Gastos al vender un piso

Sin comisiones, vende tu piso por 2.950€ + IVA

Te ayudamos a calcular todos los gastos de tu vivienda gratuitamente 

Autor:

Imagen de Juan Pedro Caro

Juan Pedro Caro

Experto en el Mercado Inmobiliario Madrileño

¿Cuáles son los gastos en la venta de tu piso?

Calculadora orientativa

Calculadora de gastos al vender un piso en Madrid

Lo necesitamos para estimar el IRPF. Si no lo recuerdas, puedes dejarlo vacío.

3¿Tienes hipoteca pendiente en este piso?
4¿Tienes ya el certificado energético (CEE)?

Es obligatorio para anunciar el piso. Si no lo tienes, en Templo lo gestionamos por 100 € + IVA.

Importante: todas las cifras son una estimación general y pueden variar según tu caso. El cálculo se hace sin aplicar ninguna exención ni bonificación: no se aplica la exención de IRPF para mayores de 65 años que venden su vivienda habitual, ni la exención por reinvertir en otra vivienda, ni bonificaciones municipales de la plusvalía. Es posible que en tu caso pagues menos.

Aquí verás tu estimación en cuanto pulses «Calcular mis gastos».

La estimación no incluye gastos que dependen de cada caso, como el plano del piso, la ITE del edificio o el certificado de deuda del banco. Puedes ver el detalle de cada gasto en esta misma página.

Gastos antes de la venta

Son los gastos que asumes antes de poner el piso en el mercado. Algunos son obligatorios por ley y otros solo aplican según el caso, pero conviene tenerlos claros desde el primer día.

1

Nota simple

9,02 € + IVA · online

La nota simple la emite el Registro de la Propiedad y refleja la situación jurídica de la vivienda: titularidad y cargas. Es imprescindible en cualquier compraventa.

Online9,02 € + IVA
Presencial (Alcalá 540)3,01 € IVA incl.
Plazo24-48 h
Incluido en la tarifa de Templo. Si vendes tu piso con nosotros, no pagas este coste.
2

Certificado de Eficiencia Energética (CEE)

100 – 300 € + IVA · según tamaño

Es obligatorio para anunciar la vivienda. La normativa exige que el CEE esté disponible al iniciar la comercialización, así que conviene gestionarlo antes de publicar el anuncio.

Además, muchos portales inmobiliarios lo piden y su ausencia penaliza la puntuación del anuncio. El precio varía según los metros del piso.

Obligatorio por ley
3

Plano de la vivienda

100 – 350 € + IVA · según detalle

No es obligatorio, pero ayuda mucho a vender: el comprador entiende la distribución de un vistazo, puede planificar reformas y se evitan malentendidos en las visitas.

Opcional · muy recomendable
4

ITE (Inspección Técnica de Edificios)

Variable lo fija el técnico

Obligatoria en edificios con más de 50 años de antigüedad. A diferencia del CEE, solo puede realizarla un arquitecto, y el precio lo fija libremente el técnico. Si el resultado es desfavorable, la junta de propietarios deberá aprobar derramas para las reformas necesarias.

Valores aproximados

Vivienda unifamiliar150 – 300 €
Edificio de menos de 5 viviendas~ 500 €
Edificio de 6 viviendas~ 450 €
Edificio de 5 – 9 viviendas~ 870 €
Edificio de más de 10 viviendas~ 3.000 €
Pequeñas reformas tras informe desfavorable~ 2.500 €
Obligatoria si el edificio tiene +50 años

¿Cuánto te va a costar a ti? Te calculamos todos los gastos de tu venta, gratis y sin compromiso.

Gastos durante la venta

Son los gastos que aparecen una vez tienes comprador y avanzas hacia la firma. La mayoría son certificados que te va a pedir la notaría, y aquí es donde más sorpresas se llevan los vendedores.

5

Certificado de estar al corriente con la comunidad

~ 30 € + IVA · según administrador

Acredita que no debes cuotas a la comunidad de vecinos. Lo emite el administrador de fincas y la notaría te lo va a exigir: sin él, no se firma. Da tranquilidad al comprador y evita problemas legales posteriores.

Lo pide la notaría
6

Certificado de deuda pendiente del préstamo hipotecario

Variable según entidad bancaria

Lo emite tu banco a petición tuya y confirma cuánto queda por pagar de la hipoteca. Es la cifra que el comprador retendrá el día de la firma para saldar tu préstamo.

Asegúrate de que el certificado incluya los intereses diarios actualizados hasta la fecha de la firma. Si no, el día de la escritura te faltará dinero para cancelar.
7

Certificado de deuda cero o escritura de cancelación

Gratis el banco no puede cobrarlo

Si ya terminaste de pagar la hipoteca pero la carga sigue apareciendo en la nota simple, necesitas acreditar que está cancelada. Solo es obligatorio en ese caso.

El banco no te lo puede cobrar. Según el Banco de España y el artículo 82 de la Ley Hipotecaria, las entidades no están legitimadas para cobrar por emitir este certificado ni por comparecer en notaría. Si te lo intentan cobrar, reclámalo.
8

Certificado de titularidad de cuenta bancaria

12 – 15 € según entidad

Confirma que la cuenta donde vas a recibir el dinero de la venta es tuya. Lo emite tu banco y sirve para verificar la titularidad antes de la transferencia.

CaixaBank15,00 €
BBVA12,40 €
9

Cancelación registral de la hipoteca

400 – 1.100 € según quién lo tramite

Una cosa es liquidar la hipoteca —pagar lo que debes— y otra borrar la carga del Registro de la Propiedad. Este segundo paso es la cancelación registral, y también cuesta dinero.

El precio varía bastante según quién lo gestione: la gestoría del banco del comprador suele ser la opción más cara, un gestor independiente sale mejor de precio, y hacerlo tú mismo es lo más barato pero también lo más laborioso.

Es el gasto más caro de esta fase
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Te calculamos todos los gastos de tu venta

Cada caso es distinto: la plusvalía depende de tu municipio, el IRPF de lo que pagaste en su día y la cancelación de hipoteca de tu banco. Dinos tu situación y te damos la cifra exacta, sin coste y sin compromiso.

Cálculo del IRPF y de la plusvalía municipal
Valoración real de tu piso en el mercado actual
Cuánto te queda limpio después de todos los gastos

Gastos después de la venta

Aquí están las cifras grandes. Los gastos anteriores se miden en decenas o cientos de euros; estos, en miles. Son los honorarios de la inmobiliaria y los impuestos que llegan después de firmar.

10

Honorarios de la inmobiliaria

3 – 5 % del precio de venta

Lo que cobra una inmobiliaria en Madrid suele ser una comisión de entre el 3% y el 5% del precio de venta. En un piso de 300.000 €, eso son entre 9.000 y 15.000 € — con diferencia, el mayor gasto de toda la operación.

Inmobiliaria tradicional 9.000 – 15.000 € comisión del 3-5% sobre 300.000 €
vs
Templo Consulting 2.950 € + IVA tarifa fija, vendas por lo que vendas
Solo cobramos si vendemos. Si la venta no llega a escriturarse, no pagas absolutamente nada.
11

IRPF por la ganancia patrimonial

19 – 28 % sobre la ganancia

Ojo con este punto, porque es donde más gente se equivoca: el IRPF no se paga sobre el precio de venta, sino sobre la ganancia. Y esa ganancia se calcula así:

Valor de transmisión Precio de venta menos honorarios de inmobiliaria, plusvalía municipal y gastos de cancelación de hipoteca.
Valor de adquisición Precio de compra más reformas, impuestos, notaría, registro y honorarios que pagaste al comprar.
=
Ganancia patrimonial Si es positiva, tributa. Si es negativa, no pagas IRPF.

Tramos de la base del ahorro

Hasta 6.000 €19 %
De 6.000 € a 50.000 €21 %
De 50.000 € a 200.000 €23 %
De 200.000 € a 300.000 €27 %
Más de 300.000 €28 %
Los tramos son progresivos por escalones: si ganas 80.000 €, no pagas el 23% de todo. Pagas el 19% de los primeros 6.000 €, el 21% del tramo siguiente, y así sucesivamente.
12

Plusvalía municipal (IIVTNU)

Variable depende del ayuntamiento

La plusvalía municipal —oficialmente, Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana— grava cuánto ha subido el valor del suelo desde que compraste hasta que vendes. La cobra el ayuntamiento, así que varía según el municipio.

Desde 2021 puedes elegir entre dos métodos de cálculo y quedarte con el que te salga más barato:

Método objetivo Se basa en el valor catastral del suelo y en un coeficiente que fija cada ayuntamiento según los años que hayas sido propietario.
Método real Se basa en la diferencia real entre el precio de compra y el de venta, aplicando el porcentaje que representa el suelo sobre el valor catastral.
Elegir bien el método puede suponer una diferencia de miles de euros. Conviene calcular los dos y quedarse con el más bajo. Y si vendes con pérdidas, estás exento de pagarla: no hay incremento de valor, así que no hay impuesto.
13

IBI del año en curso

Prorrateable negociable con el comprador

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles lo paga quien figura como propietario a 1 de enero. Es decir: aunque vendas en marzo, el IBI de ese año te toca a ti.

Pero puedes repercutírselo al comprador. El Tribunal Supremo ha resuelto que, salvo pacto en contrario, el vendedor que abona el IBI puede repercutirlo al comprador en proporción al tiempo que cada uno haya sido propietario ese año. En la práctica, se prorratea en la firma.
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La plusvalía municipal cambia según el municipio

De todos los gastos de esta guía, la plusvalía municipal es el único que cambia según dónde esté el piso. El IRPF, la notaría o el certificado energético cuestan lo mismo en toda España, pero este impuesto lo fija cada ayuntamiento — y las diferencias son mayores de lo que la gente imagina.

La ley estatal marca un tope del 30%, y dentro de ese límite cada municipio decide su tipo. Estos son los que aplican tres de los ayuntamientos más poblados de la Comunidad de Madrid:

Madrid capital Tipo único
29 %

Se aplica el mismo tipo independientemente de los años que hayas tenido la vivienda. Es uno de los más altos del país, muy cerca del tope legal.

Alcorcón Escala por años
27 – 30 %

Aquí el tipo baja cuanto más tiempo hayas sido propietario. Es el único de los tres que premia la permanencia:

Hasta 5 años30 %
De 6 a 10 años29 %
De 11 a 15 años28 %
De 16 a 20 años27 %
Móstoles Tipo único
25 %

El más bajo de los tres. El ayuntamiento lo rebajó desde el 30% que aplicaba anteriormente, lo que lo sitúa por debajo de sus vecinos del sur.

Cinco puntos de diferencia entre municipios vecinos

Un propietario de Alcorcón que vende antes de cinco años tributa al 30%. Con el mismo valor catastral del suelo y los mismos años, en Móstoles tributaría al 25%. Sobre una base imponible de 10.000 €, eso son 3.000 € frente a 2.500 € — un 20% más de impuesto por estar al otro lado del límite municipal.

Comprueba siempre la ordenanza vigente de tu municipio. Los ayuntamientos pueden modificar el tipo cada 1 de enero, y muchos aplican además bonificaciones —de hasta el 95%— en herencias de la vivienda habitual. Si tu municipio no aparece aquí, su ordenanza fiscal está publicada en su sede electrónica.

Preguntas frecuentes sobre gastos al vender un piso en Madrid

¿Quién paga los gastos de notaría al vender un piso?

La ley y la costumbre no dicen lo mismo, y conviene saberlo antes de negociar.

El artículo 1455 del Código Civil establece que los gastos de otorgamiento de escrituras son a cuenta del vendedor, y los de la primera copia y posteriores, a cuenta del comprador — salvo pacto en contrario.

En la práctica, sin embargo, la costumbre en Madrid es que el comprador asuma la notaría al completo. Como la propia ley admite el «pacto en contrario», es un punto negociable: déjalo por escrito en las arras para evitar sorpresas el día de la firma.

¿Qué gastos son deducibles en el IRPF al vender una vivienda?

Deducir bien es lo que más te puede ahorrar, porque reduce directamente la ganancia patrimonial sobre la que tributas. Se dividen en dos grupos:

Se restan del valor de transmisión (la venta)

  • Honorarios de la inmobiliaria
  • Plusvalía municipal
  • Gastos de cancelación de la hipoteca

Se suman al valor de adquisición (la compra)

  • Reformas, si hiciste alguna
  • Los impuestos que pagaste al comprar
  • Honorarios de notaría
  • Honorarios de la inmobiliaria
  • Honorarios del Registro de la Propiedad
Guarda todas las facturas. Sin justificante, Hacienda no admite la deducción. Y ojo: solo cuentan las reformas y mejoras estructurales, no el mantenimiento ordinario ni los muebles.
¿Cuándo estoy exento de pagar el IRPF por la venta?

Hay cuatro supuestos en los que la ganancia patrimonial queda exenta de tributar:

Reinversión en vivienda habitual Si destinas el importe de la venta a comprar otra vivienda habitual en un plazo de dos años. Debes reinvertir el total obtenido, no solo la ganancia.
Mayores de 65 años Si vendes tu vivienda habitual, la exención es total y no hace falta reinvertir. También aplica si inviertes el dinero en una renta vitalicia.
Dependencia severa o gran dependencia Personas en situación de dependencia severa o gran dependencia reconocida.
Dación en pago Cuando entregas la vivienda al banco para cancelar la deuda hipotecaria y no dispones de otros bienes para pagarla.

Estas exenciones afectan solo al IRPF. La plusvalía municipal se paga igualmente al ayuntamiento, salvo que vendas con pérdidas.

Si vendo por mi cuenta, ¿me ahorro todos los gastos?

Te ahorras los honorarios de la inmobiliaria, pero aparecen otros costes que mucha gente no calcula:

  • Redacción del contrato de arras. Si lo encarga a un abogado, tiene un coste; si lo redactas tú, asumes el riesgo de un documento mal hecho — y las arras son el punto donde más operaciones se caen.
  • Anuncios destacados en los portales inmobiliarios, que se pagan por posición y por tiempo.
  • Tu tiempo: gestionar llamadas, organizar visitas, filtrar curiosos y negociar.

Y hay un coste invisible que suele ser el mayor de todos: vender por debajo de precio por no conocer bien el mercado, o perder meses con el piso mal posicionado.

¿Qué pasa si vendo un piso con derramas pendientes?

Puedes vender un piso con derramas pendientes, pero estás obligado a informar al comprador.

Debes revelar cualquier derrama aprobada o planificada por la comunidad de propietarios, indicando qué cuotas se han pagado ya y cuáles quedan pendientes.

Ocultarlo puede salirte muy caro. Si el comprador descubre la derrama después de la compra, puede considerarse un vicio oculto y ser objeto de reclamación legal.
Consultoría Inmobiliaria Integral

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