¿Cómo vender una casa en ruinas?

Nos encargamos de toda la gestión por solo 2.950 € + IVA

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¿Cómo vendemos tu casa abandonada en Madrid?

Si tienes una casa abandonada y no sabes cómo venderla, nosotros en Templo Consulting nos encargamos de todo. Vender una propiedad en estas condiciones puede parecer complicado, pero con nuestra ayuda, el proceso será rápido y sin complicaciones. Aquí te explicamos los pasos que seguimos para vender tu casa abandonada de manera eficiente y segura.

Paso 1: Evaluamos el estado de tu propiedad

Lo primero que hacemos es analizar el estado de la casa para determinar las mejores opciones de venta:

  • Casa independiente en ruinas
    Si la vivienda está completamente en ruinas, en muchos casos lo más conveniente es demolerla y vender solo el solar. Esto te permitirá optimizar el valor de la propiedad, evitando que la venta se vea afectada por el estado de la casa.

  • Vivienda en un edificio
    Si la casa está en un edificio, estudiamos su estado de conservación. Si el edificio entero está en mal estado, evaluaremos la opción de vender la propiedad tal como está o buscar una solución legal para mejorar su situación.

  • Reparación ligera

    Si la propiedad solo necesita una reforma menor, podemos optar por venderla rápidamente a un inversor que se encargue de las reformas.

Paso 2: Gestionamos la documentación necesaria

Para poder vender tu casa, necesitamos asegurarnos de que tienes toda la documentación en regla. Nosotros te ayudamos a obtener todo lo necesario:

  • Escrituras
    Necesitamos confirmar que eres el propietario de la vivienda. Si tienes las escrituras, las revisamos para garantizar que estén correctas. Si no las encuentras, nos encargamos de solicitar una copia en el Archivo General de Protocolos Notariales.

  • Nota simple
    Obtenemos una nota simple
    de la propiedad para conocer su situación legal, los posibles gravámenes o cargas que pueda tener, y otros detalles importantes para la venta.

Paso 3: Impuestos a pagar

En el proceso de venta de una casa abandonada, es necesario tener en cuenta los impuestos que debes pagar. Nosotros te ayudamos con todo el proceso y te aclaramos los siguientes puntos:

  • Plusvalía Municipal
    Este impuesto calcula la diferencia entre el valor del suelo cuando compraste la casa y su valor actual. Si la venta es con pérdidas (es decir, por debajo del valor inicial), no tendrás que pagar este impuesto.


  • IRPF
    Si obtienes ganancia de la venta, deberás tributar por ese incremento en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del año siguiente. Nosotros nos aseguramos de que todo se realice correctamente para que no tengas problemas con la Agencia Tributaria.

Paso 4: Nos encargamos de todo el proceso de venta

Una vez que hemos evaluado la propiedad y tenemos toda la documentación en orden, nos encargamos de todo el proceso de venta, sin que tengas que preocuparte de nada más. Esto incluye:

 

  • Valoración de la propiedad: Establecemos el precio adecuado de venta en función del mercado y el estado de la casa.

     

  • Publicidad y promoción: Nos encargamos de la difusión de la propiedad mediante los canales adecuados para llegar a compradores interesados.

     

  • Base de datos de clientes interesados: Contamos con una base de datos exclusiva de clientes interesados en propiedades como la tuya. Esto nos permite hacer llegar tu casa a compradores potenciales de manera rápida y efectiva.

     

  • Negociación y cierre de la venta: Nos ocupamos de la negociación con los compradores interesados, asegurándonos de que obtengas el mejor precio posible. Además, gestionamos la firma del contrato de compraventa y todos los trámites legales.

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Vendemos tu edificio en ruinas en Madrid

Declaración de ruina: ¿Qué opciones tienes?

Para declarar que un edificio está en ruinas, existen dos caminos principales.

  1. El primero es a través de una denuncia o solicitud de parte interesada, ya sea del propietario o de los vecinos.
  2. El segundo es mediante un informe de oficio emitido por un técnico del Ayuntamiento, quien abrirá un expediente de ruina tras evaluar el estado del inmueble. 

Una vez que se declara la ruina, se determina si el edificio es rehabilitable o si es necesario proceder con su demolición. Si el coste de las reparaciones supera el 50% del valor de una nueva construcción, se considera «ruina económica», lo que implica que la rehabilitación no es viable. En algunos casos, la ruina urbanística también puede entrar en juego, especialmente si el edificio no cumple con las normativas urbanísticas vigentes.

 

Si el estado del inmueble es tan grave que representa un peligro inminente para las personas y el entorno, se declara «ruina inminente», lo que lleva a un desalojo inmediato y posterior demolición. 

Vender un edificio en ruinas: ¿Es posible?

Sí puedes vender un edificio en ruinas en Madrid, y Templo Consulting está aquí para ayudarte. A través de nuestra experiencia de más de 10 años en el sector inmobiliario, te ofrecemos un servicio completo para vender tu propiedad, ya sea para su rehabilitación o para aprovechar el valor del terreno. Sin comisiones adicionales, nos encargamos de todos los trámites, desde la valoración hasta la venta final.

Uno de los aspectos más importantes a considerar es la valoración del terreno. Tras la declaración de ruina, es crucial saber cuánto vale tu solar y si tiene potencial para ser urbanizado. Nuestro equipo realiza una investigación exhaustiva para determinar el valor real de tu terreno y garantizar que obtengas la mayor rentabilidad posible.

¿Quién se encarga de los costes de demolición?

En algunos casos, el comprador puede hacerse cargo de este gasto, especialmente si está interesado en construir en el terreno. Sin embargo, el propietario del inmueble tiene ciertos plazos para recurrir la declaración de ruina.

El propietario puede presentar un recurso de reposición ante el Ayuntamiento dentro de un mes, o un recurso contencioso-administrativo dentro de los dos meses siguientes. Además, si la ruina fue causada por defectos de construcción, el responsable de los daños podría ser la constructora que realizó la obra, según la Ley de Ordenación de la Edificación.

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