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La afección fiscal en la nota simple es uno de los epígrafes dentro de las cargas de una propiedad. En ese apartado se explica que la venta de la vivienda está sujeta al pago de diferentes impuestos. Si tienes dudas al respecto puedes contactar con nuestra consultora inmobiliaria.
Básicamente, el Registrador de la Propiedad está avisando que la trasmisión de ese inmueble está sujeta a uno o varios impuestos. Estos son el Impuesto sobre Trasmisiones Patrimoniales (ITP) y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). Estos impuestos deben ser pagados por los vendedores, pero en el caso de que no lo hagan, la responsabilidad pasará a los nuevos propietarios.
Por ello, se trata de un aviso para que pidamos el justificante de dicho pago. Hay que tener en cuenta que estos impuestos prescriben a los 5 años, por lo que si la trasmisión es más antigua no tendremos que pagar nada.
Pongámonos en situación. Vamos a comprar una vivienda y como es habitual pedimos la nota simple. Al hacerlo descubrimos que la vivienda tiene una afección fiscal en la nota simple. Lo primero es mantener la calma. Se hace de oficio y no supone absolutamente nada.
El siguiente paso es asegurarnos que los impuestos ya están abonados correctamente. Simplemente tendremos que entrar en contacto con el vendedor y pedirle los justificantes correspondientes según el impuesto que haya tenido que pagar.
Si hay dudas sobre que los pagos hayan sido los correctos, hay dos opciones que nos mantendrán a salvo frente a Hacienda:
El primero de ellos es realizar una retención en el pago del precio de venta. La misma se mantendrá hasta que se cumpla el plazo de cinco años y prescriba el pago del impuesto.
La otra opción es pedir un aval bancario por el importe correspondiente. De esta forma, nos aseguraremos que las deudas del antiguo propietario no nos afecten a nosotros.
Si quieres saber más sobre el impuesto de sucesiones, no te pierdas nuestro post sobre su pago en Madrid.
Por último, mencionar que pagar estos impuestos si nos lo reclaman es imprescindible. En el caso de que ninguna de las dos partes se haga cargo del pago, la Agencia Tributaria puede embargar el inmueble y ponerlo en subasta para cobrar la deuda pendiente.
Por ello, no debemos olvidar comprobar la nota marginal de afección fiscal y pedir los correspondientes justificantes. Será la forma de realizar una compra segura y sin sorpresas.
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Un pensamiento en & ldquo; Afección fiscal en la nota simple: ¿qué es? y rdquo;
Muchas gracias por una explicación técnica tan detallada y esclarecedora. Sois de gran ayuda.
Nos alegra mucho que haya sido de gran ayuda, estamos aquí para ayudarte en cualquier tramite inmobiliario en la capital. Un saludo !