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Dar de alta la electricidad

Publicado por Templo Consulting en 24 de febrero de 2024
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Habilitar el suministro eléctrico

Dar de alta la electricidad y contratar el agua corriente son uno de los primeros pasos que debemos seguir tras comprar o alquilar una vivienda. Los suministros tardan unos días en funcionar tras la contratación, por lo que lo mejor es hacerlo antes de la mudanza.

No obstante, en caso de comprar o alquilar una vivienda de segunda mano, tenemos que comprobar si los suministros siguen dados de alta. En el contrato de compraventa aparece en qué condiciones se entrega la finca.

A partir de la firma de las escrituras, será el comprador quien se encargue de dotar de nuevos suministros la vivienda o mantener los que ya existían. Sin embargo, es obligación de la parte vendedora la aportación de boletines, recibos y toda la documentación de que disponga.

En caso de que ya esté conectada la luz y contratada el agua, este paso será más sencillo. Solo tendremos que cambiar el titular y la cuenta bancaria para la domiciliación de recibos. Incluso en estos casos es importante comprobar que lo contratado se corresponde con nuestras verdaderas necesidades.

Por ejemplo, tener contratada potencia extra es muy habitual y podemos eliminarlo fácilmente. De la misma forma, si la potencia es inferior a lo que nos hace falta saltarán los fusibles. En cuyo caso, tendremos que contratar una potencia mayor.

Comercializadoras vs distribuidoras

Antes de dar de alta la electricidad tenemos que señalar la diferencia entre comercializadoras y distribuidoras. Las distribuidoras eléctricas son las compañías que ofrecen el servicio de la luz. Son diferentes según el lugar geográfico donde nos encontremos, aunque están obligadas por el Estado a prestarlo sin excepción.

Las comercializadoras, por su parte, son las empresas a las que contratamos los suministros. Estas empresas lo contratan a las distribuidoras a su vez. De forma que las empresas distribuidoras de electricidad son también comercializadoras en cierta manera. Aun así, nosotros podemos elegir la empresa comercializadora de luz que más nos convenga, siempre y cuando opere en nuestra ubicación geográfica.

Distribuidoras eléctricas en España

mapa distribuidoras eléctricas en España

Fuente: Lupbak

Iberdrola: Comunidad de Madrid, La Rioja, País Vasco, Navarra, Región de Murcia, norte de Extremadura, Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha, Castilla y León y sur de Tarragona.

Endesa: Andalucía, Canarias, Baleares, Cataluña, Aragón, Ceuta y sur de Extremadura.

E.ON/ Viesgo: Cantabria y norte de Palencia.

EDP / Hidroeléctrica del Cantábrico: Asturias.

Gas Natural Fenosa / Nedgia: Galicia, sur de la Comunidad de Madrid, Ciudad Real, Segovia, este de León y noreste de Zamora.

Como hay zonas en las que puede ser complicado identificar cuál es nuestra distribuidora eléctrica, existe un código que las identifica. Dicho código se sitúa en los Datos de Suministro de nuestra factura y corresponde a los seis primeros caracteres del código CUPS. Estos son los números según la compañía.

Iberdrola: ES0021

Endesa: ES0022

Gas Natural Fenosa: ES0022

Hidroeléctrica del Cantábrico: ES0026

E.ON: ES0027

El código CUPS será necesario para dar de alta la electricidad, así que si no lo conocemos debemos solicitárselo a nuestra distribuidora. Para este trámite solo neceitamos la dirección de nuestro domicilio.

Contratar una comercializadora eléctrica

El siguiente paso es contratar nuestra comercializadora. Como ya hemos comentado, es posible que sea la misma que nuestra distribuidora. Aun así, es recomendable utilizar algún comparador para elegir la opción más rentable, teniendo en cuenta nuestras necesidades.

Para contratar una comercializadora eléctrica y que nos de de alta el suministro necesitaremos la siguiente documentación:

  • Datos del titular o persona encargada de su pago.
  • Dirección de la vivienda.
  • Cuenta bancaria para realizar la domiciliación de los recibos.
  • Potencia eléctrica requerida.
  • Código Universal del Punto de Suministro (CUPS). 

En total, el proceso tarda entre 5 y 7 días laborables. Además, hay que tener en cuenta que dar de alta el suministro eléctrico tiene una serie de costes marcados por el Estado:

  • Derechos de extensión: 17,37€/kW + IVA.
  • Derechos de enganche: 9,04€ + IVA.
  • Derechos de acceso: 19,70€/kW + IVA.

Estos gastos se pagan al dar de alta la electricidad en la primera factura. Después, solo tendremos que pagar lo contratado con nuestra comercializadora. En este artículo os ofrecemos unos consejos para gestionar los contratos de un nuevo hogar de manera eficiente.

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