación puedes ver cómo se formaliza la cancelación de un embargo administrativo mediante mandamiento de la Agencia Tributaria. Este tipo de documentos se presentan en el Registro para dejar el inmueble libre de cargas.
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Embargar la vivienda habitual no ocurre automáticamente tras el primer impago. Para que proceda el embargo, los impagos deben ser por un tiempo prolongado y existen especificaciones particulares.
La vivienda habitual también puede ser embargada por otras deudas de carácter público mediante un procedimiento de apremio de la Administración Pública. Por ejemplo, podría embargarse por una multa derivada de una infracción grave, como la construcción de una casa sin permiso.
También puede darse el caso de que el titular de la hipoteca continúe pagando dicho préstamo, pero haya incumplido el pago de un crédito obtenido de otra entidad financiera.
En esta situación, también existe la posibilidad de embargar su vivienda habitual, siempre y cuando no pueda saldar la deuda con otros activos y no sea viable embargar su salario, cuenta bancaria o pensión (estas opciones tienen preferencia).
Es importante destacar que la deuda debe tener un importe significativo. Es decir, no se procederá al embargo de la vivienda habitual por una deuda de pequeña cuantía.
¿Quieres saber en cuánto puedes vender tu piso?
Es una medida cautelar que se aplica a un bien inmueble cuando un tribunal ha dictado una resolución en un proceso judicial en el que el propietario ha sido condenado a pagar una deuda. Esta anotación se registra en el registro de la propiedad y tiene como objetivo garantizar que el bien esté vinculado al proceso judicial. Quien solicita este procedimiento es el acreedor, es decir, la entidad o persona que tiene derecho a reclamar el pago.
El procedimiento lo inicia el acreedor, que en este caso será una entidad pública como la Agencia Tributaria, que ha intentado cobrar la deuda sin éxito.
La cancelación de la deuda se debe presentar formalmente ante el registro de la propiedad donde está inscrita la anotación.
Si deseas vender un piso embargado y obtener alguna ganancia de la transacción, podrías considerar fijar un precio más alto para cubrir las deudas pendientes. Sin embargo, si las deudas son demasiado elevadas, este aumento en el precio podría dificultar la venta, ya que los posibles compradores podrían desestimarlo debido a su coste.
Nuestra recomendación es no enfocarse en obtener una ganancia significativa, sino más bien en facilitar la compraventa, fijando un precio razonable que haga la propiedad más atractiva para los interesados.
También recomendamos ser completamente transparente con el comprador potencial para evitar problemas durante el proceso de compraventa.
Es importante tener en cuenta que, debido al estado del inmueble y a la anotación de embargo, esto podría asustar a algunos compradores. No obstante, la transparencia desde el principio es clave.
Algunos compradores, aprovechando la urgencia del vendedor por saldar la deuda, podrían intentar negociar el precio del inmueble a la baja lo máximo posible. Esta dinámica añade complejidad al proceso de compraventa.
Aunque es posible vender un piso embargado, es un proceso complicado que requiere de una gestión cuidadosa y realista del precio.
El proceso de venta de un inmueble embargado puede implicar la necesidad de obtener una resolución judicial o llegar a un acuerdo con la entidad acreedora para proceder con la transacción. Los procedimientos judiciales suelen ser lentos y burocráticos, lo que puede retrasar considerablemente la venta y complicar la gestión de la operación.
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Nuestro compromiso es mantenerte informado en todo momento sobre el proceso de venta, demostrando así nuestra total transparencia.
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El inicio del proceso judicial para embargar un piso comienza cuando el acreedor (por lo general el banco) no recibe el pago de la deuda en un periodo de tiempo determinado. En ese momento, el acreedor puede llevar a cabo lo que se llama un procedimiento de ejecución hipotecaria, mediante el cual, un juez lleva a cabo la ordenación del embargo del inmueble con motivo del pago de la deuda al acreedor.
Una vez que el juez aprueba el proceso de embargo, el propietario pierde el control total sobre la propiedad, lo que significa que no podrá vender el inmueble de manera libre hasta que haya saldado la deuda pendiente. Esta medida garantiza que el acreedor reciba el monto adeudado, ya sea mediante el pago directo del propietario o a través de la venta del inmueble.
En algunos casos, antes de que se llegue a la subasta pública, tanto el propietario del inmueble como el acreedor pueden intentar llegar a un acuerdo. Esto puede incluir la posibilidad de que el propietario pague la deuda pendiente mediante la venta de la vivienda o busque una dación en pago.
En Templo Consulting, aconsejamos firmemente evitar que el inmueble llegue a subasta pública y optar por venderlo para liquidar la deuda pendiente. En una subasta, el precio de adjudicación suele rondar aproximadamente el 70% del valor de mercado de la propiedad. Además, el propietario debe considerar que a este monto se le descontarán los gastos asociados al proceso judicial.
Si no se logra llegar a un acuerdo y la deuda sigue sin saldarse, el inmueble será enviado a subasta pública. En este caso, el proceso judicial pondrá la propiedad a la venta, permitiendo que el banco, como acreedor, recupere la deuda pendiente a través de la venta del inmueble.
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