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¿Cómo vender la vivienda del portero?

Publicado por Templo Consulting en 9 de marzo de 2024
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Imagen de una vivienda con las llaves enganchadas en el tejado.

Lo primero que tenemos que tener claro es la diferencia entre portero y conserje. La diferencia más importante es que el portero sí vive en el inmueble, en cambio el conserje no. El trabajo de ambos es muy similar. La única diferencia de sus funciones, es que el portero al residir en el mismo inmueble su descanso puede ser interrumpido para atender cualquier emergencia.

Hoy en día hay muchos inmuebles que cuentan con un espacio destinado para la vivienda del portero. Aunque en algunos casos, este espacio puede llevar un tiempo deshabitado e inutilizado. Para darle una utilidad y obtener unos ingresos extra, la comunidad de vecinos puede vender la vivienda del portero. En los inmuebles donde la vivienda si está ocupada, la comunidad aprovecha la jubilación del portero o la rescisión de contrato de este, para vender la vivienda. ¿Pero es posible? ¿Cómo podemos vender la vivienda del portero? ¿Buscas una agencia inmobiliaria en Madrid que te ayude con este trámite? Confía en Templo Consulting te ayudaremos a vender tu casa sea cual sea la situación. Venderás al mejor precio de forma segura y rápida.

Puntos a tener en cuenta para vender la vivienda del portero

Si el portero del edificio está haciendo uso de la vivienda, una vez finalizado el contrato el uso de la vivienda también finaliza. Por lo tanto, esta rescisión deberá ser comunicada con anterioridad, por carta certificada con aviso de recepción y certificado de contenido o burofax. La vivienda del portero puede ser una parte de la finca incluida en las zonas comunes de los propietarios, por lo que ellos se hacen cargo de los gastos de comunidad de ese inmueble. También puede tratarse de una vivienda independiente con pleno dominio por parte de los propietarios según su coeficiente de participación en las cuotas del inmueble.

Autorización de la Comunidad de Propietarios

Vender la vivienda del portero puede ser una buena oportunidad para que la comunidad pueda obtener unos ingresos. Esta decisión ha de ser aprobada en junta por los propietarios. En el caso de que se quiera alquilar la vivienda, será necesario el voto de las tres quintas partes de los propietarios, que además representen las tres quintas partes de las cuotas de participación.

Si lo que se quiere es vender la vivienda, será necesario el voto por unanimidad de los propietarios. Esto se debe principalmente a que la vivienda pasa de ser un elemento común a uno privativo del nuevo propietario. Este proceso se conoce como desafectación de elementos comunes. Además, este nuevo inquilino comenzará su participación de las cuotas del inmueble. Todo esto queda regulado en la Ley de Propiedad Horizontal.

¿Es una vivienda independiente?

Una vez aprobada esta decisión, debemos asegurarnos que la vivienda del portero sea una fracción autónoma, es decir, una vivienda totalmente independiente. En el caso de que esto no sea así, procederemos a la segregación de la vivienda o cambio de uso si fuera trastero o local. De esta manera se cambia el título constitutivo de la propiedad. Para realizar este proceso es necesario:

  • Reforma de la vivienda. En el caso de realizar cualquier tipo de obra, lo primero tendremos que solicitar una licencia de obra. Una vez terminada la obra será necesario tener el certificado final de obra. Con este certificado acudiremos al Ayuntamiento en el distrito correspondiente, y el propio Ayuntamiento mandará un técnico para que verificar que las obras se hayan realizado según lo expuesto en la licencia de obra. Aprobada esta obra, se nos entregará una licencia de primera ocupación.
  • Acudir al notario. Con la licencia de primera ocupación que nos entregará el Ayuntamiento, acudiremos al notario para realizar el cambio de uso de las zonas comunes a propiedad privada.
  • Pagar impuestos. Acudiremos a Hacienda a pagar los tributos correspondientes por el cambio de uso de la vivienda.
  • Inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad. Con todos los documentos obtenidos acudiremos al Registro de la Propiedad para realizar la inscripción de la vivienda y obtener su referencia catastral.

Si no se realiza ningún tipo de obra en la vivienda, no será necesario presentar el certificado de obra.

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Una vez realizados todos estos pasos podemos vender la vivienda del portero. Desde Templo Consulting podemos ayudarte por un  precio único de 2.950€+IVA. Nos encargamos de todos los trámites, tanto para el cambio de uso de la vivienda como la venta de la misma. Incluso gestionamos la búsqueda de financiación para la parte compradora. Consulta por una valoración gratuita.

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