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Sí, es posible vender un piso embargado totalmente o parcialmente. No hay leyes que lo prohíban. Si no puedes afrontar el pago de tu hipoteca, puedes igualmente vender tu inmueble a un tercero. Te explicamos cómo hacerlo si te urge vender un piso por embargo.
⚠️Contamos con inversionistas que en 48h podrían adquirir la vivienda en caso de ser necesario.
EXCELENTEA base de 462 reseñasTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.Yoli Navascuez2024-10-08Bueno, mi experiencia con Templo Consulting no puede ser mejor. Me atendieron muy, muy bien, me aclararon mis dudas de forma sencilla. Juan Pedro fue tan amable conmigo, que le estoy muy agradecida. Os los recomiendo sin duda algunaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.Luis2024-09-26Muy contento con la gestión La venta de la vivienda en una semana, Melina nuestro comercial super atenta , resolviendo todas las dudas y acompañamiento hasta la firma. Un gran equipo enhorabuena,y muchas graciasTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.Daniel Guindel González2024-09-26Experiencia muy satisfactoria, resolvieron mis dudas sin coste alguno.Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.Cristina Carrizo olivares2024-09-24Melina en todo momento se portó muy amable conmigo y me ayudó mucho ! Es una gran profesional ! Estoy encantando con ella ! Muchas gracias por tu gran trabajo realizado .Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.ROSA Ramirez2024-09-16Excelente trató muy profesionales y sobre todo atentos sin duda recomendables yo ya sé a quién contratar sin dudaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.WOMOLLY FOREVERMORE2024-09-05Juan pedro profesional como pocos hw dado.. Amable, te explica todo para que no queden dudas y sobretodo siempre a disposición en ayudar, 100% recomendableTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.Israel Competicion2024-09-02Muy satisfecho con la ayuda y asesoramiento que me han brindado, en lo referente a unas dudas y problemas con una vivienda VPPB. Altamente recomendable!
Cuando un deudor no paga su deuda en el plazo voluntario ni en el período adicional tras recibir la notificación de apremio (según el artículo 62.5 de la LGT), se inicia el proceso de embargo. En esta etapa, se ejecutan los bienes del deudor para saldar la deuda, incluyendo recargos, intereses y costos adicionales.
El embargo puede afectar:
Si recibes una notificación de embargo por ser el deudor, se te informará sobre el bien embargado y el importe de la deuda. Si pagas la totalidad de la deuda antes de que el bien embargado sea subastado o ejecutado, el embargo se levantará. Este pago puede realizarse en cualquier momento antes de la venta o ejecución del bien embargado.
Sí, es posible embargar una vivienda habitual. Como mencionamos anteriormente, este es un procedimiento legal en caso de impago de deudas, y requiere una resolución judicial o administrativa que lo apruebe. Para llevar a cabo el embargo de una vivienda, es necesario cumplir con ciertos requisitos y plazos establecidos por la ley.
Comunicación con el acreedor: Nos comunicamos con el acreedor para presentar un documento detallado que indique el total de la deuda pendiente.
Evaluación de la deuda pendiente: Realizamos una evaluación detallada de la deuda pendiente al banco para determinar el precio de venta adecuado del inmueble.
Valoración del inmueble: Llevamos a cabo una valoración profesional del inmueble para establecer un precio competitivo y atractivo en el mercado.
Realización de fotografías profesionales: Tomamos fotografías de alta calidad que resalten las mejores características de la propiedad.
Publicación del anuncio: Creamos un anuncio detallado y atractivo que destaque las ventajas del inmueble y lo publicamos en nuestros canales y plataformas inmobiliarias.
Estrategia de marketing personalizada: Desarrollamos una estrategia de marketing personalizada para maximizar la visibilidad y captar el interés de potenciales compradores.
Filtrado de compradores y realización de visitas: Filtramos a los compradores potenciales y coordinamos las visitas a la propiedad, asegurándonos de que solo los interesados calificados la visiten.
Facilitación de financiación: En caso necesario, facilitamos opciones de financiación para los compradores, asegurando un proceso de compra más accesible y fluido.
Negociación y preparación de la firma: Negociamos con los compradores interesados y preparamos toda la documentación necesaria para la firma de la compraventa.
Acompañamiento a notaría: Proporcionamos acompañamiento personalizado durante el proceso notarial y aseguramos que todos los trámites se realicen conforme a la ley.
Embargar la vivienda habitual no ocurre automáticamente tras el primer impago. Para que proceda el embargo, los impagos deben ser por un tiempo prolongado y existen especificaciones particulares.
La vivienda habitual también puede ser embargada por otras deudas de carácter público mediante un procedimiento de apremio de la Administración Pública. Por ejemplo, podría embargarse por una multa derivada de una infracción grave, como la construcción de una casa sin permiso.
También puede darse el caso de que el titular de la hipoteca continúe pagando dicho préstamo, pero haya incumplido el pago de un crédito obtenido de otra entidad financiera.
En esta situación, también existe la posibilidad de embargar su vivienda habitual, siempre y cuando no pueda saldar la deuda con otros activos y no sea viable embargar su salario, cuenta bancaria o pensión (estas opciones tienen preferencia).
Es importante destacar que la deuda debe tener un importe significativo. Es decir, no se procederá al embargo de la vivienda habitual por una deuda de pequeña cuantía.
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