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EXCELENTE A base de 595 reseñas Publicado en Elodie MichenaudTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy contenta con Templo Consulting, especialmente con Fiorella, por su profesionalidad, celeridad y honestidad en todo momento. Un trato inmejorable, me he sentido en confianza y acompañada en todo momento. Gracias!Publicado en Federica ArancibiaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Tuve la oportunidad de estar acompañada de Sabrina Fresquet y Luciana Arancibia para el alquiler de una propiedad, y mi experiencia fue realmente sobresaliente. Desde el primer contacto, se mostraron sumamente profesionales, atentas y transparentes. No solo me escucharon, sino que me ofrecieron distintas opciones ajustadas a lo que buscaba, sin tirar cualquier inmueble, sino con criterio. Durante todo el proceso la comunicación fue fluida: respondían mis dudas rápidamente, me guiaron en cada paso y me asesoraron con claridad. Lo que más valoro es el compromiso humano: no es “solo vender o alquilar”, sino acompañar al cliente para que todo salga bien y con tranquilidad. Esa dedicación se nota, y da mucha confianza. Además, después de cerrar el negocio siguieron estando presentes, verificando que estuviera todo bien y asegurándose de que quedara satisfecha, algo que no siempre sucede con otras inmobiliarias.Publicado en JFKTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy profesionales, excelente trato y honestos. Muy agradecido.Publicado en MikeLTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy buenos profesionales, muy satisfecho con la atención de Juan Pedro que me explicó todo muy detalladamente. Lamentablemente no llegué a contratar el servicio porque no daba pie a ello, pero si un dia necesito cualquier tema de asesoría inmobiliaria para compra venta de viviendas les contactaré sin duda.Publicado en Silvia CebriánTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Gracias a Pavlo Shekmar la venta de la casa se hizo en menos de una semana. Se nota que es una buena empresa cuenta con los mejores profesionales. Gracias Pavlo, recomendaremos Templo Consulting siempre!Publicado en Carlos CebriánTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Quiero destacar la excelente experiencia que tuve con Pavlo Shekmar como asesor inmobiliario. Desde el primer contacto, demostró una eficacia sobresaliente, gestionando cada detalle con rapidez y precisión. Su atención personalizada hizo que todo el proceso fuera sencillo y sin complicaciones, siempre disponible para resolver dudas y ofrecer soluciones claras. Además, su profesionalidad es evidente en cada paso: transmite confianza, conoce el mercado a la perfección y se preocupa genuinamente por las necesidades del cliente. Gracias a su asesoramiento, la venta de mi vivienda fue una experiencia positiva y segura. Por todo ello, recomiendo sin dudar a Templo Consulting como empresa. Ofrecen un servicio integral y de calidad, respaldado por profesionales como Pavlo, que marcan la diferencia.Publicado en EpesiasTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy contentos con la gestión. Pavlo siempre amable,nos resolvía cualquier trámite o duda de forma clara y rápida. Ha sido un placer.Publicado en Francisco Moreno DelgadoTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Agradecer el trato de Juan Pedro, que nos ha asesorado en nuestro proceso de compra de una vivienda protegida en Madrid, explicándonos todo de una forma clara y eficaz.Publicado en María Teresa Sánchez TejedorTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy bien. Todo muy rápido y sin contratiempo
Impuesto a Pagar = (BI−Deducciones−RP) × TI − Bonificaciones
| Paso | Cálculo | Ejemplo |
|---|---|---|
| 1. Base Imponible | Valor bruto del bien (sin deducciones) | 200.000 € |
| 2. Deducciones | Cargas, deudas, gastos de enfermedad, funeral, etc. | Deuda de 50.000 € |
| 3. Base Liquidable | Base imponible - deducciones | 150.000 € |
| 4. Reducciones | Reducciones por parentesco | Reducción de 15.957,87 € (hijo) |
| 5. Base Liquidable Final | Base liquidable - reducciones | 134.042,13 € |
| 6. Tipo Impositivo | Según el tramo de base liquidable y parentesco | 12% (para 134.042,13 €) |
| 7. Cuota Íntegra | Base liquidable final × tipo impositivo | 16.084,97 € |
| 8. Bonificaciones | Si aplica, se reduce el impuesto final | Bonificación adicional en función del parentesco |
¿Te llamamos?
Calculamos la base imponible mediante el cálculo detallado de los valores reales de los bienes donados.
Aplicamos las bonificaciones correspondientes según el grado de consanguinidad del donante con el donatario.
Facilitamos el proceso de solicitud de cita para la elaboración de autoliquidaciones.
El Impuesto de Donaciones como su propio nombre indica regula las donaciones que se realicen ya sean económicas o de inmuebles. Este tipo de trámites se realizan entre inter vivos, es decir, solo se pueden realizar en vida. Y recordamos que será el receptor de la donación el que tiene que pagar este impuesto. Es importante recordar que las donaciones han de realizarse ante notario y en escritura pública.
Si estás buscando una para solucionar trámites relacionado con herencias y donaciones, no dudes en consultarnos. En Templo Consulting somos especialistas en el sector y conocemos muy bien su funcionamiento, por ello podremos ayudarte a realizar la donación de tu inmueble.
Consulta sin compromiso. Llámanos al 919 38 56 78, o escríbenos un email a info@temploconsulting.com
Las medidas fiscales en la Comunidad de Madrid establecen una serie de bonificaciones del 100% para el Impuesto de Donaciones, en concreto para las donaciones entre parientes pertenecientes a los grupos I y II de parentesco y hermanos, siempre y cuando estas no superen los 250.000€. Estas donaciones deben ir destinadas a:
Además, las nuevas medidas fiscales establecen una bonificación para las herencias entre hermanos del 15%, y tíos y sobrinos que será del 10%.
Cuando vamos a realizar una donación debemos tener en cuenta que el donatario tendrá que tributar por ello. El impuesto que debemos pagar en este caso es el impuesto de sucesiones y donaciones.
El impuesto de donaciones, al igual que ocurre con las herencias, está estipulado por cada Comunidad Autónoma, por lo que dependiendo de nuestro lugar de residencia pagaremos más o menos por este impuesto. En el caso de Madrid, tiene una bonificación del 99% de la cuota.
Este impuesto utiliza el «Modelo 651. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Autoliquidación adquisición “inter vivos”.. Para establecer la base imponible se tomará como referencia el valor real de los bienes y derechos transmitidos. En el caso de una donación económica, se pagará en función de la cantidad recibida. En caso de recibir una vivienda como donación, se tomará como referencia el valor real de mercado.
Si no conocemos este valor real de mercado, se podrá recurrir a la valoración mínima proporcionada por la Dirección General de Tributos de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Para poder conocer esta valoración mínima podemos obtenerla desde:
Este impuesto se presentará en un plazo de 30 días hábiles a contar desde la donación ante notario. Se puede presentar de forma presencial o de manera electrónica.
De manera presencial:
Se deberá rellenar el Modelo 651, y presentarlo en la Oficina Nacional de Gestión Tributaria, junto al resguardo del ingreso del importe de la autoliquidación.
La sede de la Oficina Nacional de Gestión Tributaria se encuentra en el Paseo de la Castellana, N.º 147, bajo, C.P.: 28046 Madrid.
De manera telemática:
Estos trámites se realizarán a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, para ello será necesario disponer de un certificado digital y descargarse el programa para la cumplimentación del documento.
Una vez cumplimentado el documento y realizado el pago, habrá que realizar el anexado de la escritura. Posteriormente el sistema generará de manera automática un número de presentación en la autoliquidación y una diligencia de presentación. Estos documentos deberán ser impresos para su presentación en los Registros.
No debemos olvidar, que en los casos de donaciones también tenemos que pagar la plusvalía municipal. Si recibimos un bien inmueble como donación deberemos pagar este impuesto. Este tributo determina el valor del suelo cuando se adquirió por primera vez el inmueble hasta su segunda adquisición.
Cuando recibimos un bien inmueble por donación es necesario registrar esta operación en el Registro de la Propiedad. Deberemos presentar la siguiente documentación:
Escritura pública de donación
otorgada ante notario por el donante y la aceptación por parte del donatario.Hay que presentar la liquidación del pago del Impuesto de Donaciones y plusvalía.
Cabe destacar que en el caso de que la aceptación por parte del donatario se haga con posterioridad al acto de donación, será necesario acreditar que dicha donación se ha realizado en vida del donante.
Por último, os presentamos el caso de que cada una de las partes residan en comunidades distintas, en estos supuestos ¿Dónde se pagaría el impuesto? Por un lado, si se trata de una donación económica el Impuesto de Donaciones se pagará en la Comunidad Autónoma donde resida el donatario. En cambio, si la donación es de un inmueble se pagará el la comunidad donde esté ubicada la vivienda.
En la mayoría de los casos, la finalidad de este supuesto es entregar una vivienda a los hijos en vida, pero muchas veces por desconocimiento del sector no estamos tomando la mejor decisión. No debemos olvidar que al entregar una vivienda en donación también se paga una plusvalía por la misma. En cambio, si se vende la vivienda y el dinero que se obtiene se entrega a los hijos con el objetivo de comprar una vivienda, como hemos dicho al principio, tiene una bonificación del 100%.
Finalmente, si lo que queremos es dar una cantidad económica a un familiar para que pueda adquirir una vivienda, podemos realizar un préstamo entre familiares, el cual está exento de pagar el impuesto de donaciones, ya que se trata de un préstamo y esa cantidad de dinero será devuelta.
Con Templo Consulting podrás vender tu casa al mejor precio y sin comisiones, además solo pagarás una vez que se haya vendido la vivienda, es decir, tras la firma de la escritura de compraventa. Con nuestro equipo de expertos en el sector inmobiliario venderás tu casa con total seguridad, gracias a nuestro servicio personalizado, nos adaptaremos a tu necesidades y las condiciones de la vivienda. Pide una valoración gratuita para tu vivienda con uno de nuestros profesionales y olvídate de todos los trámites.
Llámanos sin compromiso al 919 38 56 78 o si lo prefieres déjanos tus datos y nosotros te llamaremos lo antes posible.
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