Impuesto Transmisiones Patrimoniales Madrid (ITP)

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¿Qué es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?

Seguro que más de una vez habéis oído hablar del famoso Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Madrid (ITP) ¿Cómo funciona este impuesto? ¿Cuándo se paga?

 

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP/AJD) es un tributo de carácter indirecto que grava la compraventa de viviendas y se paga a las Comunidades Autónomas. En este artículo vamos a desgranarte cómo funciona en la capital, ya que nosotros estamos especializados en la venta de inmuebles en Madrid.

 

El valor de este impuesto varía en función de las comunidades e incluso de las provincia donde se encuentre la vivienda. Además, las características y el precio final del inmueble, también influyen en la cantidad a pagar. Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid se paga un 6% de la compraventa. Aunque existen bonificaciones según la Comunidad Autónoma donde se realice la operación.

Bonificaciones en Madrid del ITP

Existen las siguientes bonificaciones en el ITP:

  • Aquellas personas que compren un inmueble destinado a vivienda habitual, podrán beneficiarse de una bonificación del 10%, solo si el valor de la propiedad es igual o inferior a 250.000€.
  • Si se adquiere un inmueble por valor inferior a 500€ se podrá aplicar una bonificación del 100% en la cuota tributaria. Siempre que no se destine a una actividad empresarial o profesional.
  • En el caso de familias numerosas se aplicará un 4% en la compra de vivienda habitual.
  • Aquellos alquileres que no estén destinados a una actividad empresarial, y que tengan una renta anual inferior a 15.000€, también se les aplicará una bonificación del 100%.
  • Los menores de 35 años pueden aplicar una reducción sobre el Impuesto de la Renta sobre el 30% del alquiler, hasta un máximo de 1.000€ al año.
  • Si eres mayor de 35 y menor de 40 años, tienes al menos dos familiares a cargo y has estado en situación por desempleo, también puedes aplicar el 30% de la reducción en el IRPF.

¿Qué impuestos incluye el ITP en Madrid?

Este impuesto se pagará cuando se realicen las transmisiones retribuidas inter vivos del patrimonio de las personas físicas o jurídicas. También se incluye en el mismo la constitución de derechos reales, préstamos, arrendamientos o compraventa de viviendas de segunda mano.⚠️ Sin embargo, cuando las operaciones son realizadas por empresarios o profesionales para el ejercicio de su actividad, no están obligados a pagar este impuesto.

Presentaremos este impuesto en el caso de llevar a cabo:

  • Constitución o disolución de sociedades. Y cuando se realice un aumento o disminución de su capital social.
  • Otras aportaciones que efectúen los socios.
  • Reubicación en España de la sede de dirección efectiva o del domicilio social de una sociedad.

En función de la operación que se realice le tocará pagar el ITP a:

A la sociedad en el caso de la constitución, aumento de capital, traslado de la sede o del domicilio y aportaciones de los socios.
A los socios, copropietarios comuneros o partícipes en el caso de la disolución de la sociedad y reducción del capital.

Este impuesto recoge tres tipos de modalidades, y la cantidad a pagar depende nuevamente de cada Comunidad Autónoma.

  • Documentos notariales: las escrituras, actas y testimonios notariales. El encargado de pagar este impuesto es el sujeto pasivo adquiriente del bien y aquellas personas que soliciten los documentos notariales.
  • Documentos administrativos: las anotaciones preventivas que se practiquen en Registros Públicos y la rehabilitación y transmisión de grandezas y títulos nobiliarios. En el caso de las anotaciones preventivas será la persona que las solicite la encargada de pagar el impuesto.
  • Documentos mercantiles: las letras de cambio y documentos que realicen funciones de giro. En las letras de cambio, será el librado quien pague el impuesto. En los documentos de giro, se harán cargo del ITP las personas o entidades que lo expidan.
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¿Dónde y cuándo presentar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Madrid?

El plazo para su presentación es de 30 días hábiles a contar desde la fecha de escritura. Es posible presentar la declaración del impuesto de manera telemática, aunque para ello será necesario descargar el programa de ayuda de la Comunidad de Madrid. No obstante, si prefieres hacerlo de manera presencial, los lugares para presentarlo son:

  • Cualquier oficina liquidadora de Madrid.
  • La Dirección General de Tributos, sita en el Paseo del General Martínez Campos, nº 30; 1ª planta.
  • Telemáticamente

¿Cuánto tengo que pagar por vender mi casa en Madrid?

En definitiva, lo más importante al vender tu vivienda, es que seas consciente de la cantidad que tendrás que pagar a Hacienda, entre otras cosas. Por eso, en nuestra agencia, queremos ser sinceros contigo desde el principio, informándote de los impuestos y demás gastos generados tras la venta.

 

En Templo Consulting tenemos más de 10 años de experiencia en el mercado madrileño. Conocemos todos y cada uno de los procesos necesarios para llevar a cabo una operación de compraventa con éxito. Además disponemos de nuestra propia cartera de clientes compradores.

Por eso, nos parece imprescindible calcular el pago de tus impuestos en las primera llamada y valorar tu vivienda de manera completamente gratuita.

 

Asimismo ayudamos a la parte compradora con la búsqueda de financiación, gracias a nuestros acuerdos de colaboración con las principales entidades bancarias de nuestro país (Unicaja, Banco Sabadell, Bankinter, Deustche Bank, Bankinter, etc.)

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Estamos aquí para responder todas tus preguntas de forma gratuita y sin compromiso alguno. ¡Contáctanos y despeja cualquier inquietud que tengas!

Comisión inmobiliaria en Madrid

Preguntas frecuentes

Transmisiones de bienes y derechosAdquirente
Expedientes de dominio, actas notoriedad, actas complementarias de documentos públicos y certificaciones del artículo 206 de la Ley HipotecariaPersonas que los promueven
Reconocimiento de dominio, Constitución de derechos reales (por ejemplo, constitución de un usufructo)Personas a cuyo favor se efectúe
Personas a cuyo favor se constituyan
Constitución de préstamos
Constitución de fianzas
Prestatario
Acreedor afianzado
Constitución de arrendamientosArrendatario
Constitución de pensionesPensionista
Constitución de concesiones administrativasConcesionsrio
Actos y contratos equiparados a concesiónBeneficiario

Como no residente, a veces es necesario autoliquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) ante la Agencia Tributaria. Sin embargo, los títulos nobiliarios siempre deben autoliquidarse ante la Agencia Tributaria, sin importar si eres residente o no.

 

 

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