Calificación definitiva VPO

¿Qué es la calificación definitiva de una VPO y para qué sirve?

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¿Qué es la calificación definitiva de VPO en Madrid?

La calificación definitiva de una VPO es uno de los requisitos imprescindibles para que una vivienda sea considerada con Protección Oficial, es la obtención de la calificación correspondiente por parte de las autoridades competentes. El procedimiento de calificación consiste en la verificación y comprobación del cumplimiento de la normativa aplicable a las Viviendas de Protección Oficial. Un proceso que se regula por el Real Decreto 3148/1978 y consta de dos fases diferenciadas: la calificación provisional, en la que se analiza la adecuación del proyecto a la normativa de aplicación, y la calificación definitiva, en la que se analiza la adecuación de la obra. En nuestra agencia inmobiliarias nos hemos especializado en Viviendas Protegidas en Madrid y podemos resolver cualquier duda sobre tu inmueble.

Solicitud de calificación definitiva de VPO en Madrid

La solicitud de calificación debe efectuarse por el promotor antes de que finalice el plazo de 24 meses desde la fecha de la calificación provisional y después de finalizadas las obras. Según los Decretos 74/2009, de 30 de julio y 11/2005 de 27 enero será necesario presentar:

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Concesión de calificación definitiva de VPO

Una vez que hayamos presentado la solicitud, los servicios técnicos competentes efectuarán las verificaciones e inspecciones necesarias. Si la vivienda cumple la normativa y el proyecto de ejecución final presentado se ajusta a la obra realizada, se concederá la calificación solicitada mediante la expedición de la correspondiente cédula. Debemos mencionar que en algunos casos la calificación se puede retrotraer a la fecha de terminación de las obra.

 

A partir de la fecha en la que se concede la calificación definitiva, comienzan a contar los siguientes plazos:

 

  • El plazo de vigencia del Régimen Legal de Protección Oficial.

En caso de que se hubieran vendido viviendas antes de obtener esta calificación, se comenzará a contar desde:

 

  • Un plazo de tres meses máximos para la entrega de llaves a los compradores.
  • Para elevar a escritura pública los contratos se estipula un plazo máximo de tres meses.
  • El plazo de cinco a diez años de responsabilidad de los promotores y/o los técnicos por los defectos o vicios ocultos de la construcción.

¿Cuándo se establece la fecha de inicio del plazo de protección de la vivienda?

En la construcción de una Vivienda Protegida pueden intervenir distintos organismos y cada uno de ellos, pueden determinar una fecha inicial del plazo de protección totalmente independiente. Por ejemplo, en el caso de la Dirección General de Rehabilitación y Vivienda (Comunidad de Madrid) establece que la fecha de inicio coincide con la fecha de Calificación Definitiva. En cambio, cuando interviene la Empresa Municipal de la Vivienda de cualquier municipio, ésta determina que la fecha en la que empieza a computar el plazo de protección es desde la firma de escritura pública de compra.

 

Esto puede provocar alguna confusión, sobre todo, a la hora de realizar cualquier trámite con un inmueble protegido. Por ejemplo, si nos entregan una vivienda en el 2000, pero ésta tiene la fecha de Calificación Definitiva el 19 de agosto de 2002, no podremos llevar a cabo la descalificación voluntaria hasta que no haya transcurrido 15 años y un día.

 

En las transacciones en las que haya intervenido alguna Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo, tendremos que tener en cuenta, que si la escritura de adquisición es posterior a la fecha de calificación definitiva otorgada por Dirección General y se transmite antes del transcurso de los 10 años desde la escrituración, habrá que abonar un 20% del valor de venta.

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¿Para qué sirve la calificación definitiva de VPO?

Una vez aprobada la solicitud se extiende una Cédula de Calificación Definitiva. Es un documento que otorga la Comunidad de Madrid a aquellas viviendas que cumplen los requisitos para ser consideradas de Protección Oficial, como por ejemplo las Viviendas de Precio Limitado (VPPL)Vivienda de precio básico (VPPB) y Viviendas de Protección Pública (VPP).

 

Aquellas personas que quieran vender su Vivienda de Protección Oficial, necesitarán disponer de este documento para conocer todos los detalles relacionados con la vivienda. El número de expediente también debe aparecer en la escritura pública de compraventa. Presentando este documento en el IVIMA, se podrán obtener datos en relación con la vivienda, como por ejemplo a qué Real Decreto está acogida y el tipo de protección que tiene. Con esa información se podrá determinar el precio máximo legal de venta y cuando se podrá descalificar, es decir, cuándo expira el periodo de protección de la vivienda y cuando se podrá descalificar de manera voluntaria devolviendo las ayudas recibidas.

¿Cómo es una Cédula de Calificación Definitiva?

En ella podemos ver el tipo de vivienda a la que pertenece, en este caso se trata de una Vivienda de Protección Pública (VPP) para venta o uso propio y se acoge al Real Decreto 11/2001. Según este decreto y las tablas de duración de Régimen Legal de la Comunidad de Madrid, esta vivienda tiene una protección de 25 años. En el caso de haber recibido un préstamo cualificado, la duración será de 20 años. Si queremos proceder a la descalificación voluntaria, devolviendo todas las ayudas recibidas, el plazo será de 15 años a contar desde la fecha de calificación.

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La primera consulta es gratuita. Lo primero que obtendremos será el expediente de la vivienda. Este documento nos permitirá saber si se puede o no descalificar en función de a qué Real Decreto esté acogida. De esta forma decidiremos contigo cuál es la mejor manera de vender. Solo cobramos nuestros honorarios en el caso de realizar la descalificación o solicitar la Autorización e Informe de venta. Además, ayudamos a la parte compradora a conseguir las mejores condiciones de financiación con las principales entidades bancarias de nuestro país.

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