IVIMA Fianza Devolución

¿Cómo solicitar la devolución de la fianza al IVIMA

Te informamos sobre cómo realizar la devolución de la fianza al IVIMA en la Comunidad de Madrid

Estamos viviendo de alquiler y nuestro arrendador ha fallecido recientemente, ¿Qué podemos hacer en estos casos? ¿Los nuevos propietarios pueden echarnos del piso? ¿Cómo podemos solicitar la devolución de la fianza al IVIMA? ¿Se anula el contrato que teníamos con el arrendador fallecido? No, si un arrendador fallece, solo se produce un cambio de titularidad y los nuevos propietarios están obligados a respetar el contrato firmado anteriormente. Una vez finalizado el contrato y si los inquilinos no ejercen su derecho de tanteo y retracto, podremos vender nuestro piso sin problemas. Confía en Templo Consulting, te ayudaremos con todos los trámites necesarios para vender tu casa al mejor precio.

Pasos a seguir para solicitar la fianza al IVIMA tras el fallecimiento del arrendador

Lo primero que debe hacer la parte propietaria es realizar un cambio de titularidad. Para ello deberá presentar un documento acreditativo de la titularidad, así como el Resguardo de Depósito de la fianza. Como hemos mencionado anteriormente, si este cambio se produce estando vigente el contrato de arrendamiento, el nuevo propietario arrendador debe respetar dicho contrato.

 

Para solicitar la devolución de la fianza, se deberá entregar:

  • Solicitud de devolución por parte del sujeto obligado (arrendatario). Bastará con rellenar el impreso de solicitud de devolución de la fianza. Si la fianza se presentó antes del 1 de enero de 1997 mediante papel fianza, la solicitud de devolución se tramitará a través de la sede de la Agencia de la Vivienda Social, aportando el papel fianza original correspondiente.
  • Fotocopia del documento público que acredite la nueva titularidad.
  • Resguardo de Depósito de la fianza.

La solicitud se realizará una vez extinguido el contrato. Recordamos que el derecho a solicitar la devolución prescribe a los 4 años de la finalización del contrato de arrendamiento. El plazo estimado para la devolución de la fianza es de un mes a contar desde la fecha en la que se presenta la solicitud en el registro de la Agencia de Vivienda Social.

Ejemplo del documento de para solicitar la devolución de la fianza en el IVIMA

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Cómo presentar la solicitud al IVIMA

Presentar la solicitud al IVIMA de manera presencial

Podemos descargarnos la solicitud y presentarla en la Calle Basílica Nº23, de lunes a viernes de 9h a 17h, pidiendo cita previa. También podemos presentarla en:

 

  1. Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas y de Entidades Locales.
  2. Ayuntamiento de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano.
  3. Oficinas de Correos.
  4. Sedes diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.

Presentar la solicitud al IVIMA de manera telemática

También podemos presentar la solicitud de manera telemática a través del registro electrónico de la Consejería. Para poder realizar la solicitud es necesario tener un DNI electrónico o uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid

 

Una vez que hayamos enviado la solicitud se habilita el servicio de consulta de expedientes, donde podremos comprobar el estado de nuestra solicitud y enviar nuevos documentos que sean necesarios. El tiempo de respuesta por parte del IVIMA será de un mes aproximadamente.

¿Cuánto tarda el IVIMA en devolver la fianza?

El plazo de devolución de la fianza por parte del IVIMA suele ser de aproximadamente 30 días. Sin embargo, en ciertos casos, este proceso puede extenderse hasta alrededor de 45 días.

¿Te encuentras en esta situación y necesitas ayuda? Si eres uno de los nuevos propietarios y necesitas ayuda con la herencia y el cambio de titularidad, en Templo Consulting nos encargamos de todas las gestiones necesarias para la adjudicación de la herencia.

 

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