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¿Quieres donar el 50% de una vivienda?
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EXCELENTE A base de 605 reseñas Publicado en FernandoTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Buenos días, he tenido la experiencia de ser copropietario, hasta esta mañana, de una vivienda. Para venderla contactamos telefónicamente con la empresa Templo Consulting, que asignó la gestión a Pablo Shekmar. Creo que no hemos podido tener mejor suerte, persona joven pero muy profesional, se encarga de foto-reportajes, acompañar a las visitas, todos los papeleos y trámites burocráticos…, persona empática y amable que siempre nos ha atendido con una sonrisa. Y nos ha dado soluciones. Tan sólo necesitó una copia de la llave y acordar un precio inicial de venta. Todo lo demás, todo, todo, todo… lo ha hecho Pavlo. Al menos queríamos agradecerle su trabajo bien hecho y su buena disposición. De lo que cobra la inmobiliaria no hace falta hablar, pueden ustedes comparar por donde quieran. Con cariño, un fuerte abrazo. Fernando.Publicado en David Martín SánchezTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy buena gestión de operaciones inmobiliarias y una atención al cliente impecable. Tuvimos que vender una vivienda VPPL con urgencia y en 3 días ya tenían a los compradores. En concreto, el agente Pavlo Shekmar que llevó nuestra operación tuvo en todo momento un trato exquisito y una actitud muy profesional, muy atento y con muy buena disposición, fue todo facilísimo y nos informó al detalle en todo momento. Muy satisfechos con esta agencia.Publicado en Audrey DTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Recomiendo Templo Consulting al 100%. Tuve una emergencia a la hora de vender mi casa con un papel que había que pedir a la comunidad de Madrid y me comentaron que en templo Consulting podían acortar los tiempos de tramitación de esta documentación y Clara me ayudo y sobre todo me tranquilizo mucho, escuchándome y explicándome todo con detalle. Estuvo muy pendiente de todo en todo el proceso, llamándome para informarme de como iba el proceso y recibí la documentación mucho mas rápido que si la hubiera pedido yo por mi cuenta! Estoy encantada con el servicio recibido y el trato con Clara!!! Muchas gracias por todo!!!Publicado en pgtorres12Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy contento con el servicio prestado por Pavlo para la venta de un piso en régimen de protección oficial. Todo ha sido más fácil de lo que esperaba. Gracias también a Clara por los trámites administrativos.Publicado en Maria CRTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muchas gracias a Templo por el trato recibido y a Fiorella en especial, como asesora por su eficacia y seguimiento.Publicado en Tom GómTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Acabo de vender mi piso con Templo Consulting y ha sido todo un acierto elegirlos y no puedo estar más satisfecho. Fiorella nos ha acompañado y asesorado en todo momento en todos los pasos del proceso de venta. Sobre todo resalto la profesionalidad y seguridad que nos trasmitieron cuando surgieron complicaciones. Muy recomendables.Publicado en Alejandro Molpeceres CastroTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Un servicio muy profesional, competente…En todo momento estan atentos a los siguientes pasos que tienes que dar y el asesoramiento es de mucha calidad!! Yo trabajé con Fiorella y le pongo un 10!!Publicado en Tamara BertrandTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Siempre muy profesionales. Conocen muy bien y a fondo todo lo relativo a viviendas protegidas. Me ayudaron mucho y con una rapidez impresionantePublicado en PEDRO IZQUIERDOTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Genial Fiorella. Una persona que llevó a buen puerto la operación. Gracias.Publicado en Rafael TreviñoTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. La experiencia de compra con la asistencia de Pavlo ha sido impecable y muy profesional. Si tuviera que repetir, lo haría con ellos sin dudar.
Donar el 50% de una vivienda es una operación que se refiere a la transferencia de la mitad de los derechos de propiedad sobre un inmueble a otra persona, sin recibir a cambio un pago monetario. Esta donación de vivienda se lleva a cabo generalmente entre familiares, como padres e hijos, cónyuges, o entre hermanos. La donación parcial de un inmueble puede ser una estrategia útil en la planificación patrimonial, ya que permite que el donante transfiera parte de su propiedad mientras aún vive, facilitando la organización del futuro heredero y reduciendo los impuestos que se pagarían por herencias.
Al donar un porcentaje de una vivienda se está creando una copropiedad. Esto implica que tanto el donante como el donatario comparten los derechos sobre la totalidad de la propiedad, cada uno con un porcentaje claramente definido. Este tipo de copropiedad es conocido como «condominio«. Las responsabilidades y los beneficios se distribuyen según el porcentaje de propiedad que posea cada uno.
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Beneficios fiscales al donar la mitad de la vivienda
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El proceso de donación de un inmueble está regulado por la legislación española y requiere seguir ciertos pasos legales para garantizar que la donación sea válida:
En la Comunidad de Madrid, donar una vivienda a familiares directos, como hijos o cónyuge, ofrece ventajas fiscales significativas. Específicamente, existe una bonificación del 99% en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para donaciones entre padres e hijos, así como entre cónyuges. El donatario sólo pagará un 1% del impuesto aplicable, lo que hace que esta operación sea fiscalmente muy favorable en comparación con otras regiones de España.
Además, es importante considerar la legítima, que es la parte de la herencia que debe ser reservada para ciertos herederos forzosos, como los hijos. Si la donación se realiza durante la vida del donante, debe asegurarse de no perjudicar los derechos de otros herederos. En muchos casos, el donante puede optar por reservarse el usufructo de la vivienda, permitiéndole continuar viviendo en la propiedad mientras esté vivo.
Las donaciones de tíos a sobrinos tienen una bonificación del 25% en el Impuesto de Sucesiones.
En los casos donde la donación se realiza entre personas que no son familiares directos, como amigos o socios, las bonificaciones fiscales no aplican en la Comunidad de Madrid, lo que resulta en una mayor carga impositiva.
Además, es esencial tener en cuenta que el donante renuncia completamente a su control sobre la propiedad, lo que puede llevar a situaciones no deseadas si no se establece un acuerdo claro y legalmente vinculante.
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Cuando se realiza una donación de parte de una vivienda, el nuevo esquema de propiedad se establece según el porcentaje donado. Si posteriormente se decide vender la vivienda, la distribución de los ingresos dependerá de los derechos de propiedad de cada involucrado.
En este contexto, el beneficio económico de la venta se reparte entre los propietarios según su participación en la propiedad. Por ejemplo, si se donó el 50% de la vivienda, el donatario recibiría la mitad de los ingresos generados por la venta.
Las donaciones sí que influyen en las herencias. Al donar una parte de una vivienda, se reduce el valor total del patrimonio que queda para ser heredado.
El donatario es responsable del mantenimiento y de los gastos asociados con la parte de la propiedad que ha recibido. Esto incluye el pago de impuestos sobre la propiedad, seguros y cualquier reparación necesaria.
Tras la donación se debe cambiar la póliza de seguro para reflejar los cambios en la titularidad. La compañía de seguros debe ser informada sobre la donación para ajustar la póliza en consecuencia.
Si el donante fallece después de haber realizado una donación, el donatario generalmente mantiene sus derechos sobre la parte donada de la propiedad. El resto del patrimonio del donante se distribuirá de acuerdo con el testamento o las leyes de sucesión aplicables.
El fallecimiento del donante no altera los derechos del donatario sobre la porción donada, pero puede influir en la distribución del resto del patrimonio. Los herederos del donante recibirán la parte restante de la propiedad y otros bienes según las disposiciones legales o testamentarias.
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