¿Cómo vender un condominio?

¿Cómo se crea un condominio?
Un condómino surge a partir de:- Las adjudicaciones de herencia a varios herederos.
- La compra de una vivienda habitual por dos personas, ya sean cónyuges o pareja de hecho.
- Varias personas adquieren un inmueble con el objetivo de invertir en él.
¿Cómo vender un condominio si no hay acuerdo entre las partes?
Para vender un condominio sin acuerdo de las partes se pueden dar los siguientes casos:Acción de división de la cosa común
Si queremos vender un condominio y no es posible llegar a un acuerdo entre todas las partes, se llevará a cabo una acción de división de la cosa común por la vía judicial. Con esto se conseguiría la cesión del estado de indivisión en la que se haya el inmueble en propiedad por varios sujetos.Con este procedimiento un juez dicta que se extinga ese condominio mediante la adjudicación a cada uno de los propietarios de una parte del inmueble, siempre y cuando este sea divisible. En el caso de que este sea indivisible, ya sea por causa física o jurídica, no se podrá solicitar la división de la cosa común y se realizará la venta del bien y el posterior reparto de bienes a cada propietario según su aportación en la propiedad.Este procedimiento es un derecho indiscutible e incondicional de cualquier copropietario. El Artículo 400 del Código Civil estipula que:“Ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad. Cada uno de ellos podrá pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa común. Esto, no obstante, será válido el pacto de conservar la cosa indivisa por tiempo determinado, que no exceda de diez años.”
Subasta pública
En el caso de no llegar a un acuerdo mediante este procedimiento judicial, se llevará a cabo la venta del bien mediante una subasta pública. Este procedimiento puede ser más largo que el anterior y posiblemente, el precio de venta del inmueble será inferior a su precio real en el mercado.Esta subasta se realizará de forma electrónica a través del Portal de Subasta de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, bajo la supervisión del Secretario Judicial. A esta subasta se aplicarán las disposiciones de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Como cualquier tipo de subasta, una vez aceptada la puja, se procederá a la división en partes iguales o en función de la aportación de cada propietario, de los ingresos obtenidos por la subasta.En el caso de que todas las partes se pongan de acuerdo para vender, en Templo Consulting podemos asesorarte sobre las diferentes opciones que existen de forma gratuita. Y también ayudamos al comprador en la búsqueda de financiación, lo que agiliza sobremanera la compraventa ¡Además, con nuestra tarifa plana de 1.950€+IVA, puedes ahorrar hasta 12.000€ en la operación! Reserva una valoración gratuita ahora.Llámanos al 919 38 56 78 o déjanos tus datos y te devolvemos la llamada.