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Compradores o vendedores: ¿quién paga la plusvalía municipal?

Publicado por Templo Consulting en 3 de julio de 2021
14 comentarios

Quien debe pagar la plusvalía municipal en una compraventa, al vendedor o al comprador

Al vender una vivienda en Madrid, hay pagar una serie de impuestos. Como por ejemplo, la Plusvalía Municipal, que grava el valor del suelo y el número de años que la hemos tenido en nuestra propiedad. Y ante la pregunta, ¿quién paga la plusvalía municipal en una compraventa? La respuesta suele ser los vendedores. Sin embargo, puede darse el caso de que tenga que encargarse la parte compradora, en determinadas situaciones.

Pero, ¿qué es exactamente la plusvalía municipal?

Su nombre oficial es Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). Hay que señalar que el suelo urbano, de cualquier municipio, tiene un valor que se establece de forma periódica porque lo normal es que se vaya incrementando con el paso del tiempo. A ese valor se le denomina valor catastral del suelo.

Por ello, cuando se vende una casa, se recibe una herencia o se realiza una donación, también hay que pagar este impuesto. No solo estás pagando por el bien inmueble en sí, sino por el terreno donde está ubicado también.

No obstante, tal y como hemos comentado al principio del artículo, no en todos los casos debemos pagar la plusvalía municipal. Pincha este otro post para saber cuándo no es necesario pagar la plusvalía municipal.

Todas estas situaciones están avaladas por sentencias tanto del Tribunal Constitucional como del Tribunal Supremo. Anulando esas plusvalías municipales porque el incremento que se había pagado no se correspondía con la realidad y se consideraba confiscatorio. Un problema que se acentuó con la crisis económica especialmente. Puesto que los precios de venta bajaban, pero se seguía exigiendo el pago de la plusvalía municipal pese a que hubiera pérdida o la cantidad a pagar superase al beneficio obtenido tras la operación. Por eso, en determinadas operaciones de compraventa también estamos exentos de pagar plusvalía municipal.

¿Quién paga la plusvalía municipal?

Para saber quién paga la plusvalía municipal, primero tenemos que saber de qué tipo de operación estamos hablando. Dependiendo de si es una venta, una herencia o una donación, el sujeto pasivo puede recaer sobre una persona u otra. La legislación establece que quien debe pagar es el que se va a beneficiar de ese incremento del valor del terreno. Por lo que, en general, suele recaer sobre el vendedor, pues se entiende que el comprador ya está pagando el precio actual del terreno en el momento de la transacción.

Ventas:

La única excepción que puede existir en venta es cuando el vendedor no reside en España

En esta situación el sujeto pasivo cambia y será el comprador quien se encargue de pagar la plusvalía municipal. Y la forma habitual de realizarlo es reteniendo un porcentaje del importe total para pagar dicho impuesto. Asegurándose así el pago de la plusvalía municipal por parte del vendedor y evitando que, al ser no residente, se marche del país sin abonar el impuesto.

Os ponemos un ejemplo para entenderlo mejor:

Si el vendedor -residente en Italia- vende un ático por 200.000€, y está obligado a pagar 10.000 € de plusvalía municipal, será el comprador quien retenga esa cantidad en escritura pública para abonarlo después en el Ayuntamiento correspondiente. Por tanto, si el precio acordado por el ático son 200.000€ y la plusvalía sale a 10.000 €, el comprador deberá pagarle a la parte vendedora un total de 190.000€.

En Templo Consulting nos ofrecemos a calcularte la plusvalía municipal y el incremento patrimonial en la primera llamada de forma totalmente gratis. Y basándonos en el caso anterior, nuestros honorarios para realizar cualquier gestión de este tipo es de 200€+IVA.

Herencias:

Cuando se recibe una herencia son los adjudicatarios quienes tienen que pagar la plusvalía municipal. Aunque habrá que tener en cuenta las bonificaciones municipales, que beneficiarán a los herederos si el inmueble heredado era la vivienda habitual del fallecido. Si has heredado una casa en la capital, averigua cómo funciona la plusvalía municipal en Madrid. 

¿Y quién quiere pagar de más en estos casos? Pues échale un ojo a nuestros cinco consejos para ahorrar dinero en una herencia.

Donación:

En cambio en las donaciones quien se hará cargo del pago del impuesto será el receptor de la donación o donatario. También te ayudamos a calcular el impuesto de donaciones en Madrid. Y no olvides, que si recibes una vivienda en donación también deberás tributar dicho impuesto.

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    ¿Qué es la plusvalía municipal?

    Un pensamiento en & ldquo; Compradores o vendedores: ¿quién paga la plusvalía municipal? y rdquo;

    • Luis Gallego
      sobre 27 de junio de 2019

      Hola, Por favor, y si es una subasta de un bien del estado? Quien está obligado – el organismo oficial o el comprador – y cual la ley a la que nos podemos agarrar?

      • Templo Consulting
        sobre 1 de julio de 2019

        Hola Luis,
        Te recomendamos que te acerques al ayuntamiento con el título de adjudicación por subasta y te informen debidamente, ya que con los cambios de algunas leyes, en estos casos las plusvalía quedaría exenta.
        Un saludo y gracias.

    • Susana
      sobre 8 de enero de 2020

      He terminado de pagar un leasing sobre un local y para cambiar la titularidad del bbv a nombre de la empresa me dicen q la plusvalia la tengo que pagar yo.
      Me podrian aclarar esto.
      Gracias.

      • Templo Consulting
        sobre 9 de enero de 2020

        Hola Susana,
        Es correcto. Las entidades bancarias traspasan el pago de la plusvalía al empresario, quedan exentos de dicho pago. Puedes intentar reclamarlo en el Ayuntamiento de la localidad.
        Un saludo.

    • MAYTE
      sobre 24 de febrero de 2020

      hola mi madre fallecio hace 9 años y mi padre en mayo del año pasado para vender el piso hay que pagar tambien la plusvalia de mi madre o ha prescrito gracias

      • Templo Consulting
        sobre 24 de febrero de 2020

        Hola Mayte,
        La plusvalía de su madre no hay que pagarla, solo la de su padre.
        Un saludo y gracias.

    • Alberto
      sobre 22 de julio de 2020

      Buenos días,
      En una subasta por concurso de acreedores, me adjudican varias propiedades, la obligación de quien hará frente a el pago de plusvalía queda recogida en edicto y escritura que yo la asumo, el tema está en que si yo la asumo no puedo recurrir por estar exenta porque no tengo datos de la escritura de compra…. Lo dejo así que que pase lo que tenga que pasar o la pago sin derecho a recurrirla?

      • Templo Consulting
        sobre 23 de julio de 2020

        Hola Alberto,
        Le recomendamos que acuda al ayuntamiento correspondiente y allí le informarán mejor de los trámites que son oportunos en este caso.
        Un saludo.

    • Maria Dalia
      sobre 1 de agosto de 2020

      Buenos días, tengo una duda sobre la plusvalía. Compramos apartamento en Torrevieja, tanto el vendedor como nosotros los compradores somos NO residentes en España. La gestoría nos cargó a nosotros (compradores) el valor de la plusvalía, es correcto?

      • Templo Consulting
        sobre 3 de agosto de 2020

        Hola María,
        Sí, es correcto, el pago de la plusvalía le corresponde al vendedor excepto cuando éste sea no residente en España.
        Un saludo y gracias.

    • Jon Arechavala Díez
      sobre 14 de agosto de 2020

      Buenos días,

      Compré una vivienda y firmamos un contrato de arras en el que ponía que la plusvalía la pagaba el vendedor, sin embargo, el vendedor lo cambió en la escritura sin consultármelo y yo no lo leí por pensar que iba a ser igual y lo firmé, poniendo aquí que la plusvalía la paga el comprador. Eso es posible? Existe mala fe… Qué puedo hacer?

      • Templo Consulting
        sobre 14 de agosto de 2020

        Buenos días,
        Le aconsejamos que pida ayuda a un especialista en la materia presentado el contrato de arras como prueba.
        Un saludo.

    • Lara
      sobre 23 de enero de 2022

      Tengo prescrita la plusvalía desde 2004 porque el comprador me puso en escritura , en su día que yo pagaría el impuesto, esto es ilegal? Ahora voy a ir catastro a regularizar y pueden cobrarme, y a mí, intereses y sanciones..estando la deuda prescrita y si es así, entonces el monto que puedan calcular entre intereses y más sean casi como pagar la plusvalía estando prescrita, no pudiendo determinar ni liquidar ni exigir la deudada….y si así fuera, estos intereses de demora, sanción, si es que la aplicarán, lo tendría que pagar el vendedor o yo? Muchas gracias de antemano

      • Templo Consulting
        sobre 24 de enero de 2022

        Buenos días Lara,
        En principio, tal y como has leído en el post, la plusvalía municipal debe pagarla el vendedor, a excepción de que sea un no residente -en cuyo caso deberá retener la cantidad el comprador-. Sin embargo, si acordaron en el contrato que usted lo pagara, debería haberlo abonado en su momento. Aunque si la transacción se produjo en 2004, la plusvalía ya ha prescrito: https://www.temploconsulting.com/cuando-prescribe-la-plusvalia-municipal/y no pueden reclamársela. Tendrá que presentar toda la documentación en el Ayuntamiento correspondiente y exponer su caso para que el inmueble quede libre de cargas. Si está pensando en vender su vivienda en Madrid podemos ayudarle con la gestión por solo 2.950€+IVA. Escríbanos al correo info@www.temploconsulting.com y valoramos su situación. Un cordial saludo y gracias por confiar en Templo Consulting.

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