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La donación es un acto legal mediante el cual una persona, llamada donante, transfiere la propiedad de una vivienda a otra persona, conocida como donatario, sin recibir compensación económica. Esta transferencia voluntaria se realiza con frecuencia entre familiares, especialmente entre padres e hijos. En el caso de viviendas de protección oficial, se deben tener en cuenta ciertas consideraciones particulares, pero el proceso de donación puede llevarse a cabo sin inconvenientes. Al igual que en la compraventa, es necesario respetar un período de espera específico, que varía según el tipo de vivienda, desde el día siguiente de la adquisición hasta un máximo de 10 años en algunos casos.
Existen varios tipos de Viviendas Protegidas, por lo que es importante identificar la tipología específica de tu vivienda para determinar las normativas aplicables y las posibles formas de transmisión.
Tipos de Viviendas Protegidas:
Según su uso:
Según su precio:
Es posible que para llevar a cabo la transmisión sea necesaria una autorización, dependiendo del tiempo transcurrido desde la fecha de calificación definitiva y del tipo de vivienda que poseas. Esto no debería dificultar la operación; simplemente se trata de obtener la documentación requerida.
Al igual que la autorización puede ser un documento necesario que te soliciten en notaria para la escritura de compraventa. ¿Necesitas ayuda para diferencias cuál necesitas y tramitarlo? No te preocupes nos encargamos de todo.
Un informe certifica que no se requiere autorización para realizar la donación de un inmueble protegido (como vivienda, garaje, trastero o local comercial), además de validar el precio máximo legal de venta, el periodo de protección legal, o confirmar si la vivienda ha sido descalificada por haber transcurrido el período de protección.
Puedes solicitar un informe para la venta de:
Cuando se dona una Vivienda de Protección, es obligatorio asignar un valor para calcular los impuestos correspondientes. Aunque la transmisión siga siendo gratuita es esencial para establecer la base imponible.
El valor que se utiliza para la escritura pública y el cálculo de impuestos es el Valor Máximo Legal de Venta (VMLV). Además, existe el valor de referencia catastral, aplicable a todas las viviendas desde el 1 de enero de 2022, que se utiliza para determinar la base imponible de ciertos impuestos al vender una vivienda.
En algunos casos, el VMLV puede ser inferior al valor de referencia catastral. Por lo tanto, se recomienda liquidar los impuestos, incluido el IRPF, basándose en el VMLV. Para garantizar que se está utilizando el valor correcto, es aconsejable obtener un informe de venta que indique el VMLV, especialmente si este es inferior al valor catastral. Este informe puede ayudar a aclarar cualquier posible duda sobre la liquidación de impuestos a un valor menor.
Evalúa las consecuencias fiscales tanto para ti como para el beneficiario, incluyendo el impuesto sobre donaciones, plusvalía municipal, y cualquier otra consideración fiscal relevante.
Aunque el donatario recibe la propiedad sin compensación económica, la donación implica diversas obligaciones fiscales para ambas partes.
Si necesitas ayuda podemos calcular tus impuestos de manera gratuita. Llámanos al 919385678
- Cambio de titularidad
Si el propietario actual desea cambiar la titular de la vivienda, una venta suele ser la forma más común.
- Adquirir una nueva VPO
En Madrid, la normativa no permite que un ciudadano sea propietario de más de una VPO al mismo tiempo. Si el propietario actual desea adquirir una nueva VPO, puede donar su vivienda actual a un familiar para cumplir con la normativa.
- Ayudar a un hijo a independizarse
Los padres pueden donar su VPO a un hijo para ayudarlo a independizarse y establecer su propio hogar. Esto se considera una forma de herencia en vida y puede ser una solución para ayudar a los hijos a acceder a la vivienda.
- Cambio de vivienda habitual
Si el propietario actual desea cambiar su vivienda habitual a otra localidad o tipo de propiedad, puede donar su VPO a un familiar o a otra persona para que esta pueda usarla como vivienda habitual.
- No se puede descalificar la VPO
Si la normativa de la VPO no permite descalificar la vivienda de inmediato (en algunos casos, se requiere esperar hasta 30 años), donar la VPO a un familiar puede ser una alternativa adecuada mientras se espera a que se termine el periodo de protección.
Con más de 10 años de experiencia en Viviendas Protegidas, comprendemos a fondo las ventajas, beneficios y requisitos fiscales asociados a una donación. Realizamos este trámite a diario, lo que nos permite conocer cada paso del proceso en detalle. Nuestro asesor jurídico te garantizará una gestión eficiente y sin complicaciones.
La donación de una VPO es similar a cualquier otra transferencia de vivienda, pero se debe tener en cuenta las particularidades legales de tu propiedad, ya que existen diferentes tipos de protección. Esto determinará la documentación necesaria. Si contratas nuestros servicios, nos encargaremos de todos los trámites por ti.
Somos una consultora inmobiliaria que opera tanto de forma digital como presencial. Esto significa que puedes realizar los trámites de forma remota, sin necesidad de visitar nuestra oficina física. Sin embargo, si prefieres un servicio presencial, también estamos disponibles para atenderte en persona.
EXCELENTE A base de 573 reseñas David2025-10-05Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. No suelo escribir reseñas, porque mi exigencia con las cosas bien hechas suele estar por encima de la media… pero esta vez no he podido resistirme. Vender una casa en pleno mes de agosto parecía misión imposible… hasta que conocimos a Fiorella y Juan Pedro. Desde el primer momento nos transmitieron confianza, profesionalidad y, sobre todo, un compromiso real con nuestro objetivo: lograr la medalla de oro en la carrera contrarreloj que nos había tocado vivir tras un inesperado revés bancario, antes de que vencieran las arras de nuestra futura nueva casa. Gracias a su dedicación, constancia y profundo conocimiento del mercado —que nos ayudó a ver con claridad las posibilidades reales— consiguieron lo que para nosotros era impensable: vender nuestra vivienda en tiempo récord, con total transparencia, sin letra pequeña, y acompañándonos en cada paso del proceso. No fueron solo agentes inmobiliarios: fueron auténticos salvadores en un momento clave para nuestra familia. Siempre disponibles, atentos a cada detalle y con una cercanía que hizo todo mucho más fácil. Nunca olvidaré la compañía de Fio durante el camino ni esa llamada de Juanpe al cierre de la operación, cuando con las llaves de la nueva casa en la mano pude compartir la inmensa alegría de haberlo conseguido. Recomiendo a Templo Consulting sin dudarlo: si alguien puede hacer posible lo imposible, son ellos. Patricia López2025-09-29Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Excelente la información y el trato recibido de Juan Pedro, sin duda alguna, al momento de materializar nuestra compra de vivienda, negociaremos la hipetecas a través de Juan Pedro y Templo Consulting. Son profesionales serios y muy agradables, muy dados a colaborar y ayudar a quienes como nosotros, estamos faltos de información relacionada a aspectos legales y financieros. Muchas gracias Juan Pedro Diego Bollati2025-09-29Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Contacté con Templo Consulting para resolver unas dudas sobre el régimen de las Viviendas de Precio Limitado (VPL) en la Comunidad de Madrid. Me atendieron con rapidez y demostraron un gran conocimiento del tema. Muy recomendable. adrian dumitrescu2025-09-23Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Nos atendió Fiorella gran profesional y siempre pendiente de todos los detalles José Guil2025-09-23Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Contacte con Templo Consulting para iniciar el proceso de descalificación de la vivienda. Desde el primer momento todo fueron facilidades y con un asesoramiento impecable por parte de Clara. Me ha mantenido informado de cada paso y me ha asesorado siempre que lo he necesitado. Y además el tiempo de espera del proceso completo ha sido menor al esperado gracias a sus gestiones. Sólo puedo felicitarles por su excelente trabajo. juan antonio bernardo2025-09-16Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. He tramitado la venta de la vivienda y todo el proceso se ha desarrollado de manera satisfactoria, con muy buen servicio y atención, en especial por parte de Fiorella que ha acompañado durante todo el tiempo y manteniendo perfectamente informado de todo. Totalmente agradecido. Camino Barh2025-09-12Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. De todas las inmobiliarias con las que he tratado a lo largo de los años está ha sido sin lugar a dudas la mejor. Fiorella estuvo durante todo el proceso con nosotros, muy profesional, amable, siempre pendiente de todo... Hizo que la compra de nuestra vivienda pareciese un proceso muy sencillo y siempre con gran transparencia. La recomendaría sin dudarlo. Francisco2025-09-10Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy formados y especializados en la venta de viviendas del plan 18.000. No le pongo las 5⭐ por la comercial qué nos tocó. En ningún momento fue clara con nosotros respecto al alargamiento en el tiempo para la firma del contrato de Arras. Me molesta qué "M." no nos hablara claro desde el principio. Lo qué consiguió fue crispación entre ambas partes. Situación innecesaria. Ana Maria Ayuso Gonzalvo2025-09-08Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Hemos vendido la casa heredada de nuestros padres y desde el primer momento la atención del equipo de Templo Consulting ha sido muy profesional. Queremos agradecer especialmente el trabajo realizado por Melina, que ha sido excepcional y nos ha hecho sentir acompañadas en la gestión con rapidez y calidad!
Vendemos o donamos tu VPO en Madrid
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Podemos pensar que donar una vivienda, ya sea VPO o una libre, puede ser algo sencillo, pero no debemos olvidar que puede tener sus complicaciones en el futuro. Al donar una vivienda, ésta pasa a ser propiedad del donatario, por lo tanto, en el caso de que éste fallezca la vivienda se deberá repartir a partes iguales entre los herederos. Esto podría suponer un conflicto entre herederos, ya que el donante (primer propietario) estaría recibiendo la mitad de algo por lo que ya pagó en su totalidad.
Antes de realizar este tipo de trámites, es conveniente llegar a un acuerdo entre ambas partes y dejarlo todo por escrito para evitar conflictos a largo plazo.
- Impuesto de Sucesiones y Donaciones
Este impuesto debe presentarse cuando una persona transfiere bienes o derechos a otra de forma gratuita durante su vida. Programa una cita para realizar autoliquidaciones del Impuesto sobre Donaciones. Este servicio está disponible solo para el sujeto pasivo de la operación o para un familiar cercano (ascendientes, descendientes o cónyuge). En el día de la cita, un técnico se pondrá en contacto contigo por teléfono para llevar a cabo el pago y la presentación electrónica.
Puedes solicitar tu cita de las siguientes formas:
Al solicitar la cita, envía la escritura o documento privado que certifique la donación. Si no lo envías, no podremos preparar las autoliquidaciones y la cita será cancelada. Tienes 30 días hábiles a partir del día siguiente a la formalización del acto o contrato gravado para presentar la documentación.
El impuesto debe presentarse en la Comunidad de Madrid si los bienes inmuebles donados están ubicados en esta región. Las donaciones de otros bienes y derechos tributan en la Comunidad de Madrid si el donatario (la persona que recibe los bienes y derechos) ha tenido su domicilio fiscal en la comunidad durante la mayor parte de los últimos cinco años.
Si has solicitado cita para la autoliquidación electrónica: Adjunta el documento notarial, judicial, administrativo o privado que establezca el hecho imponible sujeto a este impuesto (prepáralo en un único archivo PDF al solicitar la cita).
Si no has solicitado cita para la autoliquidación: Recuerda pedir cita para presentar la documentación, y asegúrate de acudir con:
- Plusvalía Municipal
Cuando se lleva a cabo una transmisión entre vivos de terrenos o la creación o transferencia de un derecho real de uso restringido del dominio, ya sea de forma onerosa (como en compraventas, expropiaciones, derecho de superficie, permutas, etc.) o de forma lucrativa (por ejemplo, donaciones), se produce el hecho imponible correspondiente al impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
En tales transmisiones de terrenos o en la creación o transmisión de derechos reales de uso restringido del dominio entre vivos, el sujeto pasivo responsable de realizar la autoliquidación o declaración tributaria dependerá de si la transacción es a título lucrativo (gratuito) u oneroso (con precio).
Por lo tanto, el sujeto pasivo o contribuyente será:
El comprador del terreno o aquel a cuyo favor se constituya o transfiera el derecho real en casos de transacciones a título lucrativo (gratuitas), como por ejemplo en caso de recibir una donación.
El sujeto pasivo o contribuyente puede ser una persona física o jurídica, o la entidad mencionada en el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. En las transmisiones entre vivos y en la creación de derechos reales de uso, así como en las donaciones, se debe cumplir con las obligaciones tributarias dentro de los 30 días hábiles siguientes a la ocurrencia del hecho
- IRPF
Si el valor de la propiedad es superior al precio que el propietario pagó por ella, el donante deberá pagar IRPF, ya que se considerará una ganancia patrimonial en la declaración de la renta. Los porcentajes de tributación varían entre el 19% y el 26%, según el nivel de ganancia.
Para calcular la ganancia patrimonial de una donación:
Ganancia patrimonial = (Valor de adquisición + gastos) – (Valor de transmisión – gastos)
- Excepciones que pueden liberar al donatario de pagar el IRPF
Transmisión de la vivienda habitual por mayores de 65 años o personas en situación de dependencia: Las ganancias obtenidas por la venta de la vivienda habitual están exentas para mayores de 65 años o personas en situación de dependencia. Esto incluye la transmisión de la nuda propiedad con usufructo vitalicio.
Pago de deudas tributarias con bienes del Patrimonio Histórico Español: No se gravan las ganancias derivadas del pago de deudas tributarias mediante la entrega de bienes del Patrimonio Histórico Español, conforme a la normativa vigente.
Dación en pago de la vivienda habitual: Las ganancias obtenidas de la dación en pago de la vivienda habitual están exentas si se utiliza para cancelar deudas hipotecarias con entidades de crédito o similares.
Exención por reinversión en vivienda habitual: Las ganancias obtenidas por la venta de la vivienda habitual están exentas si el importe se reinvierte en otra vivienda habitual o en la rehabilitación de una vivienda, de acuerdo a las condiciones reglamentarias.
Exención por reinversión en otra entidad nueva o reciente: Las ganancias obtenidas por la venta de acciones de empresas nuevas o recientes están exentas si el importe se reinvierte en adquirir acciones de dichas entidades, siguiendo la normativa vigente.
Exención por reinversión en rentas vitalicias: Las ganancias de la venta de elementos patrimoniales por contribuyentes mayores de 65 años están exentas si se reinvierten en una renta vitalicia asegurada dentro de seis meses. El máximo permitido para este propósito es de 240.000 euros.
Transmisión de acciones o participaciones de empresas adquiridas entre 2011 y 2013: Están exentas las ganancias obtenidas por la venta de acciones adquiridas entre julio de 2011 y septiembre de 2013, siempre que permanezcan en el patrimonio del contribuyente por más de tres años.
Ayudas excepcionales por daños causados por desastres naturales: Las ayudas para daños personales causados por desastres naturales, como borrasca Filomena o erupciones volcánicas en La Palma, están exentas.
Ayudas para compensar los costos en edificaciones afectadas por el dividendo digital: No se gravan las ayudas otorgadas para compensar costos derivados de la recepción o acceso a servicios de comunicación audiovisual en edificaciones afectadas por el dividendo digital.
Subvenciones y ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios: No se gravan las ayudas otorgadas para rehabilitación energética en edificios, según lo establecido por los Reales Decretos vigentes.
Transmisión de inmuebles urbanos adquiridos entre 2012: Está exenta el 50% de la ganancia obtenida por la transmisión de inmuebles urbanos adquiridos entre mayo y diciembre de 2012.
Rentas obtenidas por deudores en procedimientos concursales: Las rentas obtenidas por deudores en procedimientos concursales están exentas siempre que las deudas no provengan de actividades económicas.
Indemnizaciones percibidas por familiares de víctimas del vuelo GWI9525: Las indemnizaciones recibidas por los familiares de las víctimas del vuelo GWI9525 están exentas desde el 31 de marzo de 2022 y ejercicios anteriores no prescritos.
Los pronósticos para la vivienda en 2021 no fueron muy favorables. Hubieron caídas de hasta un 10% que se mantuvieron durante todo el 2021 y parte del 2022. A lo largo de 2023 y entrando en 2024, el mercado inmobiliario en España ha experimentado una recuperación gradual, adaptándose a la nueva normalidad post-Covid-19. A pesar de las dificultades iniciales, la demanda de vivienda ha comenzado a repuntar, influenciada por la mejora en la situación económica y las políticas de estímulo implementadas por el gobierno.
Los precios, tras la caída registrada durante la pandemia, han empezado a estabilizarse e incluso a mostrar signos de aumento en determinadas zonas, reflejo de una recuperación del sector. En cuanto a la Vivienda Protegida, su importancia en Madrid y otras regiones ha seguido creciendo, con una demanda que supera a la oferta disponible. Los esfuerzos del Ayuntamiento y de la Comunidad de Madrid por fomentar este tipo de vivienda han continuado, ampliando los planes de construcción y mejorando las condiciones de acceso. La adaptación de las políticas de vivienda, al mercado inmobiliario en Madrid busca responder de manera más efectiva a las necesidades de las familias, especialmente aquellas en situaciones de vulnerabilidad económica. La tendencia hacia la sostenibilidad y la inclusión social se ha fortalecido, con un enfoque en la creación de comunidades más resilientes y accesibles para todos.
En Templo Consulting somos especialistas en el sector. Con nuestra amplia experiencia, te ayudamos a gestionar todos los trámites, agilizando el proceso y ahorrándote dinero. Desde tu primera consulta gratuita, te asesoramos sobre la situación de la vivienda y las mejores opciones para ti.
Contáctanos sin compromiso al 919 38 56 78 o déjanos tus datos.
¡Somos expertos en toda la comunidad de Madrid!
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