Para realizar este trámite, se necesita presentar la siguiente documentación:
- Certificado de defunción del fallecido
- DNI del fallecido
- Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad, para demostrar que no existe testamento
- Certificado de matrimonio del fallecido (si aplica)
- Certificado de nacimiento de los hijos del fallecido (si los tiene)
- Certificado de defunción de los hijos del fallecido (si alguno ha fallecido)
También serán necesarios dos testigos, quienes no pueden ser familiares directos ni beneficiarios de la herencia. Los testigos deben acreditar la situación familiar del fallecido. Después, se deberán esperar 20 días hábiles para realizar la partición de herencia.
Un pensamiento en & ldquo; ¿Se puede heredar sin ir al notario? y rdquo;
quiero dejar en herencia a un hijo un coche habiendo otros herederos
Estimado Santiago,
Nuestra recomendación es que lo dejes escrito en el testamento ante notario. De esta forma, aunque los demás herederos tengan derecho a la legítima a tu hijo le corresponderá dicha parte más el vehículo.
Un cordial saludo, gracias por confiar en Templo Consulting.
¿Y qué sucede si no te puedes desplazar a la notaría por graves problemas de movilidad aunque no tengas una minusvalía reconocida?
Estimado Jose,
En estos casos los mejor es realizar un poder notarial de carácter especial, es decir, que solo servirá para esa firma en concreto. Te dejamos un artículo donde explicamos cómo se realiza, y en qué circunstancias merece la pena: https://temploconsulting.com/que-es-un-poder-notarial-y-cuando-se-utiliza/
Un cordial saludo y gracias por confiar en el equipo de Templo Consulting.
Fallece mi suegra y anteriormente mi mujer . Dejó mi suegra a su hija fallecida la parte de mejora y libre disposición y la legal a repartir con hermanos. He realizado todas las gestiones en el banco para mis hijas, herederas de mi mujer fallecida, y el banco reclama: la aceptación de la herencia por los herederos y el impuesto de sucesiones de los otros herederos (sus tios – hermanos de mi mujer fallecida). Pensé que directamente podían ir al banco (con todos los papeles) y sin necesidad de que el resto de los herederos aceptasen la herencia (mi suegra dejo muy claro que parte es para cada uno) y también sin adjuntar el ISD del resto. Al banco se le remitió un papel de aceptación de la herencia por parte de mis hijas. Muchas gracias. No se que tengo que hacer realmente.
Buenas tardes Fernando,
Lamentablemente solo es posible heredar sin acudir al notario cuando existe únicamente un heredero. En vuestro caso es necesario llevar a cabo todo el proceso, pago del impuesto de sucesiones y adjudicación de herencia. Y para ello es necesario que todos los herederos estén presentes y firmen la aceptación o renuncia de la herencia. Si estáis interesados en vender un piso en Madrid o cualquier otra propiedad, nosotros somos una agencia inmobiliaria especializada en la capital y nos encargamos de todo el proceso. Incluso de la adjudicación de herencia. Quedamos a vuestra competa disposición, un cordial saludo y gracias por confiar en Templo Consulting.
Mi padre falleció 3 noviembre.Mi hermano y yo no podemos pagar Notario no podemos desbloquear cuenta y solo sabemos que tenía un préstamo del cual quedaban 700 € por pagar.Segun calculamos debe haber su pensión de 700 € más parte proporcional de paga extra.No sabemos que hacer.Abogado de Ocaso nos cobra 300 por hacer Últimas voluntades y herederos.Estamos bastante ocupados con trabajo y nuestras vidas.
Hay que ir a Notario???? Nos es imposible
Bueos días Maria Dolores,
En vuestro caso tenéis que ir al notario porque hay más de un heredero. Respecto a los precios que nos comentas no sabemos decirte, nosotros tenemos una notaría de confianza que podemos recomendaros. Está ubicada en la calle Alcalá número 35 en Madrid. Quedamos a vuestra completa disposición para cualquier cuestión inmobiliaria. Un cordial saludo.