Vender piso de renta antigua

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¿Qué es renta antigua?

Son los contratos de alquiler firmados antes de 1985. El Decreto Ley 2/1985 (también conocido como ‘Decreto Boyer’, por el nombre del ministro socialista que lo sacaría adelante: Miguel Boyer) acabaría con las prórrogas forzosas para los contratos firmados a partir del 9 de mayo de 1985.

Nueve años más tarde, la ‘Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994‘ aún vigente, limitaría las subrogaciones de estos viejos contratos a un máximo de dos años, por lo que han ido extinguiéndose poco a poco.

Por eso, si quieres vender una casa de renta antigua en Madrid, podemos ayudarte desde nuestra inmobiliaria especializada en la venta de inmuebles en la capital y gran parte de su área metropolitana.

¿Cómo vender una casa de renta antigua en Madrid?

Vender una casa de renta antigua en Madrid puede ser complicado debido a las leyes que protegen a los inquilinos. Sin embargo, hay pasos clave que te ayudarán a hacerlo correctamente.

Primero, es fundamental conocer los derechos de los inquilinos, ya que la ley les da estabilidad en el contrato. Si decides vender, deberás notificarles con tiempo, dándoles la oportunidad de ejercer su derecho de compra si lo desean. Es recomendable consultar con un abogado especializado en derecho inmobiliario para evitar problemas legales. Además, contar con un agente inmobiliario experimentado puede facilitar todo el proceso y ayudarte a obtener el mejor precio por tu propiedad.

¿Cómo vender una casa de renta antigua en Madrid?

Derecho preferente

Los inquilinos de renta antigua tienen prioridad para comprar la vivienda si el propietario decide venderla. Este derecho se conoce como derecho de tanteo y retracto.

Derecho de tanteo

El propietario debe notificar al inquilino el precio y las condiciones de venta de manera fehaciente. El inquilino dispone de 60 días para decidir si quiere comprarla.

Derecho de retracto

Si el propietario no informa al inquilino sobre la venta, este puede ejercer su derecho de retracto. Esto le otorga un plazo de 30 días, desde que tenga conocimiento de la venta.

Consideraciones en la Venta de Viviendas de Renta Antigua

Normalmente los inquilinos no suelen ejercer estos derechos porque no cuentan con ahorros suficientes ni posibilidad de financiación, por lo que el nuevo comprador suele quedarse con la propiedad. Sin embargo, es cierto que hasta que no se cumplen los plazos la venta no está asegurada.

Asimismo, hay que ser consciente de que no se puede vender una casa de renta antigua por encima de la capitalización de la renta anual del alquiler. Esto supone que hay que multiplicar la renta que paga el arrendatario anualmente por 100 dividido entre 4,5%, siendo esa la cantidad máxima a la que se puede vender la vivienda, tanto al inquilino como a un tercero.

Si se vendiera por un precio superior, el inquilino podría interponer una demanda judicial -que deberá presentarse en un plazo de 60 días desde que se conoce la venta- para impugnar la operación de compraventa.

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A excepción de la capitalización anual de la renta como referencia para el precio de venta, vender una vivienda de renta antigua en Madrid sigue prácticamente el mismo proceso que cualquier otra propiedad en alquiler. Los derechos y obligaciones son los mismos para todas las partes involucradas: vendedor, comprador e inquilino.

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