📋 Guía fiscal · Madrid
¿Qué impuestos se pagan
al vender un piso?
Impuestos al vender un piso: todo lo que necesitas saber
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¿Qué impuestos hay que pagar por la venta de una vivienda?

Si estás considerando vender tu casa en Madrid, es importante tener en cuenta que no solo se generarán ingresos, sino que también habrá una serie de gastos en forma de impuestos que deberás asumir. En Templo Consulting, nos aseguramos de que tengas toda la información necesaria para tomar las mejores decisiones durante el proceso de venta. Te proporcionamos todos los detalles sobre los impuestos que debes tener en cuenta al vender tu propiedad en Madrid.

1. IRPF Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) se encuentra parcialmente cedido a las Comunidades Autónomas. Este impuesto, de carácter personal y directo, grava la renta de los individuos en función de sus circunstancias personales y familiares específicas.

Tramos del IRPF para ganancias patrimoniales

Tramo Ganancia patrimonial Tipo
T1 Hasta 6.000 € 19%
T2 Desde 6.001 € hasta 50.000 € 21%
T3 Desde 50.001 € hasta 200.000 € 23%
T4 Desde 200.001 € hasta 300.000 € 27%
T5 Desde 300.001 € en adelante 30%

¿Cómo calcular el IRPF por la venta de una vivienda?

1
Calcula el valor de transmisión

El valor de transmisión hace referencia al importe de venta de la vivienda, descontando los costes y gravámenes asociados a la transacción inmobiliaria.

Es necesario restar del precio de venta los diversos gastos e impuestos asociados a la operación, tales como honorarios inmobiliarios, plusvalía municipal y los costes de cancelación de la hipoteca.

Ejemplo práctico
Precio de venta 120.000 €
Gastos deducibles
Honorarios agencia (2.950 € + 21% IVA) − 3.569 €
Plusvalía Municipal − 1.400 €
Gastos de cancelación hipoteca − 500 €
Valor de transmisión 117.331 €
2
Calcula el valor de adquisición de la vivienda

El valor de adquisición se refiere al precio que pagaste cuando compraste la propiedad, más las inversiones y mejoras, gastos y tributos inherentes a la operación.

Para calcular el valor de adquisición, es preciso agregar al precio de compra de la vivienda los costes de posibles reformas, así como los gastos e impuestos asociados a la adquisición que fueron abonados en su momento.

Ejemplo práctico
Precio de compra 90.000 €
Gastos de compra
Notaría + 400 €
Registro + 300 €
ITP + 5.400 €
Valor de adquisición 96.100 €
3
Calcula la ganancia patrimonial

Equivale a la diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición.

Ejemplo práctico
Valor de transmisión 117.331 €
Valor de adquisición − 96.100 €
Ganancia patrimonial 21.231 €
¿Qué significa el resultado?

Resultado positivo: será necesario abonar el IRPF sobre la ganancia patrimonial obtenida.

Resultado negativo: deberás declarar la venta, pero no estarás sujeto al pago del IRPF.

Resultado igual a cero: tampoco será requerido el pago del IRPF.

4
Cálculo final del IRPF

En situaciones donde la diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición sea positiva, será necesario multiplicarla por el tipo impositivo correspondiente a tu nivel de ingresos.

Ejemplo práctico
Ganancia patrimonial 21.231 €
Aplicación de tramos
T1 Primeros 6.000 € × 19%
1.140 €
T2 Resto hasta 21.231 € (15.231 €) × 21%
3.198,51 €
Total IRPF a pagar
(tipo efectivo 20,42%) 4.338,51 €

¿Cuáles son las exenciones al pago del IRPF al vender una vivienda?

Existen hasta 4 situaciones en las que podrías no pagar IRPF al vender tu vivienda: reinversión en vivienda habitual, ser mayor de 65 años, dependencia severa o dación en pago. ¿Crees que podrías estar exento? Descubre todos los detalles y requisitos.

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2. Plusvalía Municipal

La Plusvalía Municipal en Madrid, también conocida como Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), es un impuesto municipal que se aplica al aumento del valor de los terrenos urbanos al momento de su transmisión o al establecer o transferir derechos reales sobre ellos.

¿Cómo calcular la plusvalía municipal?

Este impuesto es gestionado por los ayuntamientos, por lo que debes abonarlo en la oficina de Hacienda correspondiente a tu comunidad autónoma. En cuanto al cálculo, actualmente existen dos métodos disponibles para su determinación, y tienes la libertad de elegir el que te resulte más adecuado para tu situación.

Existen dos métodos para calcular la plusvalía municipal:

Los campos marcados con son obligatorios.

Datos de la transmisión

Introduzca los datos relativos a la transmisión del bien.

Datos de adquisición del bien inmueble

Introduzca los datos relativos a la adquisición del bien. Puede añadir hasta 4 adquisiciones. La suma de todas las porciones debe equivaler al 100% de la posesión del inmueble. Cuando haya introducido todas las adquisiciones pulse "Calcular".

Resultado estimado
Plusvalía municipal estimada

⚠ Cálculo orientativo basado en los coeficientes del Ayuntamiento de Madrid. Se aplica automáticamente el método más beneficioso para el contribuyente.

¿Necesitas el cálculo exacto? Llámanos al 919 385 678 — lo hacemos gratis.

📐
Método 1
Método Objetivo

Tiene en cuenta las siguientes variables:

El valor catastral del suelo en el momento de la transacción.
El coeficiente establecido por cada ayuntamiento, el cual varía en función del periodo de propiedad del inmueble.
🏷️
Método 2
Método Real

Tiene en cuenta las siguientes variables:

El precio de venta de la vivienda.
El precio de compra de la propiedad.
El porcentaje del valor catastral que corresponde al valor del suelo.

¿Necesitas ayuda para calcular la Plusvalía Municipal? Estaremos encantados de ayudarte y realizar el cálculo de forma gratuita.

¿Cuándo se está exento de pagar la plusvalía municipal?

La plusvalía municipal no se paga en estos casos:

  • Cuando vendes el inmueble con pérdidas (desde noviembre de 2021).

  • Si el terreno no ha aumentado de valor desde que lo compraste.

  • En transferencias entre cónyuges por separación, reparto de bienes o en beneficio de hijos.

  • Si el inmueble es patrimonio cultural y se han hecho obras de conservación exigidas.

  • Cuando la propiedad pertenece o se transmite por entidades públicas o benéficas (como el Estado o Cruz Roja).

  • En terrenos rústicos o en casos de dación en pago de la vivienda habitual (para saldar una hipoteca).

  • En la extinción de un proindiviso, ya que no se considera una venta (se aplaza el impuesto hasta una futura transmisión).

3. IBI Impuesto sobre Bienes Inmuebles

El IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) es un impuesto anual recaudado por los ayuntamientos como parte sus recursos de financiación. Es responsabilidad del propietario de la vivienda abonarlo durante toda la posesión del inmueble, incluyendo el año en que se efectúe la venta de la propiedad.

¿Quién paga el IBI en una compraventa?

En una compraventa, el IBI suele ser responsabilidad del propietario que esté registrado como tal a 1 de enero. Por lo tanto, en la transacción, el vendedor será quien deba abonar este impuesto a menos que exista un acuerdo específico entre las partes que establezca lo contrario.

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Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR)

Al vender un inmueble en España se genera una obligación fiscal independientemente de si el vendedor reside o no en el país. Si el vendedor no tiene residencia fiscal en España, la ganancia tributa por el IRNR en lugar del IRPF.

📅

Permanencia de 183 días

Si permaneces en España 183 días o más durante el año natural, eres considerado residente fiscal.

💼

Centro de intereses económicos

Si tienes en España el núcleo principal de tus actividades o intereses económicos, ya sea de forma directa o indirecta.

1
Calcula la ganancia o pérdida patrimonial igual que en el IRPF: precio de transmisión menos precio de adquisición, incluyendo gastos, mejoras y amortizaciones.
2
Aplica un tipo fijo del 19% sobre la ganancia obtenida, independientemente del importe.
3
El comprador retiene el 3% del precio de compraventa y lo ingresa en Hacienda en el plazo de 1 mes mediante el Modelo 211.
4
El vendedor dispone de 3 meses (desde que vence el plazo del comprador) para presentar su liquidación mediante el Modelo 210, incluso si el resultado es negativo.
Saldo a liquidar por el vendedor
19% × ganancia patrimonial 3% retenido por el comprador = Cuota a pagar
🏠

Exención por reinversión en vivienda habitual

Disponible para residentes en la Unión Europea, Islandia, Noruega y Liechtenstein (desde el 11 de julio de 2021).

🇪🇺 Unión Europea 🇮🇸 Islandia 🇳🇴 Noruega 🇱🇮 Liechtenstein
"Los contribuyentes residentes en un Estado miembro de la Unión Europea podrán excluir de gravamen las ganancias patrimoniales obtenidas por la venta de su vivienda habitual en España, siempre que el importe total obtenido se reinvierta en la compra de una nueva vivienda habitual. Si la cantidad reinvertida es menor que el total recibido por la venta, solo se excluirá de tributación la parte proporcional de la ganancia patrimonial correspondiente a la cantidad reinvertida."
Importante: también deben tenerse en cuenta los posibles convenios de doble imposición firmados entre España y el país de residencia del vendedor.

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📍

Templo Consulting Inmobiliaria

Madrid, España

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