Precio Máximo Venta VPO

La Comunidad de Madrid actualiza los precios de Vivienda Protegida

Realizamos de forma gratuita el cálculo del valor máximo legal de venta de tu vivienda (VMLV)

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Los nuevos precios de los módulos de vivienda protegida en la Comunidad de Madrid

Lo primero es identificar el tipo de protección de tu vivienda y la normativa a la que está sujeta. Después, consulta las tablas actualizadas para conocer los precios máximos legales de venta, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden del 15 de febrero de 2024.

Orden de 15/02/2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se establecen los precios de las viviendas con protección pública en la Comunidad de Madrid – B.O.C.M. de fecha 22/02/2024.

Disposición Adicional Tercera del Decreto 74/2009, de 30 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad de Madrid. 

Vender vivienda protegida en Madrid nuevos precios del valor máximo legal de venta

Calcular valor máximo legal de venta para vender una vivienda protegida en Madrid

  • ZONA A: Alcobendas, Boadilla del Monte, Las Rozas de Madrid, Madrid, Majadahonda, Pozuelo de Alarcón, San Sebastián de los Reyes y Tres Cantos.
  • ZONA B: Ajalvir, Alcalá de Henares, Alcorcón, Algete, Aranjuez, Arganda del Rey, Arroyomolinos, Brunete, Ciempozuelos, Cobeña, Collado Villalba, Colmenarejo, Colmenar Viejo, Coslada, El Escorial, Fuenlabrada, Fuente el Saz de Jarama, Galapagar, Getafe, Humanes de Madrid, Leganés, Mejorada del Campo, Moraleja de Enmedio, Móstoles, Navalcarnero, Paracuellos de Jarama, Parla, Pinto, Rivas-Vaciamadrid, San Agustín de Guadalix, San Fernando de Henares, San Lorenzo de El Escorial, San Martín de la Vega, Torrejón de Ardoz, Torrelodones, Valdemoro, Velilla de San Antonio, Villanueva de la Cañada, Villanueva del Pardillo y Villaviciosa de Odón. 
  • ZONA C: integrada por el resto de municipios de la Comunidad de Madrid.

* Si el promotor o el adquirente hubiesen obtenido ayudas al amparo del Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, el precio máximo de venta por metro cuadrado de superficie útil en segundas o posteriores transmisiones se calculará aplicando al precio de venta inicial actualizado según la variación del Índice de Precios de Consumo registrado desde la fecha de la primera transmisión hasta la de la segunda o ulterior transmisión de que se trate, un coeficiente que será igual a 1,5.

 

Precios anteriores:

Orden de 15/02/2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se establecen los
precios de las viviendas con protección pública en la Comunidad de Madrid
PRECIOS MÁXIMOS DE VENTA (€/M2 ÚTIL)

Vender VPPB con precio actualizado

  • ZONA A: Alcobendas, Boadilla del Monte, Las Rozas de Madrid, Madrid, Majadahonda, Pozuelo de Alarcón, San Sebastián de los Reyes y Tres Cantos.
  • ZONA B: Ajalvir, Alcalá de Henares, Alcorcón, Algete, Aranjuez, Arganda del Rey, Arroyomolinos,Brunete, Ciempozuelos, Cobeña, Collado Villalba, Colmenarejo, Colmenar Viejo,Coslada, El Escorial, Fuenlabrada, Fuente el Saz de Jarama, Galapagar, Getafe, Humanesde Madrid, Leganés, Mejorada del Campo, Moraleja de Enmedio, Móstoles,
    Navalcarnero, Paracuellos de Jarama, Parla, Pinto, Rivas-Vaciamadrid, San Agustín de Guadalix, San Fernando de Henares, San Lorenzo de El Escorial, San Martín de la Vega, Torrejón de Ardoz, Torrelodones, Valdemoro, Velilla de San Antonio, Villanueva de la Cañada, Villanueva del Pardillo y Villaviciosa de Odón.
  • ZONA C: integrada por el resto de municipios de la Comunidad de la Madrid.

    * Si el promotor o el adquirente hubiesen obtenido ayudas al amparo del Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, el precio máximo de venta por metro cuadrado de superficie útil en segundas o posteriores
    transmisiones se calculará aplicando al precio de venta inicial actualizado según la variación del Indice de Precios de Consumo registrado desde la fecha de la primera transmisión hasta la de la segunda o ulterior
    transmisión de que se trate, un coeficiente que será igual a 1,5.

Precios anteriores VPPB

VPPB tabla antigua

Calcular Valor Máximo Legal de Venta en Madrid de una VPPL

  • ZONA A: Alcobendas, Boadilla del Monte, Las Rozas de Madrid, Madrid, Majadahonda, Pozuelo de Alarcón, San Sebastián de los Reyes y Tres Cantos.
  • ZONA B: Ajalvir, Alcalá de Henares, Alcorcón, Algete, Aranjuez, Arganda del Rey, Arroyomolinos, Brunete, Ciempozuelos, Cobeña, Collado Villalba, Colmenarejo, Colmenar Viejo, Coslada, El Escorial, Fuenlabrada, Fuente el Saz de Jarama, Galapagar, Getafe, Humanes de Madrid, Leganés, Mejorada del Campo, Moraleja de Enmedio, Móstoles,
    Navalcarnero, Paracuellos de Jarama, Parla, Pinto, Rivas-Vaciamadrid, San Agustín de Guadalix, San Fernando de Henares, San Lorenzo de El Escorial, San Martín de la Vega, Torrejón de Ardoz, Torrelodones, Valdemoro, Velilla de San Antonio, Villanueva de la Cañada, Villanueva del Pardillo y Villaviciosa de Odón.
  • ZONA C: integrada por el resto de municipios de la Comunidad de la Madrid.

    * Si el promotor o el adquirente hubiesen obtenido ayudas al amparo del Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, el precio máximo de venta por metro cuadrado de superficie útil en segundas o posteriores
    transmisiones se calculará aplicando al precio de venta inicial actualizado según la variación del Indice de Precios de Consumo registrado desde la fecha de la primera transmisión hasta la de la segunda o ulterior
    transmisión de que se trate, un coeficiente que será igual a 1,5.

Precios anteriores VPPL

VPPL precios desactualizados de vivienda Protedia

Orden de 15/02/2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se establecen los precios de las viviendas con protección pública en la Comunidad de Madrid – B.O.C.M. de fecha 22/02/2024 Disposición Adicional Segunda del Decreto 74/2009, de 30 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad de Madrid.

Precios actualizados viviendas de protección de promocion publica

  • ZONA A: Alcobendas, Boadilla del Monte, Las Rozas de Madrid, Madrid, Majadahonda, Pozuelo de Alarcón, San Sebastián de los Reyes y Tres Cantos.
  • ZONA B: Ajalvir, Alcalá de Henares, Alcorcón, Algete, Aranjuez, Arganda del Rey, Arroyomolinos,Brunete, Ciempozuelos, Cobeña, Collado Villalba, Colmenarejo, Colmenar Viejo, Coslada, El Escorial, Fuenlabrada, Fuente el Saz de Jarama, Galapagar, Getafe,
    Humanes de Madrid, Leganés, Mejorada del Campo, Moraleja de Enmedio, Móstoles, Navalcarnero, Paracuellos de Jarama, Parla, Pinto, Rivas-Vaciamadrid, San Agustín de Guadalix, San Fernando de Henares, San Lorenzo de El Escorial, San Martín de la Vega,Torrejón de Ardoz, Torrelodones, Valdemoro, Velilla de San Antonio, Villanueva de la Cañada, Villanueva del Pardillo y Villaviciosa de Odón.
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Precios anteriores

Vende tu Vivienda Protegida por 2.950€ + IVA

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La Comunidad de Madrid actualiza precios de viviendas protegidas tras 16 años

El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 22 de febrero de 2024 ha publicado la Orden, de 15 de febrero de 2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se establecen los precios de las viviendas con protección pública en la Comunidad de Madrid.

Para determinar el Valor Máximo de Venta (VMLV) de una Vivienda Protegida en la Comunidad de Madrid, es fundamental seguir la normativa actual sobre vivienda protegida. 

Consideraciones Generales:

  • La superficie a considerar para el cálculo será la superficie útil definida en la normativa correspondiente y reflejada en la Cédula de Calificación Definitiva.
  • Para garajes cerrados y trasteros, la superficie máxima computable es de 25 m² y 8 m² respectivamente.
  • Se recomienda contar con la Cédula de Calificación Definitiva y el Informe de Venta. En caso de necesitar asistencia en la gestión, ofrecemos nuestros servicios.
  • Existe un derecho de tanteo y retracto a favor de la Comunidad de Madrid según lo establecido en la Orden 2907/2005, de 23 de septiembre. Por lo tanto, es necesario solicitar la Autorización de Venta para segundas y posteriores transmisiones. Es importante tener en cuenta que si las viviendas fueron promovidas por una administración local o empresa municipal, es probable que también exista un derecho de tanteo y retracto adicional, por lo que se requerirá su permiso o renuncia. Esta información suele estar documentada en la Nota Simple Informativa del Registro de la Propiedad o en las Escrituras de propiedad.

Ejemplo sin financiación cualificada (Real Decreto 801/2005):

 

Datos del inmueble

  • Municipio: Madrid (zona A)
  • Tipología: VPO régimen general y especial
  • Superficie útil de la vivienda: 80 m²
  • Superficie útil del garaje vinculado: 25 m²
  • Superficie útil del trastero vinculado: 8 m²

Según las tablas anteriores, el módulo de aplicación para establecer el Valor Máximo Legal de Venta actualizado (VMLV) de la vivienda para Madrid capital (zona A), tipología de vivienda VPO régimen general y especial asciende a 2.450,00 €/m². El módulo para anejos de  plaza de garaje y trastero vinculada se corresponde con el 60% de la vivienda, por lo que asciende a 1.470,00 €/m².

 

Vivienda:

80m2 x 2.450,00€/m2 = 196.000€

 

Garaje:

25m2 x 1.470,00€/m2 = 36.750€

 

Trastero:

8m2 x 1.470,00€/m2 = 11.760€

 

 

Total Valor Máximo Legal de Venta (VMLV)

 

196.000€ + 36.750€ + 11.760€ = 244.510 €

Cálculo de la Renta Máxima Inicial de una vivienda

1) Para calcular la Renta Máxima inicial que podrá establecerse en el contrato de arrendamiento es necesario en primer lugar conocer el Precio Máximo Legal de Venta. (en adelante PMLV), el cual varía en función de la tipología de la vivienda y de la zona en la que esté ubicada.

El Precio Máximo Legal de Venta (PMLV) se establece mediante Orden de la Consejería competente en materia de vivienda de la Comunidad de Madrid en función de la zona en la que se encuentre el municipio donde se sitúa la vivienda y por metro cuadrado de superficie útil  de vivienda.

Para todas las viviendas en arrendamiento, independientemente de que se acojan o no al Decreto 801, el cálculo de la Renta Máxima se realizará aplicando las tablas.

2) En segundo lugar y una vez conocido el Precio Máximo Legal de Venta (PMLV), deberá aplicarse sobre el mismo un porcentaje que también varía en función del tipo de vivienda de que se trate y que se expone a continuación:

Tipo de viviendaPorcentaje
VPO – Régimen General5,5 %
VPO – Régimen Especial5,5 %
VPP – Decreto 11/2005 y anteriores5,5 %
VPP – Decreto 74/20095,5 %

Ejemplo:

Para una vivienda con Protección Pública de Precio Básica (VPPB), calificada al amparo del Decreto 74/2009 y situada en Madrid (Zona A),  el precio máximo de venta por metro cuadrado de superficie útil asciende a 2.450,00 €.

Así, para una vivienda de 80 mútiles:

• VMLV = 2.450,00 € x 80 m2 útiles = 196.000 €

Por lo tanto, la Renta Máxima Inicial Anual (RMIA) será:

• RMIA =196.000 € x 5,5 % = 10.780 €

Finalmente, la Renta Máxima Inicial Mensual (RMIM) será:

• RMIM = 10.780 € / 12 = 898,33 €

El Valor Máximo Legal de Venta en segundas transmisiones de viviendas con Protección Pública y de viviendas de Promoción Privada, bajo las medidas de financiación establecidas en el Real Decreto 801/2005, se determina actualizando el precio inicial mediante la variación anual del Índice de Precios de Consumo (IPC). A diferencia de otras tipologías que utilizan tablas, en este caso se aplica el IPC desde la primera transmisión hasta la segunda o ulterior transmisión, multiplicado por un coeficiente de 1,5.
En resumen, este proceso implica ajustar el Precio Máximo de Venta indicado en la Cédula de Calificación Definitiva según la variación del IPC y luego multiplicarlo por 1,5. La particularidad de esta tipología de vivienda protegida acogida al Real Decreto 801/2005 es que se calcula mediante una fórmula específica, a diferencia de otras donde el cálculo se basa únicamente en las tablas y la cantidad de metros cuadrados útiles.

Ejemplo

Datos del inmueble:

  • Municipio: Madrid (zona A)
  • Tipología: VPPB
  • Superficie útil de la vivienda: 90 m²
  • Superficie útil del garaje cerrado vinculado: 25 m²
  • Superficie útil del trastero vinculado: 8 m²
  • Fecha de compraventa o adjudicación del inmueble: 01/01/2006
  • Fecha de venta: 01/01/2012
  • Precio Máximo de Venta consignada en la Cédula de Calificación Definitiva: 161.852,88 €

En este caso se trata de actualiza el Precio Máximo de Venta que consta en la Cédula de Calificación Definitiva conforme a la variación del IPC durante ese período de tiempo. En este caso la variación es del 14,5% (puedes consultar el INE)

Aplicamos la fórmula:

  • VMLV = [161.852,88 € + (161.852,88 x 0,145)] x 1,5 = 277.982,32 €

Precios de Vivienda Protegida en Madrid 2025

La Dirección General de Vivienda y Rehabilitación nos ha proporcionado información sobre cómo se calculará la subida del Valor Máximo Legal de Venta de las viviendas protegidas.

 

Según la Orden del 15 de febrero de 2024, publicada por la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, se establece lo siguiente:

 

A partir del 1 de enero de 2025, los precios máximos de las viviendas protegidas se actualizarán automáticamente cada año. Esta actualización se realizará de la siguiente manera:

 

  • Se aplicará la variación porcentual del Índice de Precios al Consumo (IPC) vigente en la fecha de actualización.
  • La actualización se llevará a cabo el primer día de cada año.
  • La dirección general competente en materia de vivienda, publicará los nuevos precios máximos actualizados durante el primer trimestre de cada año.
  • Los precios actualizados entrarán en vigor el 1 de enero, independientemente de cuándo se publiquen.

Es importante destacar que la orden no especifica exactamente qué periodo del IPC se utilizará para el cálculoNo se menciona si se comparará diciembre con enero del año siguiente, o si se utilizará el IPC anual del año terminado. 

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¿Cuándo es necesaria la autorización de venta?

Durante el periodo de protección legal de esta vivienda, la venta no podrá realizarse hasta que hayan pasado cinco años desde su adquisición, a menos que exista una causa justificada.

Cuando se haya obtenido un préstamo cualificado y/o se hayan recibido ayudas para la adquisición, y se pretenda llevar a cabo la venta dentro del plazo establecido por el Plan de Vivienda que regula dichas ayudas, será necesario reintegrar las ayudas recibidas junto con los intereses legales acumulados desde su percepción. Además, será necesario cancelar o renegociar el préstamo cualificado/convenido.

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