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Certificados obligatorios a nivel de vivienda

Publicado por Templo Consulting en 18 de marzo de 2024
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Certificados obligatorios para viviendas: Garantizando seguridad y calidad para tu hogar.

Alquilar o comprar una vivienda tiene muchísimos trámites legales que la mayoría de gente desconoce, por lo que los pone en mano de profesionales del sector. Sin embargo, solemos pensar que, una vez firmados todos los papeles, los temas legales terminan, pero nada más lejos de la realidad.
En el mercado de la energía, existen una serie de certificados que son obligatorios a nivel doméstico. Durante este artículo vamos a hablar de los tres certificados obligatorios a nivel de vivienda: el certificado de instalación eléctrica, el certificado de instalación del gas y el certificado de eficiencia energética.

¿Cuáles son los certificados que necesita una vivienda?

Certificado de instalación eléctrica

Este documento lo tienen que solicitar las distribuidoras de electricidad puesto que están obligadas a  certificar las instalaciones de electricidad por requerimiento del Real Decreto 842/2002, que corresponde al Reglamento electrotécnico de baja tensión. En función de lo afirmado por dicho reglamento, es obligación del propietario de la instalación que la instalación eléctrica se encuentre en buen estado.
El documento que certifica que la instalación se encuentra en buen estado es el Certificado de Instalación Eléctrica, Boletín Eléctrico o CIE y es un documento obligatorio en determinadas ocasiones, sobre todo para que pueda haber suministro de electricidad en un inmueble.
Este documento se debe poseer si se quiere realizar determinadas gestiones:

  • Modificación de la instalación eléctrica o de algún componente
  • Contratación de una potencia que se encuentre por encima de la máxima admitida por el certificado.
  • Certificado actual caducado
  • Cambio de instalación monofásica a trifásica o viceversa
  • Petición expresa de la distribuidora de zona

Certificado de instalación del gas

El Real Decreto 1027/2007 es la norma que rige el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios y dentro de la cual se encuentra la normativa que exige este tipo de certificado de instalación del gas.
Una vez finalizada la instalación, y realizado el ensayo previo a la puesta en servicio de acuerdo con la instrucción técnica 2 de este reglamento, y obtenido un resultado satisfactorio, el instalador deberá facilitarnos este documento para acreditar que la instalación es correcta y que puede haber suministro.
El certificado de la instalación individual también es denominado boletín de gas o modelo IRG-3. Si la vivienda forma parte de una comunidad, también es obligatorio poseer el certificado de la Instalación Receptora Común (IRC).
Al igual que en el caso del boletín eléctrico, el boletín del gas es obligatorio al realizar diferentes gestiones:

  • Alta el gas natural en un inmueble de nueva construcción
  • Alta de gas natural tras estar dado de baja durante más de 2 años
  • Realizar algún cambio en la instalación o en sus elementos
  • Cambiar de comercializadora.
  • Cambiar de tarifa de gas.

Certificado de eficiencia energética

En función del Real Decreto 235/2013, es obligatorio el certificado de eficiencia energética. Este documento informa acerca del consumo de energía de una vivienda para su óptimo funcionamiento anual.
Dentro de este documento deberá aparecer la siguiente información:

  • Localización del inmueble
  • Información del proceso que se ha seguido para la obtención del certificado
  • Características energéticas del inmueble
  • Normativa de ahorro y eficiencia energética del momento en el que se construyó el inmueble
  • El grado de calificación de eficiencia energética

El RD afirma que la posesión de este certificado es obligatoria en cualquier transacción de alquiler o compra venta y se debe poseer antes de realizar dicha transacción.

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