¿Qué documentos hay que llevar a notaría en la venta de un piso?
¿Cuándo finaliza el proceso de compraventa de una vivienda? El último paso para vender un piso se produce el día de la firma de la propiedad. En este momento, el vendedor debe presentar toda la documentación relacionada con la vivienda en la notaría. Para poder agilizar al máximo este proceso os indicamos cuál es la documentación necesaria que hay que llevar a notaría para la firma de un inmueble.
Aunque hay que tener en cuenta que este es solo el último paso de muchos. Y hasta que llegue este momento, puede transcurrir un plazo de 3 meses desde su publicación hasta el día de la firma. El primero de ellos es valorar el inmueble, para conocer su valor real en el mercado.
También es importante haber realizado el cálculo de impuestos como la plusvalía municipal o el incremento patrimonial que habrá que tributar en Hacienda si vendemos la casa. Así, sabremos exactamente si la venta nos va a compensar.
Estos son algunos consejos a seguir para agilizar la venta. Si encontramos una persona realmente interesada -que realiza una propuesta en firme- y el vendedor acepta; habrá que redactar un contrato de arras o un contrato de reserva de vivienda que deje reflejado las condiciones de ambas partes. Llegados a este punto, habrá que llevar a notaría la siguiente documentación para cerrar la venta.[/vc_column_text][vc_column_text]
¿Qué documentación tenemos que llevar a notaría para la firma de un piso?
Lo primero que necesitamos presentar en notaría es nuestra escritura de propiedad. Este documento acredita que somos los propietarios del piso y que, por tanto, podemos venderlo. Igualmente tendremos que entregar otros documentos para demostrar que estamos al día con nuestras obligaciones de pago. El primero de ellos es el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). La cuantía de este impuesto municipal dependerá del valor catastral del inmueble. Por otra parte, también tendremos que presentar nuestro DNI y el de los vendedores.
Otra documentación a presentar en notaría el día de la firma es el certificado de estar al corriente con los gastos de la comunidad de vecinos. Este documento nos lo puede facilitar el Administrador de nuestra comunidad. En el mismo se certificará que estamos al corriente de los gastos de la misma. De esta manera, el comprador se asegura que no tendrá que pagar porque el inmueble tenga pagos pendientes. También deberemos solicitar al banco un certificado de deudas pendientes con intereses diarios.
Tener toda la documentación disponible y actualizada
Ya en la fase anterior, el comprador habrá visto en la nota simple de la vivienda, que se pide en el Registro de la Propiedad, que no hay hipotecas u otras cargas pendientes. Por último, habrá que presentar el certificado de eficiencia energética. Este certificado es obligatorio según el Real Decreto 235/2013.
En algunas ocasiones, el vendedor no puede entregar la vivienda en el mismo momento de la escritura. Esto se debe principalmente a que no tiene la liquidez suficiente para pagar su nueva casa hasta que no se haga efectivo el cheque que reciba por la venta de su vivienda. En estos casos, estamos ante un precario. El comprador, que ahora es el nuevo propietario, permite al vendedor estar unos días, establecidos por escrito, en la vivienda hasta que pueda pagar la nueva casa.
En el momento de la firma, el notario pedirá todos los justificantes de pago de la compraventa, ya que estos deben quedar reflejados en las escrituras. En este post os contamos los diferentes métodos de pago en una compraventa.
Por último, una de las recomendaciones es que el día de la firma se lleve el contrato privado a público, ya que de esta manera habrá más respaldo jurídico en caso de que ocurra cualquier incidencia.
Documentación específica en situaciones especiales
Dentro del sector inmobiliario podemos encontrar varias opciones de venta e incluso distintas situaciones legales de la vivienda. A continuación os informamos de cuál es la documentación necesaria a presenta en notaría en distintos supuestos:
- Uno de los supuestos mas especiales es la venta de una Vivienda de Protección Oficial. La venta de este tipo de viviendas tienen unas condiciones especiales, por lo que deberemos presentar una autorización de venta.
- En caso de ser representante legal y que la propiedad esté a otro nombre, será necesario un poder notarial. En el caso de querer vender una vivienda de una persona incapacitada o de un menor será necesario presentar una autorización judicial.
- Si es una vivienda conyugal, aunque sea de carácter privativo, es necesario la firma de ambas partes. Si están casados en separación de bienes es necesario presentar las escrituras de capitulaciones matrimoniales y su inscripción en el Registro Civil.
- En el caso de que el vendedor no sea residente en España, deberá pagar el Impuesto sobre la Renta de no residentes por transmisiones de bienes inmuebles situados en territorio español, por el que se le aplicará una retención del 3% del precio final de la venta.
- También hay que mencionar que si la adquisición la va a realizar una empresa será necesaria la escritura de Constitución de la Sociedad y poderes vigentes de la misma, así como la renovación de cargos y el acta de identificación de titular real.
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Tengo una duda. ¡¿QUE PASA SI MI CARNET DE IDENTIDAD ESTA CADUCADO POR UNOS DIAS, 6 DIAS, POR ERROR, ? ME PUEDE SERVIR EL CARNET DE CONDUCIR, como apoyo?.gracias
En la renovacion, via telefonica, me dan CITA PARA UN MES.
Hola Fernando,
Si presentas el carnet de conducir o el pasaporte en vigor no vas a tener ningún problema.
Un cordial saludo y gracias por confiar en Templo Consulting.
Hola, para una primera cita al notario para comprobar la documentación hay que llevar los talonarios bancarios. Un saludo
No es necesario Omar,
Con que lleveis las escrituras y los documentos de identidad de los titulares es suficiente. Si fuera una adjudicación de herencia también habría que llevar el testamento, el certificado de defunción y el certificado de últimas voluntades. En este post detallamos los documentos necesarios para una adjudicación de herencia: https://temploconsulting.com/documentos-para-adjudicacion-de-herencia/
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Quiero comprar una pequeña empresa pero solo tengo el NIE de la carta blanca y necesito saber si puedo con ese documento o con cual puedo hacer la compra
Buenas tardes,
Si es para la compra de un negocio o una vivienda, además del NIE blanco o temporal, se necesita una declaración notarial de esta circunstancia. Y en caso de necesitar financiación sin ser residente, estas son las condiciones que le va a exigir la entidad bancaria: https://temploconsulting.com/como-funcionan-las-hipotecas-para-no-residentes/