Normativas alquiler turístico 2025

Normativa apartamentos turísticos 2025

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Apartamentos turísticos y normativa en 2025:

En 2025, el alquiler turístico en España ya no es un terreno libre y rentable para cualquier propietario. Ha pasado a ser un laberinto burocrático, legal y vecinal donde cada paso en falso puede significar sanciones, conflictos o pérdidas económicas.

 

¿Cuál es la normativa actualmente? ¿Qué ha cambiado? ¿Y por qué cada vez más propietarios están optando por vender? Aquí tienes el panorama legal de los apartamentos turísticos en España. 

Pisos turísticos: qué dice la ley

No existe una única normativa estatal sobre apartamentos turísticos. En lugar de eso, cada comunidad autónoma regula los requisitos para operar legalmente una vivienda de uso turístico (VUT), además de los ayuntamientos, que aplican sus propias restricciones urbanísticas y limitaciones.

Esto significa que el mismo apartamento podría ser legal en Valencia y estar prohibido en Barcelona, dependiendo de:

  • La zona donde se encuentre (zonas tensionadas, centro histórico, zonas de exclusión turística…)

  • El tipo de inmueble (planta baja, bloque completo, vivienda plurifamiliar…)

  • El acuerdo de la comunidad de vecinos

  • El cumplimiento técnico: certificado de habitabilidad, CIVUT, plan de evacuación…

La clave es clara: para alquilar legalmente, necesitas una licencia autonómica, cumplir con los requisitos del ayuntamiento y no tener oposición vecinal.

Cambios clave en 2025: un endurecimiento sin precedentes

1. Aprobación obligatoria de la comunidad de propietarios:

 

Desde abril de 2025, la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal permite a las comunidades prohibir el alquiler turístico con mayoría de 3/5. Ya no hace falta unanimidad.

Esto significa que:

  • Tu vivienda puede estar perfectamente legalizada… pero vetada por tus propios vecinos.

  • La comunidad también puede establecer cuotas o gastos extra solo para VUTs.

  • Si ya estabas alquilando, pueden forzar tu cese si no cumples los nuevos requisitos de convivencia.

2. Registro Único obligatorio y eliminación de anuncios:

 

Desde julio de 2025, todas las VUT en España deben estar registradas en el Registro Estatal de Alquileres de Corta Duración, con un código oficial por inmueble. Plataformas como Airbnb, Booking y Vrbo están obligadas a eliminar los anuncios sin ese número.

Esta medida busca controlar la oferta ilegal, pero añade:

  • Más trámites

  • Más vigilancia

  • Multas de hasta 600.000 € por operar sin estar registrado

3. Zonas de exclusión, moratorias y licencias congeladas:

 

Ciudades como Barcelona, Palma, San Sebastián o Jerez han limitado drásticamente las nuevas licencias:

  • Barcelona: no se renovarán licencias desde 2028 (PEUAT).

  • Palma: prohíbe nuevos pisos turísticos en edificios plurifamiliares.

  • Jerez y Alicante: moratorias urbanísticas para pisos turísticos.

No solo es difícil abrir una nueva Vivienda de Uso Turístico (VUT), sino que mantener una existente se convierte en una carrera de obstáculos.

¿Cuánto hay que pagar para poner una casa en alquiler vacacional?

 

¿Cómo figura tu inmueble, como vivienda habitual o piso turístico? La vivienda habitual es aquella en la que tú vives y podrías alquilar de manera ocasional, mientras que los pisos turísticos se consideran inversiones, cuyo fin es generar un beneficios, ya sea mediante el alquiler tradicional o el alquiler vacacional.

 

Si el alquiler es de larga duración, los gastos de consumo y suministros suelen ser pagados por el inquilino. Cuando existen gastos de gestión del alquiler, estos suelen rondar un 5% del total de la renta más IVA. En cuanto a la tributación, el 60% del rendimiento neto del alquiler de vivienda habitual está exento de impuestos. En cambio, el piso turístico no disfruta de ninguna reducción, pues es necesario declararlo como rendimiento del capital inmobiliario.

 

Las zonas donde nunca es rentable:

Madrid tiene también zonas donde nunca es rentable tener un alquiler turístico. Aun teniendo inquilinos durante todos los días del año, algo poco probable de conseguir, lograremos equiparar la rentabilidad de un arrendamiento tradicional. CarabanchelChamberíFuencarral-El PardoMoncloa-AravacaPuente de VallecasVilla de VallecasUseraTetuánSan Blas y Vicálvaro no ofrecen ninguna rentabilidad.

En Chamberí y Moncloa-Aravaca nos encontramos con dos zonas de precios muy elevados. Mientras que se pueden vender pisos por grandes cantidades, el alquiler turístico no los demanda tanto. Por ello, vender o alquilar de forma tradicional es muchísimo más rentable.

 

En el resto de distritos encontramos diferencias. VicálvaroCarabanchelSan BlasUsera y los dos distritos vallecanos están alejados del centro. Además, son zonas humildes en su mayoría, poco atractivas para el turista.

En Fuencarral-El Pardo y Tetuán conviven zonas humildes con otras de alto poder adquisitivo. En ambas su lejanía al centro impide un mayor atractivo para el visitante.

¿Y si vendo mi piso en lugar de alquilarlo a turistas?

Después de este panorama, muchos propietarios empiezan a preguntarse:

“¿Y si vendo ahora, con precios altos, y me quito de encima todos estos problemas?”

La opción de vender tiene mucho sentido si:

 

  • Tu comunidad de vecinos ya ha bloqueado el uso turístico o amenaza con hacerlo.

  • Tu ciudad está en zona de alta tensión y las licencias están congeladas.

  • No quieres asumir nuevos costes, trámites o sanciones.

  • Quieres liquidez inmediata y evitar años de incertidumbre normativa.

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