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Ofrecemos soluciones para evitar el tanteo y retracto del Ayuntamiento. Estudiamos tu caso sin compromiso.
Este derecho permite que la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo (EMVS) recupere la vivienda para ampliar el parque público de viviendas sin necesidad de construir obra nueva. Si esto ocurre, el propietario se verá obligado a vender el inmueble al precio máximo establecido. Si tienes una Vivienda Protegida en Madrid, es fundamental conocer todas las opciones disponibles antes de ponerla a la venta.
Desde Templo Consulting, una agencia especializada en Viviendas de Protección Oficial en Madrid, ofrecemos asesoramiento gratuito para ayudarte en este proceso.
Si la EMVS no recupera la vivienda mediante el derecho de tanteo y retracto, puede ocurrir que, si la VPO se vende antes de los 10 años, se exija un 20% del precio final de venta. Esta cláusula busca amortizar las ayudas destinadas a la construcción de Viviendas Protegidas, aunque muchos propietarios han reclamado su supuesta naturaleza abusiva.
En Templo Consulting, conocemos alternativas legales para evitar que el Ayuntamiento ejerza su derecho o exija el 20% del precio final. 📞 Llámanos al 919 38 56 78 o déjanos tus datos en el formulario y te llamaremos sin compromiso.
Para vender una Vivienda Protegida con derecho de tanteo y retracto de la Empresa Municipal, es necesario solicitar la renuncia expresa de cada organismo, sin importar el tiempo que haya transcurrido. Si obtenemos la renuncia, nuestro siguiente paso como profesionales en Vivienda Protegida es acudir al Registro de la Propiedad para eliminar la carga del derecho de tanteo y retracto de la nota simple.
Gestión completa por solo 200€+IVA
En Templo Consulting, nos encargamos de todo:
✔ Solicitamos la carta de renuncia por ti.
✔ La llevamos al Registro para limpiar la nota simple.
✔ Evitamos problemas futuros en la compraventa.
Gravada con el DERECHO DE RETRACTO
siguiente: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.507 del Código Civil, la parte vendedora se reserva, y la parte compradora le otorga, el derecho de recuperar la finca vendida, mediante la devolución a la parte compradora del precio pagado y de cualesquiera otros pagos legítimos hechos para la venta así como de los gastos necesarios y útiles hechos en la cosa vendida, que acredite la parte compradora.
El ejercicio de este derecho de retracto solo podrá hacerse efectivo por la parte vendedora en cualquiera de los siguientes casos:
a) Cuando la compradora pretenda transmitir la totalidad de la finca adquirida o parte de ella antes de construir sobre la parcela y otorgar la escritura de la correspondiente declaración de Obra Nueva.
b) Cuando la compradora transmita todos o varios pisos y locales construidos sobre dicha finca, conjunta o sucesivamente, a una misma persona física o jurídica y que dicha promoción suponga más del veinticinco por ciento de la promoción. La Sociedad aquí compradora comunicará, de forma fehaciente y por escrito, a la Sociedad aquí vendedora, su intención de transmitir en todo o en parte la finca a adquirir mediante la compraventa, el precio y las demás condiciones esenciales de la transmisión en los supuestos comprendidos en las letras a) y b) anteriores, a fin de que la Sociedad aquí vendedora ejercite el derecho de recuperar la finca o la participación indivisa de la misma, que se pretenda transmitir, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 1.518 del Código Civil.
El derecho a recuperar la finca o la participación indivisa de la misma que se pretenda transmitir caducará a los noventa días naturales contados desde el siguiente a la notificación que en forma fehaciente deberá hacer la parte aquí compradora a la vendedora. No se establece pacto expreso relativo a la duración total para el ejercicio del derecho de retracto señalado anteriormente por lo que se aplica el plazo legal de cuatro años contados desde la fecha de otorgamiento de la escritura que motiva este asiento -artículo – Código Civil-. Pactado en la inscripción 2ª al folio – del tomo -.
A continuación, te mostramos un ejemplo de cómo la EMVS comunica el ejercicio de su derecho de tanteo y retracto:
En este caso, la EMVS puede aceptar las condiciones de la transmisión del inmueble al precio máximo establecido. Si el propietario recibe este tipo de comunicación, tiene que seguir los procedimientos establecidos para completar la transacción.
En relación a su escrito presentado de fecha XXX, en el cual solicita la renuncia al ejercicio de los derechos de tanteo y retracto sobre la vivienda sita en la calle XXX, le informamos que en la escritura de compraventa otorgada el día XXX, ante el Notario de esta capital XXX, se estableció que ¨ el Ayuntamiento de Madrid, S.A. se reservaba el ejercicio de los derechos de tanteo y retracto, contados a partir de la fecha de la firma de la escritura de compraventa, durante la vigencia de la calificación de vivienda con Protección Publica.
Dicho derecho de tanteo y retracto será ejercido por la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid SA, EMVS SA, ente competente en la gestión de esta vivienda tal y como establece el Exponiendo tercero del Convenio de fecha 21 de noviembre de 2013 de Cesión gratuita entre el Ayuntamiento de Madrid-Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, y la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid SA, de viviendas de protección pública básica(VPPB) con destino a alquiler por los ocupantes legales del sector con derecho a realojo construidas en la parcela XXX.
Reducción del plazo del derecho de tanteo y retracto de 20 a 10 años
Habiéndose reducido el plazo para el ejercicio del derecho de tanteo a 10 años, según acuerdo del Consejo de Administración de la EMVS SA, de fecha 13 de junio de 2017, y siendo propósito de la misma ejercitar el derecho de tanteo sobre la vivienda, le comunicamos que esta EMVS SA, acepta las condiciones de la transmisión de la vivienda en el precio comunicado de XXX, circunstancia por la que próximamente nos podremos en contacto con ustedes, informándole de los trámites a seguir para proceder a la formalización de la escritura correspondiente.
Cuando hay dos fincas registrales distintas
En relación a su solicitud presentado de fecha XXX de no ejercicio del derecho de tanteo y retracto sobre la plaza de garaje sita XXX la cual constituye finca registral independiente a la vivienda, la EMVS les comunica que no va a ejercer el derecho de tanteo y retracto establecido a favor del Ayuntamiento de Madrid.
Existen opciones para vender una VPO con este derecho. Consultar con un buen profesional especializado en Vivienda Protegida, como Templo Consulting, puede marcar la diferencia en la operación.
La EMVS está interesada en comprar viviendas vacías en Madrid capital que se encuentren en buen estado. Estas viviendas deben cumplir con las siguientes características:
Además, la vivienda debe estar ubicada sobre rasante y al menos en un tercer piso si no dispone de ascensor. Las viviendas unifamiliares no son objeto de compra.
Documentación a aportar:
Si tu vivienda está sujeta a algún régimen de protección pública, también deberás presentar la fotocopia del documento que autorice la venta. Nosotros te ayudamos a conseguir el informe o autorización por 200€+IVA.
Si no quieres esperar los 10 años para vender, existen varias alternativas, como:
También tenemos una base de datos de compradores interesados en VPO, lo que agiliza el proceso de venta, haciéndolo más rápido y seguro que si lo hicieras por tu cuenta.
Además, ofrecemos servicios de intermediación financiera con entidades bancarias especializadas en la financiación de este tipo de viviendas. Llámanos al 919 38 56 78, escribe a info@temploconsulting.com o deja tus datos en el formulario de contacto.
El valor máximo legal de venta de una VPO se calcula en base al precio máximo establecido por la Comunidad de Madrid, que varía según el tipo de vivienda y su ubicación. Este precio puede ajustarse por factores como el tamaño del inmueble, su antigüedad y las características específicas de la zona. Para obtener el cálculo exacto puedes ponerte en contacto con nosotros y te realizamos el calculo de manera gratuita y sin compromiso.
Sí, se puede vender una VPO por encima del precio máximo legal establecido si se inicia un proceso de descalificación voluntaria o si ha transcurrido el tiempo de protección y se descalifica automáticamente. Dado que cada caso es único, recomendamos ponerse en contacto con nosotros para obtener asesoramiento personalizado y garantizar que se cumpla la normativa y se optimice el proceso de venta.
El proceso de renuncia del derecho de tanteo y retracto puede variar dependiendo del caso y de la respuesta de la EMVS o la Comunidad de Madrid. Generalmente, puede tardar desde dos semanas hasta dos meses. Es recomendable gestionar este proceso con anticipación para evitar demoras en la compraventa.
¡Somos expertos en toda la comunidad de Madrid!
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